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Y tercero, que este tipo de APP, como cualquier Hay diversos enfoques para definirla. Puede
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otra, está sujeta a regulación económica, cuyas entenderse la regulación como la restricción < «
condiciones están debidamente establecidas intencional de la elección de la actividad de lint
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en el contrato2 suscrito entre las partes intervi- un sujeto y proviene de una entidad que no es QJX
nientes. Este último aspecto normalmente es el parte directa, ni está involucrada en dicha acti- VH/fcf
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menos entendido y sin embargo, es crucial para vidad3.También puede concebirse la regulación DERECHO
el correcto funcionamiento de cualquier APP. como el control de una actividad industrial por REGULATORIO:
ASOCIACIONES
PUBLICO
el gobierno a cuya faceta acompaña un amplio PRIVADAS
Existe mucha literatura económica que trata abanico de diferentes tipos de intervención es
diversos aspectos de la regulación, pero normal tatal en los mercados4.0 como una prescripción
mente de modo separado o en conjunción con gubernamental directa de los principales aspec
la amplia teoría de la organización industrial, tos de la estructura y desempeño económico
muchas veces como un capítulo dentro de la de una firma -com o el control de la entrada, la
misma. En el presente artículo, se pretende sin fijación de precios, la prescripción de la calidad
tetizar, en un lenguaje técnico de nivel medio, y las condiciones de servicio- y la imposición ro
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los elementos económicos fundamentales de la de la obligación de un servicio en condiciones
regulación aplicada a las APP, para el uso del no razonables5. cu
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versado en economía. T3
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En cualquier caso, lo concreto es que la exis
Se busca dar una mirada a la regulación econó tencia de contratos incompletos unida a la
mica como teoría con campo propio de estudio, configuración del m onopolio natural en las
que no desconoce sus vínculos al amplio es industrias de servicios públicos -donde normal _ro
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pacio de la microeconomía, pero que además mente se implementan las APP-, obliga a algún ~o
lo excede en otros aspectos, como claramente tipo de regulación. Se regulan condiciones del o
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ocurre en los terrenos del derecho y de la ciencia contrato tales como compromisos de inversión, CU
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política. La finalidad es que el ensayo sirva de calidad del servicio y de las obras, amplitud de O
orientación de entrada al campo de la regula la intervención y, principalmente, la tarifa y su cu
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ción económica para el profesional no versado mecanismo de reajuste en el pasar del tiempo. x>
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en economía, a partir del cual, el interesado en
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la problemática de la regulación pueda profun También es importante diferenciar entre tres ro
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dizar los distintos temas aquí esbozados. conceptos que fueron intensivamente utiliza _ro
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dos en los tiempos de las reformas de los años "O
II. ¿QUÉ ENTENDER POR REGULACIÓN ochenta y noventa en América Latina: privatizar, O
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ECONÓMICA? liberalizar y desregular. Privatizar es remover la £
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propiedad de activos del sector público para ra
Un elemento constitutivo de toda APP es la re pasarlos a propiedad del sector privado. Implica w.
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gulación económica. Pero ¿qué es la regulación? enajenar activos de propiedad pública en favor ro
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2. El contrato que estipula la relación principal entre la entidad pública y la empresa privada se denomina contrato >
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APP. En vista que muchos de estos contratos que involucre participación privada en el desarrollo de activos cc
públicos se dieron en la forma de concesiones, la usanza hace que se identifique a la figura del contrato APP con
el contrato de concesión, cuando no necesariamente es el caso, ya que la concesión es una forma específica de una
APP. Los usos y costumbres han hecho que, por esta misma razón, a la parte privada se le llame concedente mientras o
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a la parte privada se le denomine concesionario, cuando estas figuras, estricto sensu, solamente corresponden si
la APP asume la forma de una concesión propiamente dicha.
§
3. MITNICK, Barry. La economía de la regulación. México: Fondo de Cultura Económica, 1989. 2
4. WATERESON, Michael. Regulation of the Firm and Natural Monopoly. New York: Basil Blackwell, 1988. §
Q
5. KAHN, Alfred. The Economics of Regulation. Principies and Instituions. Cambridge - Londres: The MIT Press, 1993.
F u n d a m e n t o s e c o n ó m i c o s p a r a l a r e g u l a c i ó n d e l a s A s o c i a c i o n e s P ú b I i c o - P r i v a d a s 99