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Como puede apreciarse, el principio de propor del Perú, del 19 de julio de 2011, recaída en el Ex
cionalidad supone que la medida legislativa pediente N° 00032-2010-PI/TC, en la demanda
examinada debe ser idónea para proteger un de inconstitucionalidad contra algunos artículos
derecho constitucional, aunque restringiendo de la Ley 28705, Ley general para la prevención y
otro; debe ser necesaria por ser la menos res control de los riesgos del consumo de tabaco. La
trictiva de las posibles; y debe ser proporcional demanda fue declarada infundada -con un voto
a los fines que desea conseguir. Como ya ha se en discordia del Magistrado Alvarez Miranda- A
ñalado elTribunal Constitucional, el principio de esta resolución nos referiremos sucesivamente
proporcionalidad está íntimamente vinculado como "la Sentencia".
al valor justicia y está en la esencia misma del
Estado Constitucional de Derecho. Se expresa La premisa de la que partió el Tribunal Constitu
como un mecanismo de control o interdicción cional en esta interesante sentencia es que para
de la arbitrariedad de los poderes públicos en el proteger el derecho a la salud, el Estado puede
uso de las facultades discrecionales, y exige que introducir ciertas restricciones al consumo de
las decisiones que se tomen en ese contexto, tabaco, pero no puede prohibirlo. Decía que la
U niversidad de Lima sean arbitrarias.4 acuerdo con el sentido de ella. Es interesante
Sentencia es interesante, aunque no estoy de
respondan a criterios de racionalidad, y que no
porque plantea las discusiones filosóficas que
El test de proporcionalidad se ha aplicado en
debió plantearse el Congreso antes de expedir
la Ley de Comida Chatarra, y aunque resuelve
diversas acciones constitucionales, como los
desde mi punto de vista de manera incorrecta
siguientes casos: Caso Calle de las Pizzas (Aso
ciación de Comerciantes San Ramón y Figari)
los dilemas que plantea el derecho de unos a
Facultad de Derecho de la - Expediente N° 0007-2006-PI/TC; Caso sobre fumar y el derecho de otros a no ser afectados
por ello, sí es clara en señalar que la libertad de
la legislación contra el terrorismo - Expediente
acción es la premisa del Estado de Derecho, aun
N° 0010-2002-AI/TC; Caso Mónica Adaro vs.
que la libertad, naturalmente, admite límites.
Magaly Medina - Expediente N° 06712-2005-
PHC/TC; etc.
Los demandantes -para que la Ley referida al
VI. LEY QUE RESTRINGE EL CONSUMO
consumo de tabaco sea parcialmente declarada
DE TABACO Y LEY QUE RESTRINGE
inconstitucional- señalaron que la norma afecta
EL CONSUMO DE ALIMENTOS NO
irrazonablemente el derecho de las personas
por alum nos de la La Ley de Comida Chatarra actúa en nombre del fumadoras al libre desenvolvim iento de la
SALUDABLES. ¿TIENEN ALGO EN
COMÚN?
personalidad, pues incluso se impide fumar en
lugares públicos cerrados aunque estén des
tinados exclusivamente a fumadores y donde
labore personal fumador, además de prohibir
derecho fundamental a gozar de buena salud, y
de manera absoluta el consumo de tabaco en
Revista editada para ello restringe otros derechos fundamenta vos para adultos.
les, como el de libre desarrollo de la personali
áreas abiertas de los establecimientos educati
dad, libertad de empresa, libre iniciativa privada,
libertad de expresión, entre otros. Ya que debe
analizarse si la norma aprueba o no el test de
También señalaron los demandantes que la
proporcionalidad para determinar si debe o
presa y de libre iniciativa privada. Ante esto, el
no ser expulsada del ordenamiento jurídico o norma afecta los derechos de libertad de em
inaplicada en un caso concreto, vale la pena Congreso replicó que la libre iniciativa privada
129 hacer continuas referencias a la Sentencia del de la comunidad, mientras que la libertad de
no debe atentar contra los intereses generales
A D V O C A T U S 4. Sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el Expediente N° 01803-2004-AA7TC, del 25 de agosto de 2004.
Pleno Jurisdiccional delTribunal Constitucional
116 C e c i l i a O ’ N e i l l d e l a F u e n t e