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Respecto a la efectividad del procedimiento, la bros del pueblo Saramaka por las siguientes
Corte IDH determinó que los mecanismos es dos razones. Primero, dicho recurso presunta
tablecidos entre el Instituto Nacional Indígena mente solo está disponible para las personas
y el Instituto de Bienestar Rural es sumamente individuales que reclaman una violación de sus
limitado, pues sólo permite disponer de las derechos individuales a la propiedad privada.
tierras que son explotadas irracionalmente o El pueblo Saramaka, como entidad colectiva
las de los propietarios privados dispuestos a cuya personalidad jurídica no está reconocida
negociar, pero cuando estos se niegan a vender por el Estado, no puede utilizar dicho recurso en
sus tierras y demuestran la explotación racional calidad de comunidad para afirmar el derecho
de las mismas el procedimiento es abiertamen a la propiedad comunal desús integrantes (...).
te ineficaz.51 Segundo, el derecho a la propiedad comunal
de los miembros del pueblo Saramaka no está
Por tanto, el Tribunal Interamericano volvió a reconocido por el Estado (...) y por lo tanto, un
recordar que el Estado tiene "la obligación de recurso judicial que exige que se demuestre
introducir procedimientos en el sistema jurídico la violación de un derecho reconocido por el
d e L im a nacional que permitan reivindicar las tierras de tipo de reclamos".
Estado no sería un recurso adecuado para este
las comunidades indígenas de una forma acce
U n i v e r s i d a d Caso del Pueblo Saramaka vs. Surinam (2007)53 Corte señaló que "sólo permite apelar ante el
sible y simple".52
Respecto al Decreto de Explotación Minera la
poder judicial si el poseedor de un derecho de
El Tribunal reiteró su jurisprudencia sobre el
la derecho a la protección judicial señalando que explotación minera y un "demandante legíti
D e r e c h o d e "[e]n lo que respecta a los miembros de los el monto de la indemnización solicitada. No
mo" o "tercero" no llegaren a un acuerdo sobre
pueblos indígenas, la Corte ha establecido que
obstante, para calificar como "demandante le
ser titular de un derecho o interés registrable
protección efectiva que tome en cuenta sus
de 'es indispensable que los Estados otorguen una gitimo" o "tercero", la persona en cuestión debe
particularidades, sus características económicas
emitido por el Estado. Por lo tanto, el aparente
F a c u lta d y sociales, así como su situación de especial recurso establecido conforme al Decreto de
vulnerabilidad, su derecho consuetudinario,
Explotación Minera es inadecuado e ineficaz en
la valores, usos y costumbres'. En especial, la Corte el (...) caso dado que los miembros del pueblo
p o r a l u m n o s d e 'un recurso efectivo con las garantías de debido tradicional o sobre alguna parte de él". Final
Saramaka no tienen un título sobre su territorio
ha sostenido que, para garantizar el derecho a
la propiedad comunal de los integrantes de los
pueblos indígenas, los Estados deben establecer
mente, respecto al alegato del Estado sobre la
Ley de Gestión Forestal de 1992 que permitiría
interponer demandas escritas ante el Presidente
proceso (...) que les permita reivindicar sus
e d i t a d a tierras tradicionales'". de Surinam, la Corte observó que"[l]os integran
tes del pueblo Saramaka interpusieron al menos
Así, la Corte IDH consideró que "el recurso ju
dos reclamos ante el Presidente de Surinam y al
R e v is ta dicial disponible conforme al Código Civil del día de la [Sentencia] no ha[bían] recibido ningu
na respuesta oficial de la Oficina del Presidente".
Estado (de Surinam) es inadecuado e ineficaz
a fin de reparar las presuntas violaciones al
De esta manera concluyó que la demanda ante
derecho de propiedad comunal de los miem el Presidente "no satisface el requisito conforme
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ADVOCATUS 51. Ibíd., párrafo 102.
52.
Ibíd., párrafo 109.
53. Corte IDH, sentencia sobre excepciones preliminares, fondo, reparaciones y costas, de 28 de noviembre de 2007.
Serie C, No. 172.
3 8 C é s a r L a n d a A r r o y o / E d u a r d o F e r r e r M a c - G r e g o r