Page 28 - Jurisprudencia civil mercantil penal 198
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resolver la contradicción de  con  el  diseño  empleado  bienes de la parte denun-
                       tesis 3/89, conforme al cual,  por el legislador para pro-     ciante, además, aun cuando
                       para que un acto dentro de  curar que, desde el primer  la  determinación  negativa
                       juicio  fuera  de  "imposible  juicio de amparo directo, se  aludida no sea abordada en
                       reparación"  y,  por  ende,  analicen todas las violacio-      la  sentencia  definitiva,  en
                       reclamable  en  el  amparo  nes procesales cometidas  caso de impugnarla como
                       indirecto, era necesario que  durante  la  sustanciación  violación  procesal  en  la
               Amparo civil  sustantivos tutelados en la  los  aspectos  procesales  de la reposición del proce-
                       afectara de manera direc-
                                                       del  juicio,  privilegiando  la  vía directa y concederse el
                       ta, actual  y  real  derechos  resolución de fondo sobre  amparo solicitado, a través
                       Constitución Política de los  y formales, sin afectar los  dimiento  pudiera  dejarse
                       Estados Unidos Mexicanos  derechos  de  defensa  y  insubsistente  y  ordenarse
                       (y  ahora  también  en  los  equidad procesal entre las  llamar  al  tercero,  con  lo
                       tratados internacionales de  partes. Así, por una parte se  que se retrotraería el esta-
                                                                                      do de las cosas a como se
                       los que el Estado Mexicano  pretendió reducir conside-
                       sea Parte), trascendiendo  rablemente la cantidad de  encontraba  antes  de  que
                       a  la  persona  o  bienes  de  juicios de amparo indirecto  se cometiera la infracción
                       las partes, de tal modo que  promovidos  contra  actua-        adjetiva,  sin  dejar  rastro
                       el  perjuicio  resentido  no  ciones procesales -al tornar  de afectación alguna en la
                       pudiera repararse ni en la  excepcional su procedencia  esfera jurídica del quejoso.
                       sentencia definitiva, ni por  en los términos señalados-             Amparo directo 440/2017. Andrés
                       medio del juicio de amparo  y,  por  otra,  concentrar  en           Resendiz Salcido. 22 de septiembre
                                                                                            de 2017. Unanimidad de votos. Po-
                       directo. De esta manera, el  la medida de lo posible los             nente: José Manuel Blanco Quihuis.
                       legislador pretendió regre-     juicios  de  amparo  directo         Secretario: Germán Gutiérrez León.
                       sar a la fórmula que origi-     derivados de una misma se-           Nota: El criterio contenido en esta
                                                                                            tesis  es  objeto  de  la  denuncia
                       nariamente regía respecto a  cuela procesal, todo ello en            relativa a la contradicción de tesis
                       la impugnación de los actos  aras de optimizar la garan-             370/2017, pendiente de resolverse
                       dentro de juicio, conforme a  tía de protección de dere-             por el Pleno de la Suprema Corte
                       la cual únicamente aquellos  chos humanos más impor-                 de Justicia de la Nación.
                                                                                            Las tesis de jurisprudencia P./J.
                       que  de  consumarse  sus  tante que existe en nuestro                147/2000  y  1a./J.  102/2008,  de
                       consecuencias serían ver-       orden jurídico; lo que lleva         rubros: "LITISDENUNCIACIÓN O
                       daderamente irreparables,  a  estimar  inaplicables  las             DENUNCIA DEL JUICIO A TERCE-
                                                                                            ROS. SU NEGATIVA ES UN ACTO
                       debían  examinarse  en  la  tesis de jurisprudencia P./J.            DENTRO DEL JUICIO CONTRA
                       vía  indirecta,  reservando  147/2000 y 1a./J. 102/2008,             EL QUE PROCEDE EL AMPARO
                       para  la  directa  el  análisis  por no estar vigentes, pues         INDIRECTO (LEGISLACIÓN DEL
                                                                                            ESTADO DE JALISCO)." y "DE-
                       de todas las demás actua-       es posible analizar la vio-          NUNCIA DEL JUICIO A TERCEROS
                       ciones que generaran una  lación procesal impugnada                  SOLICITADA POR CUALQUIERA
                       afectación reparable, ya sea  en el amparo directo. De las           DE LAS PARTES PROCESALES
                       en sentencia definitiva o por  consideraciones expuestas             (ACTOR  O  DEMANDADO).  EL
                                                                                            AUTO O RESOLUCIÓN QUE NIE-
                       el propio Tribunal Colegiado  se concluye que a pesar de             GA SU ADMISIÓN ES UN ACTO
                                                                                            DE  IMPOSIBLE  REPARACIÓN,
                       de Circuito. Lo anterior es  que el acto emitido por la              POR  LO  QUE  EN  SU  CONTRA
                       acorde con las exposiciones  autoridad jurisdiccional que            PROCEDE EL JUICIO DE AMPARO
                                                                                            INDIRECTO." citadas, aparecen
                       de motivos, de la reforma  niega llamar a juicio a un                publicadas en el Semanario Judicial
                                                                                            de la Federación y su Gaceta, No-
                       constitucional en materia de  tercero, afecta el derecho             vena Época, Tomos XII, diciembre
                       amparo de seis de junio de  sustantivo  de  acción  del              de 2000 y XXIX, enero de 2009,
                                                                                            páginas 17 y 212, respectivamente.
                       dos mil once y de la actual  denunciante previsto en el              Esta tesis se publicó el viernes
                       ley, las cuales destacan la  artículo 17 de la Constitu-             02 de febrero de 2018 a las 10:04
                                                                                            horas en el Semanario Judicial de
                       necesidad  de  concentrar  ción Política de los Estados              la Federación.
                       los juicios de derechos fun-    Unidos  Mexicanos,  dicha            Décima Época.- Registro: 2016157.-
                                                                                            Instancia:  TERCER  TRIBUNAL
                       damentales, siendo éste un  afectación  que  carece  de              COLEGIADO EN MATERIAS CIVIL
                       principio que permea en las  la  "materialidad"  requeri-            Y  DE  TRABAJO  DEL  QUINTO
                       disposiciones  contenidas  da para hacer procedente                  CIRCUITO.- Tesis: Aislada.- Fuente:
                                                                                            Semanario Judicial de la Federa-
                       en la normatividad vigente,  la  vía  indirecta,  pues  no           ción.- Publicación: viernes 02 de
                       lo cual puede constatarse  trasciende a la persona o                 febrero de 2018.- Tesis: V.3o.C.T.7
                                                                                            K (10a.)
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