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Q   J
                  tendrían una procedencia incierta dado        productos importados por Porcell S.A.C. y
                                                                                                              <
                  que  "la impresión en el cable es de m ala    productos originales Apple. Sin embargo,      Q   .
                  calidad y la fuente incorrecta", y  que su    a criterio de la Sala las diferencias alega­  w   J
                  empresa nunca transporta productos fue­       das corresponden a características de la      Q-  j
                                                                                                              O   J
                  ra de su embalaje de venta al por menor,      apariencia de los productos que resultan      c c ;
                                                                                                              CO­
                  sólo fabrica accesorios de color blanco, sin   poco perceptibles, sin llegar a referirse a
                                                                                                       MARCAS
                  utilizar bolsas de plástico para el transpor­  su  funcionalidad o a sus características   PATENTES
                                                                                                       DERECHO
                  te de grandes cantidades, esta Comisión       técnicas, por lo que no generan convicción   DE AUTOR
                  conviene en señalar que tales alegatos no     sobre la procedencia ilícita de los produc­
                  resultan suficientes a fin de desvirtuar los   tos, alegada por la denunciada, por lo que
                  argumentos de defensa formuladas por          no se ha generado certeza respecto de
                  la  denunciada,  tendientes a demostrar       su veracidad. Por otro lado, si bien en las
                  la  licitud de los productos  m ateria  del   declaraciones se hace referencia a núme­
                  presente procedimiento, dado que no se        ros de serie incorrectos en los productos
                                                                                                         i/i
                  han presentado medios probatorios que         presuntam ente  im portados por Porcell  LU
                  permitan corroborar lo manifestado por        S.A.C., conforme a lo señalado anterior­  <
                                                                                                         Z
                  dicha parte.                                  mente no se ha presentado información    O
                                                                                                         u
                                                                sobre los números de serie correctos que   <
               La Sala Especializada en Propiedad Intelec­      permita contrastar de manera fidedigna   z
                                                                                                         LO
               tual, evaluado el  procedimiento vía apela­      tal información.                         U J
                                                                                                         cc
               ción,  emitió  la  Resolución  N°  0008-2017/                                             O
                                                                                                         (-
               TPI-INDECOPI  de  fecha  04  de  enero  de       Más aún,  tales documentos constituyen   3
                                                                                                         <
               2017, confirmando pronunciamiento de la         pruebas de parte, los cuales, si bien han
               Comisión de Signos Distintivos. La Sala hizo     sido elaborados por un especialista en
               una valoración  de los  medios probatorios      protección de marcas de Apple, se trata de
               presentados en el procedimiento y precisó        un trabajador interno de dicha empresa,
               lo siguiente:                                    el cual ha emitido una opinión que no ha
                                                               sido contrastada por un perito im parcial
                  "De lo actuado en el presente procedi­       ajeno a dicha compañía.
                  miento, así como de la revisión y  análisis
                  en  conjunto de los medios probatorios        ( . . . )
                  presentados por las partes, se desprende
                  que la factura emitida por la empresa OEM    Asimismo, si bien Apple, Inc. ha adjuntado
                  Source, Inc. de fecha  16 de abril de 2015   copia de la carta remitida por sus repre­
                  acredita que dicha empresa le vendió a       sen tan tes en el exterior a OEM Source, Inc.,
                  Porcell S.A.C. 500 productos identificados   a criterio de esta Sala dicho documento
                  como "USB Cable 30 Pin  W hite"y "Light-     constituye un  requerimiento efectuado
                                                                                                         Z
                  ning to USB Cable"."                         a dicha empresa para el cese de uso de
                                                                                                         Q
                                                               productos falsificados y  de información   <
                                                                                                         O
                  Asimismo,  de la carta emitida por OEM       respecto de sus proveedores, la cual no   LU
                                                                                                         CC
                  Source, Inc.  se desprende que la misma      acredita de por sí un accionar ilícito por   o
                                                                                                         cc
                  alega ser una empresa que opera desde        parte de dicha empresa. Además, no se     CL.
                  el año 2003 y  que vende únicamente pro­     ha adjuntado al presente expediente la
                  ductos originales.                           respuesta emitida por dicha empresa ante
                                                               la comunicación antes referida.
                  Por su parte, los medios probatorios pre­                                              s
                  sentados por la denunciante a fin de acre­   Por todas las consideraciones expuestas, la
                  ditar la ilicitud de los productos im porta­  Sala considera que no existen elementos   2
                                                                                                         §
                  dos por la denunciada,  corresponden a       suficientes que permitan concluir con certe­  Q
                  presuntos análisis comparativos entre los    za que los productos importados vendidos




               L a s   I m  p o r t a c i o n e s   P a r a l e l a s   c o m  o   f u e n t e   d e l   A g o t a m  i e n t o   d e l   D e r e c h o   d e   M  a r c a s  2 1 3
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