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erga omnes. La doctrina ha vinculado esta figura   Lo  que  no  presenta  tantos  problemas  inter­
                  con la tradición inglesa de store decisis, que da   pretativos es  la  parte final  del  artículo Vil  del
                  vocación normativa a las decisiones judiciales,   Código, que obliga al Tribunal Constitucional a
                  y con  la  problemática  de  la  ratio decidendi, o   dar las razones que le lleven a apartarse de un
                  sea, de la parte de las sentencias que presenta   precedente. La seguridad jurídica y el principio
                  carácter vinculante  por ser  los  elementos  de   de igualdad exigen semejante solución.
                  razonamiento  que  sustentan  el  fallo.  La  pre­
                  visión  del  Código  se  valora  positivamente  al   También se ha dicho que esta figura está pen­
                  entender que se evita  la  inseguridad a  la hora   sada  especialmente  para  "los  procesos  que
                  de identificar la ratio decidendi. Así, el Tribunal   defienden  derechos  fundamentales  o  están
                  Constitucional determina qué es lo que vincula   vinculados  a  ellos  (hábeas  corpus,  amparo,
                  a los órganos inferiores.                    hábeas data, cumplimiento) y no en los desti­
                                                               nados al control de la constitucional abstracto
                  Sin  embargo,  resulta  poco  claro.  En  primer   (como  es  la  inconstitucionalidad  o  la  acción
                  lugar, el  principio del store decisis se aplica en   popular). Se entiende que la inconstituciona­
            Facultad  de  Derecho  de  la  U niversidad  de  Lima
                  un contexto jurídico muy diferente, por lo que   lidad de la ley o reglamento en estos últimos,
                  buscar un  sucedáneo en el  precedente vincu­  de ser estimatorios, la elimina del mundo jurí­
                  lante -ratio decidendi. Se ha dicho que gracias   dico, y en consecuencia, no puede ser utilizado
                  a aquel el Tribunal Constitucional es el que fija   como un precedente. En realidad, la previsión
                  "qué fundamento, principio, aforismo o tan sólo   legal no permite interpretar tal extremo. En el
                  criterio contenido o emanado de la sentencia,   fondo, también se reconoce lo mismo: Pero en
                  tiene la calidad de ratio decidendi. Ello, no debe   estos  casos  (de  inconstitucionalidad  de  una
                  interpretarse como una identificación entre lo   ley),  se  pueden  extraer  principios  de  la  ratio
                  que es rotio decidendi  y precedente vinculante   decidendi aplicables a casos futuros. Sin duda,
                  porque  puede  haber  elementos  del  razona­  las argumentaciones realizadas en un proceso
                  miento que sean ratio decidendi  y precedente   abstracto  de  inconstitucionalidad  perfecta­
                  vinculante porque puede haber elementos del   mente pueden servir para dar contendido a un
                  razonamiento que sean ratio decidendi y que no   precedente vinculante.
                  sean declarados por el Tribunal Constitucional
                  precedentes vinculantes. El concepto de uno y   Ahora bien, el precedente vinculante en el Perú
                                                               "vincula"en virtud de la previsión legal del mis­
                  otro es distinto  aunque  sus  consecuencias se
            por alum nos  de  la   aproximen: un argumento con la calidad de ratio   mo. No obstante, no se precisa ante qué tipo de
                  decidendi es aquel que sustenta la argumenta­
                                                               vinculación nos hallamos. Parece que en alguna
                                                               ocasión se conecta con la idea propia de la vin­
                  ción que lleva a determinada decisión final en
                  la  sentencia; en  cambio, el  precedente es una
                                                               culación de las sentencias constitucionales y, en
                  parte  de  la  sentencia  que  el  citado Tribunal
                                                               otras, incluso con el efecto erga omnes, que es
            Revista  editada   declara como tal. En este sentido, la ratio deci­  una cuestión diferente.16
                  dendi es una cuestión de fondo y el precedente
                                                               IV.  LA ACTUACIÓN ANTICIPADA O
                  vinculante de forma. La aproximación viene por
                                                                   INMEDIATA DE SENTENCIA ESTIMATORIA
                  las  consecuencias:  el  precedente  vinculante
                  se impone  por la exigencia del  artículo Vil  del
                  Código Procesal Constitucional, mientras que el
                  argumento que es ratio decidendi se impone por   La  actuación  inmediata  de  las  sentencias  es-
                                                               timatorias  constitucionales  es  una  moderna
                  convención doctrinal y jurisprudencial.      institución del Derecho Procesal Constitucional,
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            A D V O C A TU S   16.  FERNÁNDEZ RODRÍGUEZ, José Julio."EI precedente vinculante en la justicia constitucional peruana. A propósito de




                      la Sentencia del Exp. N°3362-2004-AA/TC". En: Comentarios a los Precedentes Vinculantes del Tribunal Constitucional.
                      Lima: Editorial Grijley, 2010, pp. 172-174.




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