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la responsabilidad o no del denunciado por los también tiene un ámbito de protección frente
hechos materia de la controversia. a la brevedad excesiva de los procesos, o dicho
de otra manera, frente a procesos con duración
En tal sentido, se aprecia que la existencia de extremadamente sumaria o apresurada.
efectos negativos en el individuo sometido a un
proceso de duración extensa también se com Y es que, una configuración en ese sentido es
porta como un elemento de análisis de la razo- taría prevista, básicamente, para impedir una
nabilidad de la duración de un proceso, puesto adecuada composición de la litis o de la acusa
que dichos efectos se comportarán como ele ción penal. Así, cabe recordar que en el "Informe
mentos concretos y directos de la lesividad de sobre Terrorismo y Derechos Humanos" (2002),63
sus derechos fundamentales, reconociéndose la Comisión IDH sostuvo que "Se ha sostenido
como acto lesivo el trámite mismo del proceso. en particular que el plazo razonable abarca todo
el proceso en cuestión, desde el primer acto
La garantía sobre la administración de justicia del proceso hasta que se dicta una sentencia
en un plazo razonable, a saber, sin dilaciones definitiva y firme, incluyendo toda apelación
Facultad de Derecho de la U niversidad de Lima
indebidas, vincula al sistema jurisdiccional de que se hubiere interpuesto".64
determinado país a organizarse y estructurarse
de tal forma que se eviten retrasos que compro En el Caso Comunidad Moiwana vs. Suriname
metan su eficacia y credibilidad61. Sin embargo, (2005) relatado anteriormente, la Corte IDH
el requisito de plazo razonable no debe ante refirió que a pesar de haber transcurrido diecio
ponerse al derecho a un recurso efectivo, pues cho años desde el reconocimiento por parte de
poca es la importancia de una justicia "rápida"si Surinam de su competencia, el Estado no había
ésta no garantiza los derechos de un individuo realizado una investigación seria y efectiva de
y/o comunidad. los hechos que pudiera haber conducido a un
enjuiciamiento de los responsables del ataque
La jurisprudencia constante de la Corte IDH ha a la aldea Moiwana. Precisamente, consideró
señalado siempre tres elementos para evaluar la la Corte IDH que una demora tan prolongada
razonabilidad del plazo: complejidad del asunto; constituye per se una violación de las garantías
actividad procesal del interesado; y conducta judiciales y que aquello no podía ser justificado
de las autoridades judiciales. A partir del Caso caso o la conducta de las partes65
por el Estado, al margen de la complejidad del
Valle Jaramillo vs. Colombia (2008),62 la Corte
Revista editada por alum nos de la jurídica de la persona involucrada en el proceso. aquellos casos donde se enmarca la exigencia
IDH agregó el cuarto elemento de evaluación,
a saber, la afectación generada en la situación
A continuación se realizará un breve análisis de
de"rapidez"del artículo 25 (pensada básicamen
te para recursos de amparo y habeas Corpus), a
Un aspecto importante a resaltar se refiere a que,
aun cuando la duración excesiva de los procesos
excepción del caso Comunidad indígena Yakye
Axa contra Paraguay, donde además se involu
sea el supuesto más común de la violación del
derecho a un proceso sin dilaciones indebidas,
cran los derechos establecidos en el artículo
8o de la Convención sobre garantías judiciales.
el derecho a un proceso con un plazo razonable
61. Salado Osuna, Ana, "El plazo razonable en la administración de justicia: una exigencia del Convenio Europeo de
Derechos Humanos", en La Europa de los Derechos (...) op. cit., p. 301.
129 62. Corte IDH, sentencia sobre fondo, reparaciones y costas, de 27 de noviembre de 2008. Serie C, No. 192.
A D V O C A TU S 63. Ver: «http://www.cidh.oas.org/Terrorism/Span/indice.htm»
64. Idem.
65. Corte IDH, Caso Comunidad Moiwana vs. Suriname, sentencia sobre fondo, reparaciones y costas, 15 de junio de
2005, párrafo 160. Serie C, No. 124.
4 0 C é s a r L a n d a A r r o y o / E d u a r d o F e r r e r M a c - G r e g o r