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Como consecuencia, era necesario precisar    (vi) 3 de agosto de 2001.- Resolución  No.
                     el  cómputo de  los  plazos establecidos en   211-2001- SUNARP/SN que aprueba la Di­
                     las  Disposiciones Transitorias  Novena  y   rectiva No. 007-2001-SUNARP/SN
                     Décima de la LGS. Para ello, la mencionada
                     resolución señaló:                           Como  consecuencia  de  la  dación  de  la
                                                                  norma antes citada, que generó gran con­
                     "que para efectos del cum plim iento de los   troversia  debido  a  que ya  existían  socie­
                     plazos a los que hacen referencia la Novena   dades extintas al amparo de la Resolución
                     y  Décima  Disposiciones Transitorias de  la   No. 233-2000 y otras que aún no se habían
                     Ley N° 26887, éstos se computarán a partir   adecuado,  se optó  por  modificar el  plazo
                     del día siguiente de la  publicación que se   para computar la presunción de extinción
                     efectuará  el  4  de diciembre del  2000, en   por prolongada inactividad.
                     aplicación  de  los  dispuesto en  la  Décima
                     Primera  Disposición Transitoria  de  la  Ley   (a)  "En  las  partidas  regístrales  de  la  so­
                     en mención".                                     ciedades  que  no  hubieran  inscrito
           Revista  editada  por alum nos  de  la  Facultad  de  Derecho de  la  U niversidad  de  Lima
                                                                      ningún acto con posterioridad al 31 de
                     Por  tanto,  se  tenía  a  partir  del  4  de  di­  diciembre de  1986, y siempre que no
                     ciembre del 2000 un plazo de treinta (30)        se haya inscrito su cancelación, podrá
                     días  para  que  los  representantes  de  las    solicitarse  la  inscripción  de cualquier
                     sociedades puedan oponerse a la norma            acto  inscribible,  incluyendo  la  ade­
                     citada  y  solicitar  la  no  aplicación  de  la   cuación del pacto social y estatuto a la
                     presunción.                                      Ley General de Sociedades, hasta el 31
                                                                      de diciembre del 2001". (Subrayado es
                     Incluso con  las modificaciones correspon­       agregado).
                     dientes fueron  muy  pocas  las  sociedades
                     que en ese periodo lograron oponerse a la    (b)  "El  plazo  establecido  en  la  segunda
                     aplicación  de  la  presunción  de  extinción.   parte de la Décima Disposición Transi­
                     No obstante, el cierre de partidas no ocurrió    toria de la  Ley General de Sociedades
                     de manera automática sino que fue dado a         se empezará a computar desde el 1  de
                     partir del 5 de enero del 2001, de manera        enero  del  año  2002,  día  siguiente  al
                     progresiva.                                      vencimiento del plazo para adecuar el
                                                                      pacto social y estatuto a la Ley General
                 (v)  30 del diciembre del 2000 - Ley 27338, Ley      de Sociedades, conforme a la prórroga
                     que  prorroga  el  plazo  para  la  adaptación   dispuesta por la Ley N° 273388".
                     de las sociedades a  lo dispuesto en  la  Ley
                     26887, Ley General de Sociedad, y prorroga   Registros Públicos a través de la resolución
                     suspensión  prevista  en  la  octava  disposi­  antes citada optó por modificar los criterios
                     ción transitoria.                            previamente establecidos. Con esta modifi­
                                                                  cación, se prorrogó el plazo para oponerse
                         "Artículo 1 Prorroga el plazo de ade­    a  la  presunción  de  extinción,  así como  la
                         cuación de las empresas a la nueva Ley   adecuación  a  la  LGS,  debiendo tener en
                         General de Sociedades                    cuenta  que ello  resulta  aplicable  siempre
                                                                  que de forma previa no se haya inscrito su
                         Prorrogase el  plazo a que se refiere la   cancelación.
           129           Primera  Disposición Transitoria  de  la   En  adición,  debemos  resaltar que  resulta
           A D V O C A T U S    des, modificada por las Leyes N°s 26977   confusa  la  redacción  de  la  mencionada
                         Ley N° 26887, Ley General de Socieda­

                         y 27219, por última vez, hasta el 31  de
                                                                  resolución,  ya  que  señala  que  cualquier
                         diciembre del año 2 0 0 1 (Subrayado es
                                                                  acto  puede  inscribirse,  alejándose  de  lo
                         agregado).
                                                                  establecido en resoluciones previas, en las


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