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"En efecto, las resoluciones objeto de las va del fraccionamiento o análisis individualizado «
presentes anotaciones emplean la aludida de los contratos) frente a la vulneración de una Z Z
construcción conceptual -una de manera norma imperativa (normastributarias) de donde c a r
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directa y la otra, indirecta- mediante la se concluye la trascendencia de morar al contra KJU
utilización de la noción de fraccionamiento to como una unidad u operación económica. OO
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negocial (que representa un necesario co
rolario de la ¡dea de operación económica Sobre el "fraccionamiento contractual", se ha
como categoría conceptual, como instru señalado por la doctrina citada que:
mento interpretativo para la reconstrucción
y la calificación de determinados hechos "En efecto, la autonomía formal del concep
concretos [fattispecie concrete] y para apli to de operación económica también halla
car a estos últimos la relativa imposición confirmación en la consideración de aquel
fiscal, debida a causa de la efectiva realiza fenómeno, señalado por algunas normas
ción de un resultado económico, valorado especiales diseminadas en el sistema, de
en sus efectos. Se trata de una tendencia finible como'fraccionamiento'contractual. ro
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que valora los efectos concretos del resul En virtud de este último, con el fin de eludir
tado económico conseguido por las partes, una determinada regulación normativa, lo tu
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independientemente del aparente ropaje que por naturaleza y circunstancias sería o -O
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formal y de los instrumentos negocíales podría ser un único contrato, es fraccionado 1/1
mediante los cuales aquel resultado es en una multiplicidad de contratos que po (V
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perseguido y que por tanto acoge la idea de seen un contenido idéntico o heterogéneo, c
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que más allá del esquema formal del tipo, el pero coincidente, en la sumatoria, con el ro
contrato es operación económica, es decir, 'contrato fraccionad'".22 <D
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concreta disciplina del autoreglamento de 0
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los privados intereses."21 Por lo tanto: u
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La casación materia de comento es interesante "el análisis del intérprete del moderno QJ
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y sugestiva pues nos permite tomar nota de Derecho de los contratos, en presencia ■O
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la utilización o uso del "fraccionamiento con de hipótesis de fraccionamiento negocial,
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tractual", para lograr beneficiarse no pagando debe tener por objeto la valoración glo u
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determinado impuesto o tributo que sí debería bal de la operación económica puesta en
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ser pagado de calificarse al contrato como una marcha por las partes con la técnica del -O
única operación económica. Si de lo que se trata fraccionamiento."23 o
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al construir técnicamente un "fraccionamiento £
contractual" es eludir el pago de tributos esta Un particular caso es comentado por la doctrina
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ríamos ante un fraude a la ley en donde existiría que vengo siguiendo para tratar el "problema
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una norma de cobertura (justificación normati de la unidad de la operación económica": Una ro
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fundamental para comprender aspectos como: a) El valor normativo de la operación económica, b) Negocio como r/i
valor y negocio como hecho, c) Buena fe y orden económico, d) Atribución a la operación económica de naturaleza >
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normativa propia, e) Criterio de congruencia e interpretación del contrato, f) Enunciados de las cláusulas, reglas or
deducibles de la operación económica y normas legales, g) Alteración de la operación económica, h) Examen de
congruencia de la operación económica, i) El papel del juez en la aplicación de congruencia. La equidad.
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21 GABRIELLI, Enrinco. Op. cit., pp. 140-141. Se cita a GABRIELLI, Enrinco. T ip o C o n tra ttu a le . En E n c ic lo p e d ia G iu rid ica ,
A g g io rn a m e n to . Volumen VIII. Roma. Istituto della enciclopedia italiana (ahora también en ID., S tu d i s u i c o n tra d i.
Turin, 2000, p. 699). Este estudio integra el libro que citamos precedentemente. §
2
22 íd e m ., p. 142.
§
23. Ibíd. Q
Los contratos coligados, la cláusula penal y el argumento contra p re fe re n te m a raíz de un caso judicializado 231