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Administración a elevar la presión fiscal, de que ejerce la profesión de contador público;
acuerdo con las previsiones presupuestarias, sin embargo, esta norma es diferente a la «
y, de rechazo conlleva a que otras personas del Delito Contable ya que en éste, el sujeto u u
p a g u e n m ás de lo qu e d e b ía n p a g a r p o r a ctivo no es el profesional antes m encionado US
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un principio de justicia que, en definitiva, es sino el obligado a tributar."20 </*/*
equivalente a proporcionalidad y equilibrio.
DERECHO
( . . T 9 VI. LOS DELITOS TRIBUTARIOS EN LA LEY PENAL
PENAL TRIBUTARIA.
Como referim os a nte rio rm e n te, esto es
aplicable al delito contable tributario y a los En nuestro país, se ha promulgado la Ley Penal
nuevos delitos de peligro como los delitos Tributaria, mediante Decreto Legislativo 813,
tributarios de información falsa, facturas falsas con un criterio de política criminal tributaria
y almacenamiento no declarado, puesto que la que incorpora en una norma especial los
puesta en peligro concreto a la hacienda pública, delitos tributarios, derogando los artículos 268
con las falsedades contables, información falsa, y 269 del Código Penal de 1991, sustentando ro
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facturas falsas y almacenamiento no declarado, en su exposición de motivos que se debe a la
demuestra una relevancia sustancial del cálculo especialidad y en razón de las materias que O)
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del tributo debido, sin ser necesario esperar que confluyen, DerechoTributario y Derecho Penal, T3
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se dañe dicho bien jurídico. Su persecución y indicando que las disposiciones de esta norma X3
criminalización implicará incrementar un riesgo penal especial no alteran el sistema jurídico Oí
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real a quienes están acostumbrados hasta hoy a penal, ni por ende los derechos y garantías c
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evadir tributos. De allí la importancia. de las personas contenidas en la Constitución
Política del Perú. OI
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Por ello, no se busca de ningún modo crimina o
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lizar la información falsa, las facturas falsas, las En la Ley Penal Tributaria sólo se tenía como u
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falsedades contables, el almacenamiento no delitos tributarios a la defraudación como delito O
declarado, como delitos tributarios, sino aque de lesión y al delito contable como delito de O)
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llos que pongan en peligro la hacienda pública. peligro. Con el Decreto Legislativo N° 1114, X3
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Por otro lado, tampoco se busca criminalizar la se incorpora nuevos delitos tributarios de
conducta del contador como autor por el solo información falsa, factura falsa y almacenamiento ro
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hecho de su calidad como profesional colegia no declarado, como delitos tributarios de
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do como ocurre en Chile, puesto como dice peligros, entre otras modificatorias de la Ley X3
Fernandez Carbajal: Penal Tributaria. l/l
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"Llama la atención en este Código Tributario VIL DELITO TRIBUTARIO DE LESIÓN: EL 3
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— de Chile— la existencia de una norma DELITO DE DEFRAUDACIÓN TRIBUTARIA. O
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que, a simple vista, podría confundirse con ro
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el denominado Delito Contable, lo cual no 1. El bien jurídico ro
es así. En efecto, en el mismo titulo de dicho B
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Código, en el artículo 100°, se ha previsto El bien jurídico protegido en el delito de ro
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una figura delictiva sui géneris denominada defraudación tributaria es la hacienda pública, >
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Delito tributario de los Contadores, en el cual entendida de forma macro social como sistema cc
el sujeto activo es o debe ser una persona de recaudación de ingresos y realización del
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3
19. RUIZ VADILLO, Enrique, Delitos contra la Hacienda Pública (El Delito Fiscal desde la perspectiva judicial), En: XIV K
Curso de Instituciones yTécnicasTributarias, 26 de setiembre de 1994, España, pág. 3. 2
§
20. FERNANDEZ CARBAJAL, Gerardo, Alcances de responsabilidad penal tributaria del contador público II, En revista: Q
El Contador Público N° 434, Agosto - 2002, Lima, pág. 16.
El bien jurídico en los delitos tributarios y los nuevos delitos tributarios de información falsa, ... 105