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El debido proceso es un derecho humano abier procedimiento legal prediseñado, sino que su
to de naturaleza procesal y alcances generales, observancia también implica el respeto de un
que busca resolver de forma justa las contro conjunto de derechos y principios tales como:
versias que se presentan ante las autoridades el derecho a la presunción de inocencia, el de
judiciales, con la finalidad de proteger a las recho a la información, el derecho de defensa,
personas y asegurar la justicia. Esta última, a su el derecho a un proceso público, el derecho a la
vez, es una fuente de la cual emana un conjunto libertad probatoria, el derecho a declarar libre
de derechos procesales que no se agotan en la mente, el derecho a la cosa juzgada, entre otros;
norma, sino en la interpretación que se haga de los mismos que se encuentran involucrados en
la misma en casos concretos. cada una de las etapas del análisis y resolución
de un proceso judicial (demanda o acusación,
2. Naturaleza defensa, prueba y sentencia).
Las garantías judiciales se pueden articular a II. PROTECCIÓN DEL DEBIDO PROCESO Y
partir de tres instituciones procesales: la acción, LOS SUJETOS DEL PROCESO
Facultad de Derecho de la U niversidad de Lima
la jurisdicción y el proceso. La acción requiere la
existencia de reglas claras para identificar quié Es necesario definir la protección, por un lado,
nes tienen legitimidad procesal para acceder desde las fuentes normativas en virtud de las
directa o indirectamente a la Comisión Intera- cuales surge la obligación del Sistema Interame-
mericana de Derechos Humanos (CIDH) y luego ricano de tutelar los derechos humanos; y, por
a la competencia contenciosa de la Corte IDH; la el otro, a manera de un "doble carácter": como
jurisdicción requiere que la Convención y/o la derechos subjetivos y como elementos de un
jurisprudencia de la Corte IDH delimiten las ga ordenamiento objetivo. Resulta de lo anterior
rantías judiciales que el Sistema Interamericano que el objeto de protección internacional asume
provee a las víctimas y a sus representantes ante diferentes fuentes y, en consecuencia, distintas
la Corte IDH; y, finalmente, el proceso supone formas de concebir los derechos humanos a
que se debe identificar los procedimientos y proteger. De una parte, la protección puede
recursos que tienen habilitados las partes para ser comprendida a partir de los sujetos, vale
hacer valer sus derechos ante la Corte IDH. decir, las personas naturales que demandan sus
derechos individualmente; y, de otra, también
debe vislumbrarse a la protección consideran
En suma, el debido proceso tiene la naturaleza de
Revista editada por alum nos de la pero es también un derecho líquido y concreto en la Convención Americana.
do a los integrantes de grupos colectivos que
ser un principio jurídico dentro del cual cabe re
demandan sus derechos colectivos amparados
conocer nuevos derechos e institutos procesales;
exigible en todos los procesos y procedimientos.
En la Corte IDH se ha construido un sistema
amplio de fuentes interpretativas de los de
3. Alcance
rechos humanos, donde existen muchos tra
tados quizás no suscritos o ratificados por los
La vis expansiva del debido proceso le ha otor
Estados demandados; pero, como forman par
gado legitimidad y eficacia a la protección de los
derechos humanos. En este sentido, tan legítimo
es el debido proceso, como principio y como
los Derechos Humanos, constituyen fuentes in
derecho, que es el derecho humano más de te del jus cogens del Derecho Internacional de
terpretativas de la Comisión IDH y/o Corte IDH
mandado ante el Sistema Interamericano, ya sea para otorgar eficacia a la propia CADH.
A D V O C A T U S 129 de la demanda de violación de otros derechos. La finalidad o materia del debido proceso es la
directamente o incidentalmente; es decir, a partir
1.
Protección de derechos
Lo previamente explicado no hace más que
protección de los derechos humanos de la per
reafirmar la importancia del debido proceso,
sona humana cuando en los procesos (judiciales,
ya que en su esencia exige no sólo respeto del
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