Page 32 - LO ULTIMO EN JURISPRUDENCIA CPM196-A
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Alejandro Chávez García. 15 de junio de 2017. Unanimidad de votos. Po-  se establece expresamente en
                        nente: José Ma. Alvaro Navarro. Secretaria: Leticia López Pérez.  la disposición legal de mérito;
                        Nota: La tesis aislada II.2o.C.213 C citada, aparece publicada en el Se-
                        manario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XI,  además,  esa  interpretación
                        marzo de 2000, página 960.                                    guarda congruencia con el sis-
                        Esta tesis se publicó el viernes 20 de octubre de 2017 a las 10:30 horas   tema normativo en el cual se
                        en el Semanario Judicial de la Federación.
                        Décima Época.- Registro: 2015355.- Instancia: PRIMER TRIBUNAL CO-  encuentra inmersa tal disposi-
                        LEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL DÉCIMO PRIMER CIRCUITO.- Tesis:  ción que busca la salvaguarda
                        Aislada.- Fuente: Semanario Judicial de la Federación.- Publicación: viernes   de los derechos de los usuarios
              Dictamen de la Condusef
                        20 de octubre de 2017.- Tesis: XI.1o.C.32 C (10a.)            de  servicios  financieros,  do-
                        Es título de crédito el                                       tando de eficacia a los pronun-
                                                                                      ciamientos que por medio de
                        dictamen de la Condusef                                       dictámenes emite la comisión
                                                                                      nacional,  permitiendo  de  esa
                                                                                      forma que los usuarios adquie-
                                                                                      ran una herramienta eficaz para
                           ÍTULO  DE  CRÉDITO.  contractual incumplida, cier-         formular sus reclamos ante las
                        TLO  CONSTITUYE  EL  ta, exigible y líquida, a juicio         autoridades  jurisdiccionales
                        DICTAMEN EMITIDO POR  de la comisión nacional, se             y lograr un equilibrio frente a
                        LA COMISIÓN NACIONAL  considerará título ejecutivo,           las  instituciones  financieras;
                        PARA LA PROTECCIÓN Y  carácter que sólo podrá te-             máxime  que  de  esa  manera
                        DEFENSA DE LOS USUA- ner en asuntos por cuantías              se  garantiza  una  mayor  se-
                        RIOS  DE  SERVICIOS  FI- inferiores al equivalente en         guridad jurídica, en tanto que
                        NANCIEROS QUE DETER- moneda nacional a cincuen-               impide  que  la  naturaleza  del
                        MINE UNA OBLIGACIÓN  ta  mil  unidades  de  inver-            título  de  crédito  se  adquiera
                        CONTRACTUAL  INCUM- sión,  salvo  que  se  tratare            por manifestaciones subjetivas
                        PLIDA,  CIERTA,  EXIGI- de instituciones de seguros,          de los usuarios y no derivado
                        BLE  Y  LÍQUIDA,  CUYA  sociedades mutualistas de             de  una  verdadera  obligación
                        CUANTÍA SEA INFERIOR  seguros y administradoras               contractual incumplida, cierta,
                        A  LA  ESTABLECIDA  EN  de fondos para el retiro, en          exigible y líquida que finalmente
                        EL ARTÍCULO 68 BIS DE  los cuales el monto debe ser           determine la comisión nacional
                        LA  LEY  RELATIVA, AUN  inferior a cien mil unidades          en uso de sus atribuciones.
                        CUANDO  LA  CANTIDAD  de inversión, siendo que en                   Amparo directo 448/2016 (cua-
                        RECONOCIDA  NO  SEA  ambos  supuestos se esti-                      derno auxiliar 49/2017) del índice
                        EL  TOTAL  DEL  MONTO  mará  la  suerte  principal  y               del Tribunal Colegiado en Materias
                        RECLAMADO  POR  EL  sus accesorios. En ese sen-                     Civil y Administrativa del Octavo
                                                                                            Circuito,  con  apoyo  del  Cuarto
                        USUARIO. De conformidad  tido, la cuantía del asunto                Tribunal  Colegiado  de  Circuito
                        con el artículo 68 Bis de la  se determinará atendiendo             del Centro Auxiliar de la Décima
                        Ley de Protección y Defen- a la obligación contractual              Región, con residencia en Saltillo,
                                                                                            Coahuila  de  Zaragoza.  Banco
                        sa al Usuario de Servicios  incumplida establecida en               Mercantil del Norte, S.A., I.B.M.,
                        Financieros  (reformado  el  cantidad líquida por la co-            Grupo Financiero Banorte. 10 de
                        diez  de  enero  de  dos  mil  misión nacional aludida, al          febrero de 2017. Unanimidad de
                        catorce),  la  Comisión  Na- momento de emitir el dicta-            votos. Ponente: Ángel Rodríguez
                                                                                            Maldonado.  Secretario:  Manuel
                        cional  para  la  Protección  men correspondiente y que             Alejandro García Vergara.
                        y Defensa de los Usuarios  reúna  las  tres  caracterís-            Esta tesis se publicó el viernes
                        de  Servicios  Financieros  ticas mencionadas, exclu-               06 de octubre de 2017 a las 10:16
                        podrá  emitir  un  dictamen  yendo cualquier otro monto;            horas en el Semanario Judicial de
                                                                                            la Federación.
                        en los asuntos que no se  verbigracia,  la  suma  total             Décima  Época.-  Registro:
                        sometan al arbitraje, siem- reclamada  por  el  usuario             2015289.-  Instancia:  CUARTO
                                                                                            TRIBUNAL  COLEGIADO  DE
                        pre y cuando del expediente  de los servicios financieros           CIRCUITO DEL CENTRO AUXI-
                        respectivo  se  desprendan  que  no  coincida  con  esta            LIAR  DE  LA  DÉCIMA  REGIÓN,
                        elementos  que  permitan  última, esto es, aun cuan-                CON RESIDENCIA EN SALTILLO,
                                                                                            COAHUILA DE ZARAGOZA.- Te-
                        suponer  la  procedencia  do la cantidad reconocida                 sis: Aislada.- Fuente: Semanario
                        de lo reclamado; además,  no  sea  el  total  del  monto            Judicial de la Federación.- Publi-
                                                                                            cación: viernes 06 de octubre de
                        cuando el dictamen aludido  reclamado  por  el  usuario.            2017.-  Tesis:  (X  Región)4o.1  C
                        consigne  una  obligación  Lo anterior, en tanto que así            (10a.)
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