Page 482 - Edición N° 30
P. 482

a)  Que la  barrera cuestionada se encuentra     Teniendo en cuenta lo señalado, las entida­      «
                justificada por un interés público y que es   des denunciadas tienen la carga de acredi­
                idónea  para  solucionar el  problema  que    tar que los beneficios de imponer la barrera    oar
                                                                                                              M -
                lo afecta.                                    burocrática  cuestionada  son  mayores que
                                                              sus costos. Esto puede efectuarse, ya sea a     OO
                                                                                                              o o
            b)  Que la barrera cuestionada es proporcional    través de la presentación estudios, informes
                                                                                                        AUTOR
                a  los  fines  que  quiere  alcanzar.  En  otras   u otros medios probatorios similares, que   NACIONAL
                palabras, que los beneficios obtenidos por    permitan verificar que el procedimiento de
                la  restricción  son  mayores que  los  costos   adopción de la decisión pública no ha sido
                impuestos por ella. Al respecto, cabe indicar   arbitrario.
                que el POO establece que para determinar
                la proporcionalidad de una  medida la Ad­     Debe tenerse en cuenta que la obligación
                ministración Pública debe haber evaluado      que  exige  el  POO,  para  que  las  entida­
                la magnitud de los costos que los agentes     des  acrediten  la  proporcionalidad  de  las
                económicos afectados deberán soportar a       restricciones  que  imponen  a  los  agentes   tu
                consecuencia de la restricción27 en compa­   económicos,  no  requiere  necesariamente    E
                ración con los beneficios que la restricción   de un análisis demasiado sofisticado y de­  ai
                                                                                                          ~o
                genera para la sociedad. Sobre el particular,   tallado de la proporcionalidad, sino que se   T3 tu
                el Tribunal del  INDECOPI  ha señalado que   demuestre que la autoridad efectuó algún     T3
                                                                                                          vi
                la  entidad  denunciada  tiene  la  carga  de   tipo de evaluación sobre el impacto nega­  ai
                                                                                                          >
                probar  que  su  medida  es  proporcional,   tivo de la  regulación a implementar sobre   c
                no  pudiendo  argumentar que  tomó  una       los agentes afectados.                      _tu
                decisión  razonable  si  no  demuestra  que                                               a;
                                                                                                          -o
                consideró y evaluó los costos y beneficios   c)   Que,  en  térm inos  generales,  la  barrera   o
                                                                                                          -C
                derivados de la  implementación de dicha     cuestionada es la  medida menos gravo­       u
                                                                                                          ai
                medida antes de su emisión28.                sa  para  el  adm inistrado  con  relación  a   O)
                                                                                                          O
                                                             otras  opciones  existentes.  Para  evaluar   ai
                                                                                                          ~o
                Por  su  parte,  el  Tribunal  Constitucional,   si  una  entidad  denunciada  optó  por   "O
                                                                                                          tu
                mediante Sentencia emitida el 18 de marzo    adoptar  la  opción  menos  gravosa  o       *-•
                                                                                                          D
                de 2009 en el  Expediente 04466-2007-PA/     costosa  para  los afectados, es necesario   O
                                                                                                          tu
                TC29, indicó que:                            que dicha entidad presente información
                                                             y/o  docum entación  que  acredite  que,     ai
                                                                                                          ■o
                "A través  del juicio  de  proporcionalidad   con  anterioridad  a  la  imposición  de  la   i/i
                                                                                                          o
                en sentido estricto, se busca establecer si   barrera,  evaluó  otras  posibles opciones   c E
                la  medida guarda  una  relación  razonable   para conseguir el objetivo que pretende
                                                                                                          tu
                con el fin que se pretende alcanzar, a tra­  alcanzar con  la colocación de hitos con­    0
                vés de  un  balance entre sus costos y sus   solidados,  así como  los  motivos  por  los   Q.
                                                                                                          tu
                beneficios".                                 que estas fueron desechadas.                 T3
                                                                                                          tu
                                                                                                          -6
                                                                                                          01
                                                                                                          tu
                                                                                                          i/i
                                                                                                          >
                                                                                                          OI
                                                                                                          cc
            27.  En la Resolución 182-97-TDC, se establece lo siguiente en cuanto al análisis de proporcionalidad:
                "En  tal  sentido,  la  entidad  denunciada  tiene  la  carga  de  probar  ante  la  Comisión:  (...)  (¡i)  Que  las  cargas  o
                                                                                                         co
                restricciones impuestas sobre los administrados eran adecuadas o razonables, teniendo en cuenta los fines que se   CN
                pretendía alcanzar; lo que significa haber evaluado la magnitud y proporcionalidad de los costos que los agentes
                económicos deberían soportar, así como los efectos que tales cargas tendrían sobre las actividades productivas.  5
                                                                                                         O
            28.  Cfr.: Resoluciones 0922-2009/SC1 -INDECOPI y 1511-2009/SC1-INDECOPI.                     §
                                                                                                          Q
            29.  Posterior a la Sentencia 00850-2008-PA/TC.




            Vigencia  de  la  metodología  de  análisis de  casos aplicada en  materia  de  eliminación  de  barreras  burocráticas   479
   477   478   479   480   481   482   483   484   485   486   487