Page 171 - Ley y Reglamento Contrataciones del Estado
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Instituto Peruano de Contrataciones del Estado           -            Ley y Reglamento de Contrataciones 2019


                             El OSCE puede implementar mecanismos electrónicos para recibir la documentación de
                      las  partes  o  de  terceros  y  para  notificar  los  actos  administrativos  emitidos  durante  sus
                      procedimientos, pudiendo establecer la obligatoriedad del uso de los referidos mecanismos
                      electrónicos, en tanto estos observen los procedimientos y formalidades establecidos en el TUO
                      de la N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

                             La implementación y disposiciones referidas al uso de las plataformas informáticas o la
                      sustitución de las mismas, son establecidas mediante Directiva.



                             NOVENA. Todos los pagos que la Entidad deba realizar a favor del contratista para la
                      cancelación de los bienes, servicios en general y consultorias objeto del contrato, se efectúan
                      mediante transferencias electrónicas a través del abono directo de los montos correspondientes
                      en  la  cuenta  bancaria  del  contratista  en  el  Banco  de  la  Nación  u  otra  entidad  del  Sistema
                      Financiero Nacional, en los plazos y condiciones pactados y conforme a las disposiciones del
                      Sistema Nacional de Tesorería.

                             La  Dirección  General  del  Tesoro  Público  del  Ministerio  de  Economía  y  Finanzas
                      determina los casos excepcionales a lo señalado, asi como el tratamiento especial o alternativo
                      a aplicarse en dichos casos.

                             Para  efectos  del  pago  mediante  transferencias  electrónicas,  la  Entidad  hace  uso
                      obligatorio del número del CCI proporcionado por el contratista para la suscripción del contrato.
                      En los casos que el contratista no hubiese proporcionado el indicado número a la Entidad, el
                      Banco de la Nación procede a la apertura de oficio de una cuenta bancaria a su nombre para el
                      abono de los correspondientes pagos.


                             DÉCIMA. El Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado -
                      FONAFE, la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas y la Central de
                             Compras Públicas - PERÚ COMPRAS, el Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos
                      Estratégicos  en  Salud  -  CENARES  pueden  realizar  Compras  Corporativas  con  administración
                      delegada que comprende las acciones necesarias que permitan a estas Entidades realizar la
                      homogeneización  y/o  estandarización  de  los  bienes  o  servicios  en  general,  los  actos
                      preparatorios, el procedimiento de selección para obtener una oferta por el conjunto de los
                      requerimientos  de  las  Entidades  participantes,  incluyendo  la  suscripción  de  los  contratos
                      correspondientes con el proveedor o proveedores seleccionados, asi como la administración del
                      contrato  durante  su  vigencia,  es  decir,  hasta  su  finalización  con  la  emisión  de  la  última
                      conformidad.
                             Para ello, las Entidades participantes suscriben, previamente, convenios institucionales
                      con  una  de  las  Entidades  indicadas  en  el  numeral  anterior,  a  las  que  se  denomina  Entidad
                      encargada para demandar la provisión de los bienes y/o servicios en general susceptibles de
                      homogeneizar y estandarizar, a fin que esta última sea quien efectúe todos los actos necesarios
                      para su contratación. Asimismo, las Entidades participantes, asumen en virtud de los convenios
                      suscritos, las obligaciones que correspondan al pago por los servicios en general o bienes que
                      les brindará el proveedor seleccionado por la entidad encargada. Para el caso de los procesos
                      que convoque la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas, CENARES y PERÚ COMPRAS, el


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