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rías por 7 días de descanso -  no se ajusta con lo   libertades no significa perderlas por completo.   «
            establecido en el Convenio 1, ya que la media de   Se  cede  para  asegurar  una  ganancia,  un  am­
            trabajo semanal sería de 56 horas, excediendo   biente propicio para el desarrollo personal. Así   ceoc
                                                                                                             w -
            el límite de 48 horas semanales.35           el trabajador cede su tiempo, pero lo cede para     v
                                                         garantizar su  propia supervivencia y confort -     OO
                                                                                                             OQ
            La  observación  hecha  por la  OIT pone énfasis   mediante  la  remuneración  que  perciba  -.  Por
                                                                                                       AUTOR
            en  el  respeto del  tope  semanal  dentro de  las   lo tanto, el tiempo que invierta en el trabajo no   NACIONAL
            jornadas atípicas, por lo tanto, lo expuesto por   puede absorberlo de tal manera que no pueda
            el  organismo  internacional  no  impediría  que   realizar los fines últimos del trabajo, es decir la
            pueda instaurarse el sistema de 14x7 en tanto la   realización completa de la persona.
            media semanal no supere las 48 horas.Teniendo
            esto en cuenta lo máximo que podría exigir el   Por otro lado, se puede afirmar que el desem­
            empleador sería de 10 horas diarias por 14 días   peño  laboral  de cualquier trabajador siempre
            consecutivos,  seguido de  7 días  de descanso.   estará  influido  por aspectos ajenos  al  laboral.
            En tanto no se sobrepasa el límite indicado no   Es posible tener una preparación y capacitación   ru
                                                                                                          £
            existiría problema en cuanto la aplicabilidad de   óptima  para  realizar cierta  labor, sin  embargo
            éste sistema.                                dentro de la esfera de la persona algo no anda   QJ
                                                                                                         "O
                                                         bien,  entonces  el  trabajador  no  podrá  aplicar   ~o
                                                                                                         ro
            Las jornadas  atípicas  son  excepcionales y de   todo  su  potencial  a  su  actividad  laboral.  No­  "O
                                                                                                         i/i
            ningún modo podrán ser extensivas a cualquier   tamos  pues  que  es  necesario  que  la  persona   QJ
                                                                                                         >
            tipo de trabajo, por lo tanto su utilización debe   tenga cierta estabilidad personal, para un buen   C
            estar circunscrita  solamente  a  las  actividades   desempeño en su trabajo. El logro de la estabili­
            cuya  naturaleza exija el  uso de estas jornadas.   dad personal se da con un adecuado desarrollo   OJ
                                                                                                         T3
            La utilización de este tipo de jornadas, además   integral de la persona.                    O
                                                                                                         -C
            de contemplar los límites establecidos en la ley                                             u
                                                                                                         ai
            y en los Convenios ratificados, no debe perder   Con  respecto al desarrollo completo personal,   a;
                                                                                                         a
            en cuenta los motivos por las que se regula los   muchas veces  se  menciona  la  importancia  de   cu
                                                                                                         ~a
            máximos de la jornada de trabajo.            que una persona se desarrolle como buen padre   T3
                                                                                                         ro
                                                         o madre, como  buen administrador, con éxito
                                                                                                         3
            Hilando  ideas, el  primer  motivo  por el  que se   político  -   laboral  -  y éxito  social.  Empero,  se   o
                                                                                                         <o
                                                                                                         u_
            regula la jornada de trabajo es para preservar la   pierde de vista la importancia de un ámbito in­
            salud del trabajador. A pesar de ello, aunque mu­  timo propio de la misma persona, una esfera tan   "O
                                                                                                         QJ
           chas veces se ve como el motivo principal, existe   subjetiva que es difícil entregar una definición   O
            un motivo más "noble" para limitar la jornada de   de ella misma. A grandes rasgos, podemos decir   C £
           trabajo, éste es garantizar un desarrollo pleno de   que se trataría de la forma en que la persona se   3
                                                                                                         ro
            la persona. El reconocimiento de una jornada de   ve a sí misma; un ámbito donde él y nadie más   O
           trabajo limitada no se detiene en el mero hecho   puede situarse. Se trataría de la semilla misma   Q.
                                                                                                         (O
           de preservar la salud del trabajador, sino también   del individualismo.                      ■o
                                                                                                         ro
           en evitar una automatización del mismo.                                                       TJ
                                                                                                         QJ
                                                         Desde  una  perspectiva  más  oriental,  para  un   ro
            Freud indica que el individuo cede libertades al   adecuado desarrollo de la persona es necesario   >
                                                                                                         ai
            integrarse a  una sociedad  para  protegerse de   un equilibrio en todos sus aspectos. Las perso­  cc
            medio ambiente. La sociedad otorga seguridad   nas -  trabajadores o empleadores -  van más allá
           al individuo, pero éste a su vez tiene que ceder   de una cifra en el  PBI, es más que una variable
                                                                                                         c-
           ciertas  libertades.  Sin  embargo,  ceder  estas  económica. Circunscribirá la persona solo como  CN
                                                                                                         co
                                                                                                         2
           35.  Observación (Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones): Adopción 2001. Publicación   §
               90a reunión  de Comisión  Internacional  de Trabajo (CIT): 2002. Disponible en: http://www.ilo.org/dyn/normlex/   Q
               es/f?p=1000:13100:0::NO:13100:P13100_COMMENT_ID:2208411



                                                        Y    t ú . . .    ¿  Q  u  é     j o  r n  a  d  a     l a  b  o  r a  l    e  l i g  e  s  ?     4 2 5
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