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7. Cuando la ley o el pacto lo declaren ex ración de un óleo con el rostro del fundador de la «
presamente. institución, a ser colocado en el hall principal y de
velado el día de la inauguración de su nueva sede c a r
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2. Cuando de la naturaleza y circunstancias central, y el deudor incumple con entregarlo en
de la obligación resultare que la desig fecha oportuna"18;pero "el banco sigue interesado O O
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nación del tiempo en que había de en en obtener el cuadro"19. En mi opinión, el plazo
AUTOR
tregarse el bien, o practicarse el servicio, de cumplimiento de las mensualidades en los NACIONAL
hubiese sido motivo determinante para centros educativos, no puede ser considerado
contraería. como un plazo esencial, por cuanto se trata de
un fraccionamiento en el pago por un servicio
3. Cuando el deudor manifieste por escrito único: prestación de servicios educativos du
su negativa a cumplir la obligación. rante el año escolar, ciclo académico o período
previamente establecido. El fraccionamiento
4. Cuando la intimación no fuese posible mensual es una"unidad detiempo"que las par
por causa imputable al deudor". tes acordaron para delimitar el corte a efectos ro
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que el consumidor-padre de familia pague al
En el caso del retardo del pago de la men centro educativo por el servicio prestado. cu
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sualidad del centro educativo, no podrían ser -O
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aplicables los incisos 1, 3 ni 4 del artículo 1333 En atención a estas consideraciones, el retraso
del Código Civil (salvo que se acredite que se ha en el pago de la mensualidad, si es que no se cu
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configurado el supuesto de hecho regulado en ha pactado expresamente la mora automática, c
cada inciso). A propósito del inciso 2, se afirma requiere de la constitución de mora para que
que "su fundamento radica en la interpretación genere tanto el interés moratorio, como para cu
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de la voluntad de las partes, pues se considera que proceda la aplicación de la cláusula penal. o
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que éstas han entendido que por fuerza de la na En efecto, de una interpretación sistemática cu
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turaleza de la obligación, el pago en el momento del artículo 1342 del Código Civil ("cuando la cu
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oportuno era tan importante que su omisión debía cláusula penal se estipula para el caso de mora"), CU
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llevar aparejada la responsabilidad del deudor. 1242 segundo párrafo (el interés "es moratorio ~o
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Por tal razón, se suele decir que hay, en este senti cuanto tiene por finalidad indemnizar la mora en
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do, una estipulación tácita de mora automática, el pago"), ambos se activan con la constitución ro
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sin que en realidad exista, naturalmente"17.Ja\ es en mora. En este orden de ideas, "de acuerdo al
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el caso del plazo esencial, como el servicio de Código Civil peruano, no basta el retardo en la eje "O
limosina que transporte a la novia a la iglesia cución de la prestación para que el deudor quede 1/1
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a la hora de la boda. Sin embargo, se observa constituido en mora sino que, debe tratarse de un c
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la coincidencia entre la situación de mora y de retardo imputable al deudor y además, se requiere 3
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incumplimiento definitivo. Por ello:"estimamos, la interpelación por el acreedor"20. O
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para que el deudor se encuentre en mora y no en ra
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incumplimiento definitivo, que todavía debe estar IV. CONCLUSIONES ro
presente el interés del acreedor en la ejecución "O
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de la obligación por el deudor. Por ejemplo, si un a. Los conceptos (recargos, penalidades o ro
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banco contrata un pintor de nota para la elabo moras e intereses moratorios, según sea >
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17. OSTERLING PARODI, Felipe y CASTILLO FREYRE, Mario siguiendo a LLAMBÍAS, Jorge Joaquín."Sistemas de o
constitución en mora". Comentario al artículo 1333 del Código Civil. En: Código Civil Comentado. Tomo VI. Derecho —
de las Obligaciones. Lima: Gaceta Jurídica, 2004, p. 1043.
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18. Ibíd., p. 1045. 2
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19. Loe. Cit. i»
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20. BARCHIVELAOCHAGA, Luciano. Op. Cit., p. 108. ^
Naturaleza jurídica de los cobros derivados de la falta de pago oportuno de pensiones escolares 291