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Si  bien  los  intereses  moratorios  pueden  tener   que,  sin  saberlo,  el TC  aplica  un  análisis de  la   «
          un  propósito  legítimo como  es  evitar que  se   psicología conductual, usado también en áreas   z  z
          perjudique  el  acreedor  por  la  dilación  en  el   como la economía y el derecho.              c a r
                                                                                                            M -
          pago, en ciertos casos puede generar efectos no                                                   CAJ
          queridos consistentes en desalentar el ejercicio   De acuerdo con los estudios de los psicológicos   OO
                                                                                                            OQ
          del derecho de impugnar. Siendo así, la norma   Kahneman  (premio  nobel  en  economía  en  el
                                                                                                     AUTOR
          que se deriva de la jurisprudencia del TC sería:  2002) yTversky (fallecido en  1996) no siempre   NACIONAL
                                                       las personas actúan racionalmente, pues dejan
          Norma  TC 2 (NTC2): Los intereses moratorios no   pasar opciones que reportarían mayores benefi­
              podrán llegar a magnitudes que desalienten   cios y conservan situaciones, comparativamen­
              el ejercicio del derecho de impugnar.    te, menos ventajosas.

          8.  Precisiones que generan la tercera       Demostraron que a las personas les disgusta
              norma en la jurisprudencia del TC        más  perder  que  ganar,  de  modo  que  una
                                                       eventual  pérdida  nunca  es compensada  por     rt!
                                                                                                        E
          Si bien quedó claro en qué consiste el "efecto   una ganancia equivalente. Este hecho de darle
          desaliento" proscrito  por el TC, aún  no sabe­  mayor valor a  las  pérdidas  que  a  las  ganan­  ai
                                                                                                       T 3
          mos hasta dónde o cuál debe ser la magnitud   cias, es conocido como aversión al  riesgo. En   ~o
                                                                                                        ro
          de ese efecto  para  ser inválido.  Recordemos   esa  línea,  sus  estudios  verificaron  que  ante   ~o
                                                                                                        i/i
          que se trata de medidas legítimas que dentro   elecciones en contextos de incertidumbre las   a i
                                                                                                        >
          de sus cauces regulares, son admisibles, pero   personas  prefieren  la  certeza  de  perder  100   c
          que en ciertas situaciones, provocan un efec­  frente a la incertidumbre de afrontar situacio­  Jü
          to  no  querido  consistente  en  desalentar  el   nes en donde existe el 50% de  posibilidades   a i
                                                                                                       T 3
          ejercicio de derechos. Nuestro desafió es dar   de  no  perderlos y el  50% de  probabilidades   O
                                                                                                       -C
          algunas pautas para saber cuándo se pasa de   de perder el doble.                             a>
                                                                                                        ai
          un punto a otro.                                                                              a i
                                                                                                       O
                                                       En la norma del TC subyace el siguiente análisis   a i
                                                                                                       T¡
          El TC evidencia un supuesto del efecto desalien­  de la  psicología  conductual:  en  los  supuestos   -o
                                                                                                        no
          to que puede darse en estos casos: cuando los   donde la posibilidad de ganar es igual o menor
                                                                                                        13
                                                                                                        (33
          intereses moratorios igualan el monto de la deu­  al 50%, la aversión al riesgo, sin duda, generará   U
                                                                                                       U_
          da original, duplicando lo que el administrado   el efecto de desalentar la impugnación.
          adeuda al fisco. Lógicamente, nadie impugnará                                                 a i
                                                                                                       T 3
          por el temor a pagar el doble, mejor se abstie­  ¿Y qué pasa con los otros supuestos? En los ca­  l/l
                                                                                                        o
          nen de impugnar, evitando duplicar el daño.   sos donde no hay un efecto desaliento porque    c £
          Tenemos entonces una tercera norma:          existe la  posibilidad  de ganar del  70%, 80% o   13
                                                                                                        ro
                                                       más  (por  ejemplo,  cuando  hay  precedentes    0
                                                                                                        a.
          Norma TC 3 (NTC3): Los intereses moratorios no   idénticos o cuando se declaró inconstitucional   ro
                                                                                                       "O
              podrán superar el valor de  la deuda original   la norma que prevé el tributo). Incluso en esos   ro
              que se impugnó.                          casos es bastante útil la norma del TC.         ■a
                                                                                                        ai
                                                                                                        ro
                                                                                                        /i
          Naturalmente, esta regla sólo se aplicará cuando   La psicología conductual demuestra que es co­  >
                                                                                                        01
          hablamos de ejercicios legítimos del derecho de   mún cometer errores al calcular las posibilidades   CC
          impugnación, en caso de ejercicios ilegítimos,   de éxito de las decisiones. Una de las razones es el
          con fines meramente dilatorios, no habrá razo­  sesgo de disponibilidad que hace que no veamos
                                                                                                       co
          nes para suspender el cobro de tales intereses.  las probabilidades  reales, sino que demos  una
                                                       mayor probabilidad a los eventos cuya ocurrencia   (O
          Si  bien  nuestra intuición  nos dice que el  razo­  recordamos más. Esos cálculos errados de proba­  5
                                                                                                       5
          namiento del TC  es acertado  ¿cómo  sabemos   bilidades, también son inducidos porque se suele   §
          que el riesgo de duplicar la deuda desalentará   tener una sobre confianza en nuestras decisiones   Q
          el  ejercicio  del  derecho  de  impugnar?  Parece  o porque incurrimos en una falacia de conjunción


           T r e s    e n f o q u e s    c o  n  s t i t u  c i o  n  a  l e  s    s o b r e  l o s    i n t e r e s e s    m  o r a t o r i o s    t r i b  u  t a  r i o  s  2 5 3
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