Page 25 - Jurisprudencia civil mercantil penal 198
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derecho a quien pertenezcan,
si éstos han pasado a título Caducidad de la Instancia
oneroso a un tercero de buena
fe (artículo 2184 ídem); cuando
declara obligatorias para el prin-
cipal las operaciones verificadas ADUCIDAD DE LA INSTANCIA EN MA-
por el factor en las condiciones CTERIA CIVIL. LA OMISIÓN DE LA AUTO-
que indican los artículos 315 y RIDAD DE ACORDAR LAS PROMOCIONES
320 del Código de Comercio, Y ESCRITOS PRESENTADOS DURANTE
con todo y que el segundo haya LA TRAMITACIÓN DEL JUICIO, NO EXIME
en realidad carecido de facultad A LAS PARTES DE IMPULSAR EL PRO- Caducidad
para representarlo; cuando al CEDIMIENTO A FIN DE QUE AQUÉLLA NO
que figura como representado OPERE (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE JA-
por el suscriptor de un título de LISCO). Aun cuando es verdad que acordar las
crédito, le prohíbe invocar la ex- promociones y escritos presentados durante la
cepción que consagra la fracción tramitación del juicio corresponde a la autoridad
III del artículo 8o. de la Ley Gene- judicial, también lo es que si ésta es omisa,
ral de Títulos y Operaciones de ello no exime a las partes de la obligación de
Crédito, por encontrarse aquél en impulsar el procedimiento como corresponda,
la situación prevista por el diver- ya sea insistiendo en la solicitud o pidiendo el
so 11 del mismo ordenamiento. pronunciamiento respectivo, a fin de que no
Ahora bien, no hay razón para opere la caducidad de la instancia prevista en
limitar este principio a los casos el artículo 29 Bis del Código de Procedimien-
expresamente establecidos en el tos Civiles del Estado de Jalisco. Más aún si
texto de la ley, sino que es dable no se advierte algún supuesto de suspensión,
extenderlo por medio de la analo- caso fortuito o fuerza mayor, para considerar
gía. En ese sentido, debe consi- que no podía actuarse en el procedimiento o la
derarse que no existe obstáculo imposibilidad de las partes de hacerlo.
alguno para trasladar el principio Amparo directo 568/2017. María Esther Gamboa Ibarra. 27 de
noviembre de 2017. Unanimidad de votos. Ponente: Rodolfo Castro
en cuestión a la figura del man- León. Secretaria: Iliana Mercado Aguilar.
dato que consagra en su título Esta tesis se publicó el viernes 23 de febrero de 2018 a las 10:25
noveno el Código Civil para el horas en el Semanario Judicial de la Federación.
Distrito Federal, aplicable para la
Ciudad de México, dado que no mplazamiento fuera
hay disposición o precepto que
lo prohíba y sí, en cambio, existe Edel recinto judicial
la necesidad de proteger a los
terceros de buena fe que hayan
confiado en la representación MPLAZAMIENTO FUERA DEL RECINTO JUDI-
con motivo de actos u omisiones ECIAL. SI AL REALIZARLO EL NOTIFICADOR,
del supuesto mandante, de los ANTE EL FRACASO DE LA CONCILIACIÓN, SÓLO
que razonablemente se infiera DA LECTURA Y ENTREGA COPIA DE LA DETER-
su aptitud para hacer creer en la MINACIÓN ADOPTADA EN LA AUDIENCIA, NO SE
existencia de la representación. SATISFACEN LOS REQUISITOS PREVISTOS EN
Amparo directo 416/2015. Jorge Carlos EL ARTÍCULO 61 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIEN-
Ancona Guzmán. 23 de septiembre de 2015. TOS CIVILES PARA EL ESTADO DE PUEBLA. Si en
Unanimidad de votos. Ponente: Abraham S. el proveído que admite la demanda relativa a un juicio
Marcos Valdés. Secretaria: Miriam Marcela
Punzo Bravo. civil, se cita también al demandado a una audiencia
Esta tesis se publicó el viernes 26 de enero de conciliación, como lo dispone el artículo 218 del
de 2018 a las 10:27 horas en el Semanario Código de Procedimientos Civiles para el Estado de
Judicial de la Federación. Puebla; y llegado el desahogo de la audiencia conci-
Décima Época.- Registro: 2016112.- Instan-
cia: OCTAVO TRIBUNAL COLEGIADO EN liatoria, si se declara fracasada con motivo de la ina-
MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.- sistencia de la demandada y se faculta al diligenciario
Tesis: Aislada.- Fuente: Semanario Judicial adscrito para llevar a cabo el emplazamiento fuera
de la Federación.- Publicación: viernes 26
de enero de 2018.- Tesis: I.8o.C.50 C (10a.) del recinto judicial, es claro que la determinación de
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