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riqueza y garantiza la libertad de trabajo y la Teniendo en cuenta todo lo anterior, el Tribu
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libertad de empresa, comercio e industria. Como nal Constitucional señaló que las restricciones
no podía ser de otra manera, el ejercicio de estas incluidas en la norma referida al consumo del
libertades no es absoluto, pues la propia norma tabaco -indicaría lo mismo respecto a la Ley U XU
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señala que dicho ejercicio no debe ser lesivo a de Comida Chatarra- afectan los derechos W l
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la moral, ni a la salud, ni a la seguridad pública. fundamentales a la libre iniciativa privada y a la
DERECHO
libertad de empresa, y solo resultarán constitu CONSTITUCIONAL
AUTOR
Ahora bien, tanto los derechos fundamentales cionales en la medida que resulten respetuosas NACIONAL
de orden económico como los demás derechos del principio de proporcionalidad.
fundamentales, son doblemente protegidos.
En un ámbito subjetivo se reconocen todas las 3. ¿La norma limita los derechos
facultades de acción que el derecho reserva a fundamentales a las libertades de
su titular y por tanto se exige la abstención por expresión e información?
parte del poder público. En el ámbito objetivo o
institucional se establece la obligación del poder Aunque el Tribunal no abordó este asunto, es ro
público de realizar acciones positivas a fin de pertinente analizar si la obligación de que en E
lograr el pleno ejercicio y la plena eficacia de los los colegios solamente haya comedores saluda OI
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derechos fundamentales en el ámbito de la reali bles y si las restricciones a la publicidad dirigida XI
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dad. Ello significa que no solo se debe reconocer a menores de 16 años lim itan los derechos -o
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en los derechos fundamentales un conjunto de fundamentales a las libertades de expresión e <u
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facultades de hacer por parte de su titular -d i información. c
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mensión subjetiva-, sino además reconocer la
obligación del Estado de favorecer el ejercicio Se debate si la publicidad comercial se encuen O)
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pleno de aquéllas -dimensión objetiva-9. tra protegida por las libertades de expresión e o
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información, o si en todo caso se trata de una <V
Habiéndose dicho que la libertad de empresa expresión de la libre iniciativa privada y de la aj
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es la base sobre la que se han construido los libertad de empresa. Apoyo la tesis según la cual O)
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pilares del crecimiento económico del país, la publicidad comercial está amparada por las X!
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es evidente que no puede ni debe permitirse libertades de expresión e información11.
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que este derecho se ejerza de modo absoluto. ro
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Además de establecer que el ejercicio de la li Así también lo entiende el Tribunal Europeo _ro
bertad de empresa debe realizarse favoreciendo de Derechos Humanos pues considera que la ai
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la competencia y resguardando el interés de libertad de expresión comercial o publicitaria i/i
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los consumidores, la Constitución señala, en es una de las manifestaciones de la libertad c E
su artículo 59, que el ejercicio de la libertad de de expresión. 3
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empresa no debe ser lesivo a la moral, ni a la O
salud, ni a la seguridad públicas. En Estados Unidos, la jurisprudencia se refiere al a.
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"commerciolspeech" desde la sentencia "Virginia ro
Efectivamente, la iniciativa privada puede des State Board ofPharmacy v. Virginia Citizens Con- 3
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plegarse libremente en tanto no colisione los sumerCouncil"(1979), para incluir la publicidad ro
intereses generales de la comunidad, los cuales dentro de la libertad de expresión, debido a que >
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se encuentran resguardados por una pluralidad en una economía de mercado existe un interés cc
de normas10 11. constitucionalmente digno de protección en
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9. Ibid., pp. 444-445. K
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10. Sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el Expediente N° 0008-2003-PI.
§
11. GARCÍA GUERRERO, José Luis. "La publicidad como vertiente de la libertad de expresión en el ordenamiento Q
constitucional español". En Revista Española de Derecho Constitucional, N° 50,1997, pp. 91 -92.
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