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FICACIA PAR-
Eficacia de una sentencia E CIAL DE LA SEN-
TENCIA EXTRANJE-
extranjera; homologación RA. PARA QUE EL
JUEZ LA ADMITA NO
ES EXIGIBLE QUE
SE HAYA PEDIDO LA
NTERÉS SUPERIOR DEL MENOR. SU HOMOLOGACIÓN DE UNA PARTE DE
IVALORACIÓN EN EL PROCEDIMIENTO ESE FALLO. De la interpretación jurídica
DE HOMOLOGACIÓN DE SENTENCIA del artículo 608, fracción V, del Código de
EXTRANJERA. Conforme al artículo 606, Procedimientos Civiles para el Distrito Fe-
fracción VII, del Código de Procedimientos deral, aplicable para la Ciudad de México,
Civiles para el Distrito Federal, aplicable referente a que si una sentencia, laudo Menores
para la Ciudad de México, una de las con- o resolución jurisdiccional extranjera no
diciones necesarias para la homologación pudiera tener eficacia en su totalidad, el
de sentencia extranjera, consiste en que la tribunal podrá admitir su eficacia parcial
obligación para cuyo cumplimiento se haya a petición de parte interesada; se deter-
procedido no sea contraria al orden público mina que esa disposición no se refiere a
en México. Ahora, si bien dentro de ese or- un requisito que deba cumplir la sentencia
den público está incluido el interés superior extranjera para lograr su homologación,
del menor, la valoración de si se cumple sino una regla atinente a la resolución del
la condición citada debe realizarse en ar- incidente de homologación de sentencia
monía con el resto de las reglas rectoras extranjera, establecida en beneficio del
del proceso de homologación o exequátur ejecutante, por la cual se permite que ésta
para no desnaturalizarlo, entre ellas, la que pueda ejecutarse en la parte homologable,
prohíbe al juez de homologación examinar a pesar de que haya otra que no pueda
y decidir sobre la justicia o injusticia del serlo, y la circunstancia de que para esto
fallo extranjero, o sobre los fundamentos deba mediar petición de parte interesada,
de hecho o de derecho en que se apoye, obedece a que el procedimiento de homo-
prevista en el artículo 608, fracción IV, del logación o exequátur inicia por el exhorto
código citado; por lo que dicho examen no dirigido por el juez extranjero al del país
puede implicar el análisis de si la cuestión donde el fallo deba ejecutarse, es decir,
decidida en la sentencia extranjera se ajusta en principio es una comunicación entre
en mayor o menor medida al interés de los autoridades jurisdiccionales, de ahí que
menores implicados en el asunto concreto o la ley requiera la intervención del ejecu-
si se les afectó en alguna medida, sino que, tante en el proceso de exequátur para
a lo sumo, considerando que la afectación que el juez de la homologación ordene la
al orden público es una excepción cuya in- ejecución parcial de la sentencia, lo cual
terpretación es estricta, y como lo indica el ordinariamente ocurre ante el hecho de que
precepto analizado, lo más que puede hacer el ejecutante suele ser quien hace llegar el
el tribunal de homologación es advertir si la exhorto del juez extranjero al nacional para
obligación establecida en la condena, por iniciar el procedimiento de homologación.
sí misma, es ofensiva a los derechos del Por tanto, es incorrecto interpretar la nor-
niño de forma evidente y extremadamente ma en el sentido de que la eficacia parcial
grave, que resulte intolerable o inadmisible de la sentencia extranjera sólo es factible
su reconocimiento y ejecución. cuando el interesado pide la ejecución de
Amparo en revisión 1357/2015. 1 de febrero de una parte de la sentencia, pues el derecho
2017. Mayoría de cuatro votos de los Ministros
Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, José Ramón Cossío de acción no puede llevarse al extremo
Díaz, Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien formuló de exigir a las partes pedir exactamente
voto concurrente en el que se aparta de las conside- aquello que a la postre el juez considere
raciones contenidas en la presente tesis, y Alfredo demostrado en el juicio, sino que implica
Gutiérrez Ortiz Mena. Disidente: Norma Lucía Piña
Hernández. Ponente: José Ramón Cossío Díaz. la posibilidad de pedir todo aquello a lo
Secretaria: Mónica Cacho Maldonado. que se considera tener derecho, y será el
Esta tesis se publicó el viernes 29 de septiembre juzgador quien determine si le asiste o no la
de 2017 a las 10:38 horas en el Semanario Judicial
de la Federación. razón, o si sólo la tiene en parte; además,
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