Page 223 - Edición N° 34
P. 223
sentante o distribuidor autorizado, los cuales productos se encuentran dentro de la secuencia
se encuentran fuera de la cadena comercial completa oficial de comercialización, que tiene
oficial. Esta situación genera un beneficio para como punto de partida una venta realizada por
los consumidores quienes, producto del surgi el titular, con el consentimiento de éste o por un
miento de competencia, podrán encontrarse tercero vinculado a él.
con precios menores.
Sin embargo, no debe dejarse de observar que
Esa afirmación no debe confundirse con una la prevalencia del principio de presunción de li
libertad que excluye com pletam ente la vo citud, ha determinado que jurisprudencialmente
luntad del titular, ya que legislativa y jurispru no resulte indispensable certificar la presencia
dencialmente las importaciones paralelas han en forma completa de la referida secuencia de
sido definidas en forma unánime, así como las comercialización. En ese escenario, la denuncia
condiciones para su reconocimiento. deberá contener el soporte probatorio que des
virtúe la presunción de licitud de la importación
En efecto, la alegación de que los productos cuestionada, permitiéndole a la autoridad contar
Revista editada por alum nos de la Facultad de Derecho de la Universidad de Lima
corresponden a una importación paralela de con los elementos suficientes para desestimar
berá presentar como característica que tales una alegación de importación paralela.
134
A D V O C A TU S
220 G a b r i e l B e n i t e s A r r i e t a