Page 33 - LO ULTIMO EN JURISPRUDENCIA CPM196-A
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Costas en el juicio Amparo directo en revisión
1223/2014. Vitamédica, S.A. de
C.V. 19 de noviembre de 2014. Cinco
ejecutivo mercantil votos de los Ministros Arturo Zaldívar
Lelo de Larrea, José Ramón Cossío
Díaz, Jorge Mario Pardo Rebolledo,
Olga Sánchez Cordero de García
Villegas y Alfredo Gutiérrez Ortiz
OSTAS EN EL JUICIO pótesis específica, resulta Mena. Ponente: José Ramón Cossío
CEJECUTIVO MER- improcedente la aplicación Díaz. Secretaria: Mireya Meléndez
CANTIL. EL ARTÍCULO supletoria de la legislación Almaraz.
1084, FRACCIÓN III, DEL procesal civil relativa que Nota: Esta tesis se publicó el viernes Costas
20 de febrero de 2015 a las 9:30
CÓDIGO DE COMERCIO, previera la condena en cos- horas en el Semanario Judicial de
QUE PREVÉ SU CONDE- tas en juicios civiles. Ahora la Federación, y en virtud de que
NA, NO ES APLICABLE bien, una nueva reflexión abandona el criterio sustentado en
A LOS JUICIOS ORDINA- sobre el tema, lleva a esta la diversa 1a./J. 7/2004, de rubro:
RIOS (ABANDONO DE LA Primera Sala a apartarse «COSTAS EN PRIMERA INSTAN-
CIA EN JUICIO ORDINARIO MER-
JURISPRUDENCIA 1a./J. del criterio plasmado en la CANTIL. PARA SU CONDENA ES
7/2004). Esta Primera Sala tesis citada, pues lo defini- IMPROCEDENTE LA APLICACIÓN
de la Suprema Corte de tivo es que antes y después SUPLETORIA DE LA LEGISLACIÓN
Justicia de la Nación, al de la reforma de 1996 la PROCESAL CIVIL LOCAL.», que
resolver la contradicción fracción III es idéntica y aparece publicado en el Semanario
de tesis 9/2003-PS, de la si bien es cierto que con Judicial de la Federación y su Gace-
que derivó la jurispruden- motivo de las reformas se ta, Novena Época, Tomo XIX, mayo
de 2004, página 303, este último
cia 1a./J. 7/2004, de rubro: introdujo la fracción V al dejó de considerarse de aplicación
«COSTAS EN PRIMERA artículo 1084, la cual prevé obligatoria a partir del lunes 23 de
INSTANCIA EN JUICIO que siempre será condena- febrero de 2015.
ORDINARIO MERCANTIL. do en costas el que intente La parte conducente de la ejecu-
PARA SU CONDENA ES acciones o haga valer cual- toria relativa a la contradicción
IMPROCEDENTE LA APLI- quier tipo de defensas o de tesis 9/2003-PS citada, aparece
CACIÓN SUPLETORIA DE excepciones improceden- publicada en el Semanario Judicial de
LA LEGISLACIÓN PROCE- tes o interponga recursos la Federación y su Gaceta, Novena
Época, Tomo XIX, mayo de 2004,
SAL CIVIL LOCAL.», estimó o incidentes de este tipo, página 304.
que el artículo 1084 del a quien no solamente se En atención a lo previsto en el con-
Código de Comercio, en su le condenará respecto de siderando V, en relación con el re-
texto anterior a la reforma estas acciones, defensas, solutivo segundo de la sentencia que
publicada en el Diario Ofi- excepciones, recursos o recayó a la solicitud de sustitución de
cial de la Federación el 24 incidentes improcedentes, jurisprudencia 3/2017, resuelta por la
de mayo de 1996, resulta sino de las excepciones Primera Sala de la Suprema Corte
de Justicia de la Nación, la tesis que
aplicable para todo tipo de procesales que sean ino- aparece publicada en el Semanario
juicios mercantiles; de ahí perantes, también lo es que Judicial de la Federación del viernes
que la hipótesis en que el ello no permite generar una 20 de febrero de 2015 a las 9:30
actor en un juicio ordinario interpretación extensiva en horas y en la Gaceta del Semanario
mercantil obtuvo sentencia la que se incluyan tanto los Judicial de la Federación, Décima
contraria a sus intereses y juicios ordinarios, como los Época, Libro 15, Tomo II, febrero de
no se condujo con teme- ejecutivos; lectura que es 2015, página 1384, se publica nue-
vamente con la corrección del lapsus
ridad o mala fe dentro de diferente al contenido literal cálami que en ella aparece.
la secuela del proceso, se de la norma que ha inter- Esta tesis se republicó el viernes
entiende comprendida en pretado este Alto Tribunal, 20 de octubre de 2017 a las 10:30
la fracción III del numeral en el sentido de que la horas en el Semanario Judicial de la
citado, la cual contempla condena en costas prevista Federación.
la procedencia de la con- en el artículo 1084, fracción Décima Época.- Registro: 2015311.-
dena en costas en primera III, del Código de Comercio, Instancia: Primera Sala.- Tesis: Ais-
lada.- Fuente: Semanario Judicial de
instancia, por lo que, al se encuentra dirigida ex- la Federación.- Publicación: viernes
estar regulada en forma clusivamente a los juicios 20 de octubre de 2017.- Tesis: 1a.
completa y detallada la hi- ejecutivos mercantiles. LXVI/2015 (10a.)
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