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Jefatural  N° 216-2011-ANA, aprobó  el  Estudio   la sostenibilidad involucra la recuperación de
           que  Determina  la  M etodología  de  Cálculo   costos, para asegurar la provisión del servicio"8.
           de  la Tarifa  por  Utilización  de  Infraestructura
           Hidráulica  Mayor y  Menor y  por  Monitoreo y   Sobre la  base de lo anterior, mediante Resolu­
           Gestión de Aguas Subterráneas (Metodología)6,   ción Jefatural  N° 419-2012-ANA, se aprobaron
           encargándose a la Dirección de Administración   los "Lineamientos  generales  de  tarifas  por
           de Recursos Hídricos (DARH) la implementación   la  utilización  de  la  infraestructura  hidráulica
           de  una  herramienta  informática  que facilite  a   mayor y menor, y por monitoreo y gestión de
           los operadores de infraestructura  hidráulica el   aguas subterráneas" (Lineamientos Generales);
           cálculo de la tarifa.                        estableciéndose en el artículo 6o que los opera­
                                                        dores determinarán anualmente el valor de las
           Esta  Metodología  debía  permitir  calcular  los   tarifas mediante la aplicación de la Metodología
           costos de prestación del Servicio de Suministro   aprobada por la ANA. Sin embargo, los precita­
           por  cada  operador y,  sobre  la  base  de  dicha   dos lineamientos generales no han podido ser
           información, cuánto debe pagar cada usuario.  aplicados hasta la fecha, al no haber concluido la
                                                        DARH con la implementación de la herramienta
           El  punto de partida  de esta  Metodología es  la   informática que permita la incorporación de la
           determinación de los conceptos que deben ser   Metodología al procedimiento tarifario.
           cubiertos por la tarifa, de acuerdo con lo estable­
           cido en  la  Ley, cuyo artículo 95° señala que los   Es por ello que  para el  año 2013, se aprobaron
           valores de las tarifas deben ser fijados bajo los   LineamientosTarifarios transitorios para la aproba­
           siguientes criterios: (i) que se cubran  los costos   ción del valor de las tarifas, los cuales no requieren
           de  operación,  mantenimiento,  rehabilitación,   de la aplicación de la  Metodología. Estos Linea­
           mejoramiento y reposición de la infraestructura   mientos Transitorios fueron aprobados a través de
           existente y el desarrollo de nueva infraestructura;   la Resolución Jefatural N° 478-2012-ANA, la cual
           (ii) que se mejore la situación socioeconómica de   ha venido siendo prorrogada para los años 2014
           la cuenca hidrográfica; y (iii) que se establezca el   y 2015 (en adelante conjuntamente denominados
           monto según rentabilidad de la actividad econó­  "Lineamientos TarifariosTransitorios"). Es así que el
           mica a la que se destina el uso del agua.    procedimiento vigente para la determinación de
                                                        la tarifa está regulado principalmente en los Linea­
           Teniendo  esto  en  cuenta,  la  Metodología  se   mientos TarifariosTransitorios y el Reglamento de
           sustenta  sobre tres  principios económicos:  (i)   Operadores, sin perjuicio de la inminente imple-
           sostenibilidad,  (ii)  eficiencia  económica,  y (iii)   mentación  de  la  Metodología y, por lo tanto, la
           equidad7.  Como  lo  señala  la  Metodología, "lo   entrada en vigencia de ios Lineamientos Generales
           eficiencia económica se preocupa por la cantidad   el próximo año9.
           de riqueza que puede ser generada por una dota­
           ción de recursos dada; la equidad, por su parte,   IV.  LA PROBLEMÁTICA DE LA TARIFA
           se refiere a la distribución de la riqueza entre los   APLICABLE A LOS USUARIOS
           sectores e individuos de la sociedad;y, por último,  ENERGÉTICOS





           6.   La referida Metodología fue elaborada por consultores del Centro de Investigación de la Universidad del Pacífico,
               quienes entregaron la versión final el 22 de julio del 2010. El documento en el cual se plasmó dicha Metodología
               fue denominado "Desarrollo del Estudio que determine la metodología de cálculo de las tarifas por utilización de
               la infraestructura hidráulica menor y mayor y por el servicio de monitoreo y gestión de aguas subterráneas".
           7.   Estos principios están desarrollados en las páginas 5 y 6 de la Metodología.
           8.   Páginas 5 y 6 de la Metodología.
           9.   El artículo 6o de La Resolución Jefatural N° 365-2014-ANA especificó que la aplicación de la Metodología debería
               ser factible a partir del año 2016.



            Tarifa  por uso infraestructura  hidráulica  ¿Cuántas veces hay que  pagarla  y cuánto  puede subir de año a  año?
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