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El debido proceso es un derecho humano abier­  procedimiento  legal  prediseñado, sino que su
                 to de naturaleza procesal y alcances generales,   observancia también implica el  respeto de un
                 que  busca  resolver de forma justa  las contro­  conjunto de derechos y principios tales como:
                 versias que se  presentan  ante  las autoridades   el derecho a la presunción de inocencia, el de­
                 judiciales,  con  la  finalidad  de  proteger  a  las   recho a la información, el derecho de defensa,
                 personas y asegurar la justicia. Esta última, a su   el derecho a un proceso público, el derecho a la
                 vez, es una fuente de la cual emana un conjunto   libertad probatoria, el derecho a declarar libre­
                 de derechos procesales que no se agotan en la   mente, el derecho a la cosa juzgada, entre otros;
                 norma, sino en la interpretación que se haga de   los mismos que se encuentran involucrados en
                 la misma en casos concretos.                  cada una de las etapas del análisis y resolución
                                                               de un  proceso judicial  (demanda o acusación,
                 2.   Naturaleza                               defensa, prueba y sentencia).

                 Las  garantías judiciales  se  pueden  articular a   II.  PROTECCIÓN DEL DEBIDO PROCESO Y
                 partir de tres instituciones procesales: la acción,   LOS SUJETOS DEL PROCESO
           Facultad  de  Derecho  de  la  U niversidad  de  Lima
                 la jurisdicción y el proceso. La acción requiere la
                 existencia de reglas claras para identificar quié­  Es necesario definir la protección, por un lado,
                 nes tienen  legitimidad  procesal  para  acceder   desde  las fuentes  normativas en virtud  de  las
                 directa o indirectamente a la Comisión  Intera-   cuales surge la obligación del Sistema Interame-
                 mericana de Derechos Humanos (CIDH) y luego   ricano de tutelar los derechos humanos; y, por
                 a la competencia contenciosa de la Corte IDH; la   el otro, a manera de un "doble carácter": como
                 jurisdicción  requiere que la Convención y/o la   derechos  subjetivos y como elementos de  un
                 jurisprudencia de la Corte IDH delimiten las ga­  ordenamiento objetivo.  Resulta  de  lo  anterior
                 rantías judiciales que el Sistema Interamericano   que el objeto de protección internacional asume
                 provee a las víctimas y a sus representantes ante   diferentes fuentes y, en consecuencia, distintas
                 la Corte  IDH; y, finalmente, el  proceso supone   formas  de  concebir  los  derechos  humanos  a
                 que  se  debe  identificar  los  procedimientos y   proteger.  De  una  parte,  la  protección  puede
                 recursos que tienen habilitados las partes para   ser comprendida  a  partir de  los  sujetos,  vale
                 hacer valer sus derechos ante la Corte IDH.   decir, las personas naturales que demandan sus
                                                               derechos individualmente; y, de otra, también
                                                               debe vislumbrarse a la protección consideran­
                 En suma, el debido proceso tiene la naturaleza de
           Revista  editada  por alum nos  de  la   pero es también un derecho líquido y concreto   en la Convención Americana.
                                                               do a  los integrantes de grupos colectivos que
                 ser un principio jurídico dentro del cual cabe re­
                                                               demandan sus derechos colectivos amparados
                 conocer nuevos derechos e institutos procesales;
                 exigible en todos los procesos y procedimientos.
                                                               En  la  Corte  IDH  se  ha  construido  un  sistema
                                                               amplio  de  fuentes  interpretativas  de  los  de­
                 3.  Alcance
                                                               rechos  humanos,  donde  existen  muchos  tra­
                                                               tados quizás no suscritos  o ratificados  por los
                 La vis expansiva del debido proceso le ha otor­
                                                               Estados demandados; pero, como forman par­
                 gado legitimidad y eficacia a la protección de los
                 derechos humanos. En este sentido, tan legítimo
                 es  el  debido  proceso, como  principio y como
                                                               los Derechos Humanos, constituyen fuentes in­
                 derecho, que  es el  derecho  humano  más de­  te del jus cogens del  Derecho Internacional de
                                                               terpretativas de la Comisión IDH y/o Corte IDH
                 mandado ante el Sistema Interamericano, ya sea   para otorgar eficacia a la propia CADH.
           A D V O C A T U S   129   de la demanda de violación de otros derechos.  La finalidad o materia del debido proceso es la
                 directamente o incidentalmente; es decir, a partir
                                                               1.
                                                                   Protección de derechos
                  Lo  previamente  explicado  no  hace  más  que
                                                               protección de los derechos humanos de la per­
                  reafirmar  la  importancia  del  debido  proceso,
                                                               sona humana cuando en los procesos (judiciales,
                 ya que en su esencia exige no sólo respeto del


          30     C  é  s  a  r    L  a  n  d  a     A  r r o  y  o     /    E  d  u  a  r d  o     F  e  r r e  r    M  a  c  - G  r e  g  o  r
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