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un beneficio social neto). Tal manera de observar primeros impulsos dirigidos a sustentar la teoría «
el fenómeno permitió que se crease el contexto del incumplimiento eficiente habría sido dado
idóneo para la formulación de una teoría que tiene por el juez estadounidense Oliver Wendell Holmes car
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enorme acogida en el sistema estadounidense j r ., quien sería un remoto precursor de esta teoría.
(cuanto menos a nivel del formante doctrinal) y Desafortunadamente, la impresión enunciada se OC
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que se convirtió en una de las doctrinas preferidas ha extendido muchísimo en el Civil Law yen el AUTORES
NACIONALES
por la aproximación económica al Derecho, me Common Law a causa de la constante referencia
refiero a la efñcientbreach theory77. Empero, a esta que efectúan diversos académicos a un breve
teoría se le elevan una serie de objeciones de di pasaje de uno de los artículos que, a finales del
verso calibre (sea de naturaleza jurídica, sea de ca siglo XIX, publicó el ilustre autor. En efecto, en el
rácter económico), pero acaso la que más impacto pasaje en cuestión Holmes afirma que:
tiene en lo que nos convoca en esta oportunidad
sea la constatación de que en aquellos sistemas "El deber de cumplir un contrato en el common
jurídicos influenciados por el modelo alemán o law no significa más que la predicción de que
por el modelo francés, se admite que el acreedor uno debe pagar un resarcimiento si es que no ro
pueda optar -casi libremente (sólo requiere veri lo cumple, y nada más que ello."79 E
ficar que la prestación es posible y que persista el ai
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interés en la ejecución)- por solicitar la ejecución Así, un sector de ladoctrina arguye que con este xs
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forzada, con lo cual se estaría reconociendo que pasaje se marcó el punto de partida de aquel T3
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el derecho de crédito es tutelado por una regla itinerario por el que la judicatura estadounidense ai
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de propiedad. Asimismo, esto permitiría explicar llegó a concluirque la única sanción jurídica frente c
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la superioridad de la regla que tutela el derecho al incumplimiento contractual era el desembolso
de crédito en el Civil Law, puesto que brinda al de un monto dinerario por concepto de resarci ai
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titular el derecho de optar por aquella regla que miento (negándose la posibilidad del acreedor o
protege en mejor medida su interés, lo cual sólo insatisfecho de requerir en vía judicial la ejecución u
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lo puede conocer -caso por caso- el afectado por forzada -o specificperformance- de la prestación ai
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el incumplimiento78. comprometida) y que existiría un hipotético dere ai
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cho de opción a incumplir en cabeza del deudor. ■O
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La dilucidación de este punto abre el camino
para lo que será materia del siguiente acápite. No niego que una importante base ideológica 1_>
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LL.
de la teoría del incumplimiento eficiente resi
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V. UN DEBATE OMITIDO: LA da en la prevalencia del remedio resarcitorio -a
VINCULACIÓN ENTRE LA INDUCCIÓN frente a la ejecución forzada, pero no me ani ■/i
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AL INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL maría a sostener que esta peculiaridad -por c E
Y LA TEORÍA DEL INCUMPLIMIENTO más distintiva que sea- del Contract Law esta D
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EFICIENTE. dounidense soporta en su integridad la efficient O
breach theory, puesto que hacerlo sería sobre a
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Antes que nada me interesa resaltar la común, simplificar tal teoría. En efecto, como he tenido T3
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y errada, percepción acerca de que uno de los oportunidad de exponer80, existen factores s
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77 SAAVEDRA VELAZCO, Renzo E. Obstáculos jurídicos y económicos a la aplicación de la teoría del incumplimiento
eficiente: ¿Un irritante jurídico o una figura de aplicación imposible?, en Themis— Revista de Derecho, 2a. época,
núm. 58, Lima, 2010, pp. 247 y ss. t o
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78. Una idea que con respecto a la anulación contractual por error fue expuesta en nuestro medio por ESCOBAR
ROZAS, Freddy, El error en los contratos (justificaciones impuras para la modificación de las reglas de anulación), en
lus et veritas, año XVII, núm. 35, Lima, pp. 28 y ss., ¡vi p. 46.
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79. HOLMES jr., OLIVER Wendell, The path ofthe law, en Harvard Law Review, vol. X, 1897, pp. 457 y ss., ivi p. 462. §
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80. SAAVEDRA VELAZCO, Renzo E. Apuntes comparativos sobre la teoría del incumplimiento eficiente: Incumplir o no
U n a a p r o x i m a c i ó n f u n c i o n a l a l a i n d u c c i ó n a l i n c u m p l i m i e n t o c o n t r a c t u a l 365