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árbitros para decidir acerca de su propia com­  Irene  Martínez7  resume  de  manera  muy  me­    «
           petencia, cuando ésta haya sido cuestionada; es   tódica  las tres posturas en torno a quién debe
           decir, la posibilidad de resolver el planteamiento   decidir acerca de la validez del convenio arbitral.
           de incompetencia articulado a su respecto.
                                                        La primera postura -y  la más radical- señala que
           Dos escuelas han sido las encargadas de desa­  el árbitro es el único facultado para hacerlo; la
                                                                                                       AUTOR
           rrollar in extenso este principio: la alemana y la   segunda  -la  más  defendida  por  la  doctrina-   NACIONAL
           francesa. Para la escuela alemana -cuya postu­  postula que el árbitro es el primer facultado para   zz :
                                                                                                             c a r
           ra  es  la  más  radical- el  kompetenz-kompetenz   hacerlo, y que el Juez podrá realizar un control
                                                                                                             1-4-L
           implica que el árbitro, o en su caso el tribunal   expost de la validez del convenio arbitral, sólo   L U J
           arbitral, debe ser el único capaz de decidir sobre   si las partes deciden  interponer un recurso de   o o
                                                                                                             OOP
           su competencia.                              anulación del laudo en la víajudicial;finalmente,
                                                        la última  postura es la que defiende que todo
           Por su parte, la escuela francesa matiza el alcance   convenio arbitral cuya validez sea cuestionada
           de este principio al señalar que se refiere al hecho   deberá  ser  materia  de  decisión  exclusiva  por   íT3
                                                                                                         E
           de que el árbitro debe ser el  primer juez de su   parte del juez.
                                                                                                         ai
           competencia, quedando esta  decisión  sujeta a                                                "O
           la determinación final que haga el juez ordinario   Señala  Martínez, que  esta  última  postura -no   -a
                                                                                                         to
                                                                                                         "O
           competente4. Lo que no precisa esta escuela es   aceptada  en  el  mundo  arbitral,  debido  a  que
           el momento en el que el juez debe realizar dicha   se la considera atentatoria a  la autonomía del   OJ
                                                                                                         >
           determinación; sin embargo, Gerold Herrmann5   procedimiento  arbitral-  se vino  aplicando  en   c
                                                                                                         3
           explica  que  la  primera  decisión  acerca  de  la   algunos  tribunales  extranjeros,  basándose
           validez o  invalidez del  convenio  arbitral  debe   principalmente en los siguientes argumentos:  CU
                                                                                                         T 3
           corresponderle al árbitro, y la última al juez.                                               O
                                                                                                         ZZ
                                                         •   No  se  debe  asumir  que  las  partes  han   u
                                                                                                         tu
           Por otro lado, Francisco González de Cossío5 se­  acordado  someterse  a  un  procedimiento   cu
                                                                                                         Q
           ñala que la interrelación juez-árbitro debe verse   arbitral; es  necesario que  la  evidencia  sea   tu
                                                                                                         ■O
           como una carrera de postas en la que juez y árbi­  inequívoca y que esté completamente claro   •O
                                                                                                         ro
           tro participan en tiempos distintos. Al principio   que las partes han querido eso.           3
           la posta se encuentra en manos del juez, quien                                                u
                                                                                                         ro
                                                                                                         u _
           debe pasársela al árbitro mediante la remisión a   •   No  hay  razón  alguna  para  que  se  deba
                                                                                                         tU
           arbitraje. A este último le corresponderá resolver   remitir a las partes a un arbitraje, a menos   TJ
           el fondo de la  controversia  mediante el  laudo   que ambas admitan la validezy eficacia del   </i
                                                                                                         O
           arbitral; una vez que esto haya tenido lugar, la   convenio arbitral.  Lo contrario  implicaría   c
                                                                                                         E
                                                                                                         _3
           posta regresará a manos del juez, quien decidirá   desviarlas  de  la jurisdicción  ordinaria  en
                                                                                                         ro
           sobre la nulidad, reconocimiento y ejecución del   contra de su voluntad.                     O
                                                                                                         o.
           laudo. Por lo tanto, será el árbitro quien decida                                             ro
                                                                                                         "O
           primero, y será el juez quien lo haga posterior­  •   La  determinación  preliminar  de  validez   ro
           mente y de forma definitiva.                     realizada  por el juez  le otorga  certeza  al  T3
                                                                                                         ai
                                                                                                         to
                                                                                                         1/1
                                                                                                         >
                                                                                                         (U
                                                                                                         cc
           4.   González de Cossío, Francisco. Kompetenz-kompetenz a la mexicana: Crónica de una muerte anunciada. Disponible
               en: <http://www.camex.com.mx/fac.pdf> (Fecha de consulta: 11  de marzo de 2012).
           5.   Flerrmann,  Gerold.  The arbitration  agreement as  the  foundation  of arbitration  and its recognition  by the courts.   o co
               Boston: Kluwer Law and Taxation Publishers, p. 48.
                                                                                                         s
           6.   González de Cossío, Francisco. Op. Cit.
                                                                                                         s
           7.   Martínez Cárdenas, Irene. "Kompetenz-Kompetenz. ¿Quién debe resolver acerca de la validez de un convenio arbitral?".
               En Arbitraje y debido proceso. Volumen 2. Biblioteca de Arbitraje del  Estudio Mario Castillo Freyre. Lima: Palestra   §
                                                                                                         Q
               Editores y Estudio Mario Castillo Freyre, 2007, pp. 57 y ss.
                      C  o  m  p  e  t e  n  c i a     p a r a    d  e  c i d  i r    l a    c o  m  p  e  t e  n  c i a     d e l    t r i b  u  n  a l    a r b  i t r a l    295
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