Page 32 - LO ULTIMO EN JURISPRUDENCIA CPM196-A
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Alejandro Chávez García. 15 de junio de 2017. Unanimidad de votos. Po- se establece expresamente en
nente: José Ma. Alvaro Navarro. Secretaria: Leticia López Pérez. la disposición legal de mérito;
Nota: La tesis aislada II.2o.C.213 C citada, aparece publicada en el Se-
manario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XI, además, esa interpretación
marzo de 2000, página 960. guarda congruencia con el sis-
Esta tesis se publicó el viernes 20 de octubre de 2017 a las 10:30 horas tema normativo en el cual se
en el Semanario Judicial de la Federación.
Décima Época.- Registro: 2015355.- Instancia: PRIMER TRIBUNAL CO- encuentra inmersa tal disposi-
LEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL DÉCIMO PRIMER CIRCUITO.- Tesis: ción que busca la salvaguarda
Aislada.- Fuente: Semanario Judicial de la Federación.- Publicación: viernes de los derechos de los usuarios
Dictamen de la Condusef
20 de octubre de 2017.- Tesis: XI.1o.C.32 C (10a.) de servicios financieros, do-
Es título de crédito el tando de eficacia a los pronun-
ciamientos que por medio de
dictamen de la Condusef dictámenes emite la comisión
nacional, permitiendo de esa
forma que los usuarios adquie-
ran una herramienta eficaz para
ÍTULO DE CRÉDITO. contractual incumplida, cier- formular sus reclamos ante las
TLO CONSTITUYE EL ta, exigible y líquida, a juicio autoridades jurisdiccionales
DICTAMEN EMITIDO POR de la comisión nacional, se y lograr un equilibrio frente a
LA COMISIÓN NACIONAL considerará título ejecutivo, las instituciones financieras;
PARA LA PROTECCIÓN Y carácter que sólo podrá te- máxime que de esa manera
DEFENSA DE LOS USUA- ner en asuntos por cuantías se garantiza una mayor se-
RIOS DE SERVICIOS FI- inferiores al equivalente en guridad jurídica, en tanto que
NANCIEROS QUE DETER- moneda nacional a cincuen- impide que la naturaleza del
MINE UNA OBLIGACIÓN ta mil unidades de inver- título de crédito se adquiera
CONTRACTUAL INCUM- sión, salvo que se tratare por manifestaciones subjetivas
PLIDA, CIERTA, EXIGI- de instituciones de seguros, de los usuarios y no derivado
BLE Y LÍQUIDA, CUYA sociedades mutualistas de de una verdadera obligación
CUANTÍA SEA INFERIOR seguros y administradoras contractual incumplida, cierta,
A LA ESTABLECIDA EN de fondos para el retiro, en exigible y líquida que finalmente
EL ARTÍCULO 68 BIS DE los cuales el monto debe ser determine la comisión nacional
LA LEY RELATIVA, AUN inferior a cien mil unidades en uso de sus atribuciones.
CUANDO LA CANTIDAD de inversión, siendo que en Amparo directo 448/2016 (cua-
RECONOCIDA NO SEA ambos supuestos se esti- derno auxiliar 49/2017) del índice
EL TOTAL DEL MONTO mará la suerte principal y del Tribunal Colegiado en Materias
RECLAMADO POR EL sus accesorios. En ese sen- Civil y Administrativa del Octavo
Circuito, con apoyo del Cuarto
USUARIO. De conformidad tido, la cuantía del asunto Tribunal Colegiado de Circuito
con el artículo 68 Bis de la se determinará atendiendo del Centro Auxiliar de la Décima
Ley de Protección y Defen- a la obligación contractual Región, con residencia en Saltillo,
Coahuila de Zaragoza. Banco
sa al Usuario de Servicios incumplida establecida en Mercantil del Norte, S.A., I.B.M.,
Financieros (reformado el cantidad líquida por la co- Grupo Financiero Banorte. 10 de
diez de enero de dos mil misión nacional aludida, al febrero de 2017. Unanimidad de
catorce), la Comisión Na- momento de emitir el dicta- votos. Ponente: Ángel Rodríguez
Maldonado. Secretario: Manuel
cional para la Protección men correspondiente y que Alejandro García Vergara.
y Defensa de los Usuarios reúna las tres caracterís- Esta tesis se publicó el viernes
de Servicios Financieros ticas mencionadas, exclu- 06 de octubre de 2017 a las 10:16
podrá emitir un dictamen yendo cualquier otro monto; horas en el Semanario Judicial de
la Federación.
en los asuntos que no se verbigracia, la suma total Décima Época.- Registro:
sometan al arbitraje, siem- reclamada por el usuario 2015289.- Instancia: CUARTO
TRIBUNAL COLEGIADO DE
pre y cuando del expediente de los servicios financieros CIRCUITO DEL CENTRO AUXI-
respectivo se desprendan que no coincida con esta LIAR DE LA DÉCIMA REGIÓN,
elementos que permitan última, esto es, aun cuan- CON RESIDENCIA EN SALTILLO,
COAHUILA DE ZARAGOZA.- Te-
suponer la procedencia do la cantidad reconocida sis: Aislada.- Fuente: Semanario
de lo reclamado; además, no sea el total del monto Judicial de la Federación.- Publi-
cación: viernes 06 de octubre de
cuando el dictamen aludido reclamado por el usuario. 2017.- Tesis: (X Región)4o.1 C
consigne una obligación Lo anterior, en tanto que así (10a.)
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