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Como hemos detallado en el acápite anterior, usuarios y operadores de la infraestructura
la tarifa debe aprobarse en función de ciertos hidráulica suscribían acuerdos destinados a
criterios especificados en la regulación hídri- remunerar la operación, mantenimiento o de
ca descrita, los cuales están relacionados a la sarrollo de infraestructura hidráulica, conceptos
eficiencia y equidad en el aprovechamiento remunerados en la actualidad por la tarifa por
del agua, a la orientación a costos de la tarifa utilización de infraestructura hidráulica.
pagada por dicho uso y a la participación de
los usuarios de infraestructura hidráulica en la En consecuencia, el marco normativo actual,
fijación de dicha tarifa. A pesar de ello, para los respetando los principios que rigen la regu
usuarios hidroeléctricos hoy en día se presentan lación de los recursos hídricos referidos en el
dos problemas absolutamente incompatibles segundo acápite de este trabajo, siempre ha
con el espíritu de la normativa tarifaria: (i) los buscado evitar que se fije una tarifa ahí donde
operadores pretenden cobrar dos veces por ya existe un acuerdo formalmente constituido
el mismo concepto ya que, además de la tari entre el operador y el usuario, que contemple
fa regulada, continúan cobrando los montos el pago de la respectiva contraprestación por
Revista editada por alumnos de la Facultad de Derecho de la Universidad de Lima
pactados con los generadores -antes de la las actividades de desarrollo, operación y man
entrada en vigencia de la Ley- por los mismos tenimiento de infraestructura destinadas a la
servicios que remunera la tarifa; y (ii) la tarifa prestación del Servicio de Suministro de agua;
se incrementa exponencialmente de un año a es decir, los conceptos tarifarios.
otro, sin sustento en los costos incurridos para
la prestación del Servicio de Suministro y yendo En efecto, la Tercera Disposición Com ple
contra límites expresamente previstos en la re mentaria Final de los Lincamientos Tarifarios
gulación, sin justificación alguna y a propuesta Temporales son claros al señalar que si entre
de los operadores de infraestructura hidráulica. el operador de la infraestructura hidráulica
y el usuario existe algún acuerdo formal que
En nuestro entender, el desarrollo normativo involucre el pago de dinero o la ejecución de
descrito en el acápite anterior es suficiente para trabajos u obras, destinados a la operación,
prevenir cualquiera de las situaciones descritas mantenimiento o desarrollo de infraestructura
en el párrafo precedente; sin embargo, subya hidráulica, tal acuerdo permanece vigente y no
cente a toda la problemática, se encuentra la se fija una tarifa. Si por el contrario, no existe un
falta de corrección y uniformidad en la aplica acuerdo que cumpla con estas características,
ción de las normas por parte de los funcionarios se fijar una tarifa siguiendo las disposiciones
y órganos desconcentrados de la ANA. Ello es previstas en dicha norma.
un problema de institucionalidad derivado del
proceso de transición en el que consideramos Esta disposición se condice con los principios que
se encuentra el cambio de la normativa hídrica hemos descrito anteriormente, pues se busca
en nuestro país10. A esta situación se añade el orientar la tarifa a costos, asegurando su recu
hecho de que los operadores de infraestructura peración pero sin cobrar más de lo debido por
hidráulica no cooperan con respetar el marco conceptos que vienen siendo pagados bajo otro
normativo, como explicaremos en este acápite. título; la eficiencia económica, en tanto se logra
asignar y recaudar lo que en realidad cuestan las
1. El doble cobro de la tarifa. actividades; y, por último, la equidad, pues permi
te que los usuarios y los operadores obtengan lo
Como hemos desarrollado en el primer acápite, que efectivamente necesitan para continuar sus
AD VO C ATU S 130 10. No es objeto de este trabajo analizar la Institucionalidad de la ANA, pero esperamos poder exponer este tema en
actividades, sin aprovecharse ninguno del otro.
antes de la entrada en vigencia de la Ley, los
otra ocasión.
90 C a r l o s M o n t e z a / F i o r e l l a M o n g e / J e n n y A l i a g a