Page 33 - LO ULTIMO EN JURISPRUDENCIA CPM196-A
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Costas en el juicio                                            Amparo  directo  en  revisión
                                                                        1223/2014.  Vitamédica,  S.A.  de
                                                                        C.V. 19 de noviembre de 2014. Cinco
         ejecutivo mercantil                                            votos de los Ministros Arturo Zaldívar
                                                                        Lelo de Larrea, José Ramón Cossío
                                                                        Díaz, Jorge Mario Pardo Rebolledo,
                                                                        Olga  Sánchez  Cordero  de  García
                                                                        Villegas  y Alfredo  Gutiérrez  Ortiz
              OSTAS EN EL JUICIO  pótesis específica, resulta  Mena. Ponente: José Ramón Cossío
         CEJECUTIVO  MER- improcedente la aplicación                    Díaz. Secretaria: Mireya Meléndez
         CANTIL.  EL ARTÍCULO  supletoria de la legislación             Almaraz.
         1084, FRACCIÓN III, DEL  procesal  civil  relativa  que        Nota: Esta tesis se publicó el viernes   Costas
                                                                        20  de  febrero  de  2015  a  las  9:30
         CÓDIGO DE COMERCIO,  previera la condena en cos-               horas en el Semanario Judicial de
         QUE PREVÉ SU CONDE- tas en juicios civiles. Ahora  la  Federación,  y  en  virtud  de  que
         NA,  NO  ES APLICABLE  bien,  una  nueva  reflexión  abandona el criterio sustentado en
         A LOS JUICIOS ORDINA- sobre el tema, lleva a esta              la  diversa  1a./J.  7/2004,  de  rubro:
         RIOS (ABANDONO DE LA  Primera  Sala  a  apartarse              «COSTAS  EN  PRIMERA  INSTAN-
                                                                        CIA EN JUICIO ORDINARIO MER-
         JURISPRUDENCIA  1a./J.  del criterio plasmado en la            CANTIL. PARA SU CONDENA ES
         7/2004). Esta Primera Sala  tesis citada, pues lo defini-      IMPROCEDENTE LA APLICACIÓN
         de  la  Suprema  Corte  de  tivo es que antes y después  SUPLETORIA DE LA LEGISLACIÓN
         Justicia  de  la  Nación,  al  de  la  reforma  de  1996  la  PROCESAL  CIVIL  LOCAL.»,  que
         resolver  la  contradicción  fracción  III  es  idéntica  y    aparece publicado en el Semanario
         de tesis  9/2003-PS,  de  la  si  bien  es  cierto  que  con   Judicial de la Federación y su Gace-
         que  derivó  la  jurispruden- motivo de las reformas se        ta, Novena Época, Tomo XIX, mayo
                                                                        de  2004,  página  303,  este  último
         cia 1a./J. 7/2004, de rubro:  introdujo  la  fracción  V  al   dejó de considerarse de aplicación
         «COSTAS  EN  PRIMERA  artículo 1084, la cual prevé  obligatoria a partir del lunes 23 de
         INSTANCIA  EN  JUICIO  que siempre será condena-               febrero de 2015.
         ORDINARIO MERCANTIL.  do en costas el que intente  La parte conducente de la ejecu-
         PARA  SU  CONDENA  ES  acciones o haga valer cual-             toria  relativa  a  la  contradicción
         IMPROCEDENTE LA APLI- quier  tipo  de  defensas  o             de tesis 9/2003-PS citada, aparece
         CACIÓN SUPLETORIA DE  excepciones  improceden-                 publicada en el Semanario Judicial de
         LA LEGISLACIÓN PROCE- tes  o  interponga  recursos             la Federación y su Gaceta, Novena
                                                                        Época,  Tomo  XIX,  mayo  de  2004,
         SAL CIVIL LOCAL.», estimó  o  incidentes  de  este  tipo,      página 304.
         que  el  artículo  1084  del  a  quien  no  solamente  se  En atención a lo previsto en el con-
         Código de Comercio, en su  le  condenará  respecto  de  siderando V, en relación con el re-
         texto anterior a la reforma  estas acciones, defensas,         solutivo segundo de la sentencia que
         publicada en el Diario Ofi- excepciones,  recursos  o          recayó a la solicitud de sustitución de
         cial de la Federación el 24  incidentes improcedentes,         jurisprudencia 3/2017, resuelta por la
         de mayo de 1996, resulta  sino  de  las  excepciones           Primera Sala de la Suprema Corte
                                                                        de Justicia de la Nación, la tesis que
         aplicable para todo tipo de  procesales  que  sean  ino-       aparece publicada en el Semanario
         juicios mercantiles; de ahí  perantes, también lo es que  Judicial de la Federación del viernes
         que la hipótesis en que el  ello no permite generar una  20  de  febrero  de  2015  a  las  9:30
         actor en un juicio ordinario  interpretación extensiva en      horas y en la Gaceta del Semanario
         mercantil obtuvo sentencia  la que se incluyan tanto los       Judicial  de  la  Federación,  Décima
         contraria a sus intereses y  juicios ordinarios, como los      Época, Libro 15, Tomo II, febrero de
         no  se  condujo  con  teme- ejecutivos;  lectura  que  es      2015, página 1384, se publica nue-
                                                                        vamente con la corrección del lapsus
         ridad o mala fe dentro de  diferente al contenido literal      cálami que en ella aparece.
         la secuela del proceso, se  de la norma que ha inter-          Esta tesis se republicó el viernes
         entiende  comprendida  en  pretado este Alto Tribunal,  20 de octubre de 2017 a las 10:30
         la fracción III del numeral  en  el  sentido  de  que  la      horas en el Semanario Judicial de la
         citado,  la  cual  contempla  condena en costas prevista       Federación.
         la procedencia de la  con- en el artículo 1084, fracción       Décima Época.- Registro: 2015311.-
         dena en costas en primera  III, del Código de Comercio,        Instancia: Primera Sala.- Tesis: Ais-
                                                                        lada.- Fuente: Semanario Judicial de
         instancia,  por  lo  que,  al  se  encuentra  dirigida  ex-    la Federación.- Publicación: viernes
         estar  regulada  en  forma  clusivamente  a  los  juicios  20 de octubre de 2017.- Tesis: 1a.
         completa y detallada la hi- ejecutivos mercantiles.            LXVI/2015 (10a.)
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