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JURISPRUDENCIA FIRME                                20
           incidente de liquidación cuando el instituto demandado no haya  de cesantía en edad avanzada y
           demostrado el salario promedio del actor, conforme al artículo 843  vejez, financia la pensión que le
           de la ley citada, exponiendo, para tal efecto, los fundamentos y  corresponde. Por tanto, cuando
           razonamientos lógico jurídicos de su conclusión.                       el trabajador asegurado fallece
                Amparo directo 723/2016. Emilio Fermín Mora Pliego. 20 de octubre de 2017.   sin  haber  gozado  de  alguna
                Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Sebastián Martínez García. Secretario:   pensión,  su  beneficiario  tiene
                Juan Manuel Jiménez Jiménez.
                Amparo directo 77/2017. Manuel Sánchez Castillo. 20 de octubre de 2017.  derecho a recibir el saldo acu-
                Unanimidad de votos. Ponente: Juan Carlos Moreno Correa. Secretaria: Lucía   mulado en el rubro de cesantía
                del Socorro Huerdo Alvarado.                                      en edad avanzada y vejez y, por
                Amparo directo 167/2017. Humberto López Villegas. 26 de octubre de 2017.
                Unanimidad de votos. Ponente: Juan Carlos Moreno Correa. Secretaria: Lucía   ende,  el  correspondiente  a  la
                del Socorro Huerdo Alvarado.                                      cuota social que haya recibido
                Amparo directo 14/2017. Instituto Mexicano del Seguro Social. 26 de octubre de   el trabajador, acorde con el ar-
                2017. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Toss Capistrán. Secretario: Renato   tículo 193 de la ley citada.
                de Jesús Martínez Lemus.
                Amparo directo 1172/2016. Carlos Ramírez Cruz. 23 de noviembre de 2017.   Contradicción  de tesis  271/2017.
                Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Sebastián Martínez García. Secretario:   Entre las sustentadas por los Tribu-
                Juan Manuel Jiménez Jiménez.                                           nales Colegiados Primero en Mate-
                Esta tesis se considera de aplicación obligatoria a partir del lunes 26 de febrero   rias Administrativa y de Trabajo del
                de 2018, para los efectos previstos en el punto séptimo del Acuerdo General   Décimo Primer Circuito, y Cuarto,
                Plenario 19/2013.                                                      Sexto, Décimo, Décimo Primero y
                Décima Época.- Registro: 2016284.- Instancia: SEGUNDO TRIBUNAL COLE-   Décimo Segundo, todos en Materia
                GIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL SÉPTIMO CIRCUITO.- Tesis: Jurispru-    de Trabajo del Primer Circuito. 29
                dencia.- Fuente: Semanario Judicial de la Federación.- Publicación: viernes 23   de noviembre de 2017. Cinco votos
                de febrero de 2018.- Tesis: VII.2o.T. J/25 (10a.)                      de los Ministros Alberto Pérez Da-
                                                                                       yán, Javier Laynez Potisek, José
           Afore: Derecho del beneficiario a                                           Fernando Franco González Salas,
                                                                                       Margarita  Beatriz  Luna  Ramos  y
                                                                                       Eduardo Medina Mora I. Ponente:
                                                                                       Alberto Pérez Dayán. Secretaria:
           exigir entrega de  la cuota social                                          María  Estela  Ferrer  Mac-Gregor
                                                                                       Poisot.
                                                                                       Tesis  y  criterios  contendientes:
                                                                                       Tesis XI.1o.A.T.37 L (10a.), de tí-
                                                                                       tulo y subtítulo: "CUOTA SOCIAL.
               DMINISTRADORA  DE  edad avanzada y vejez, dentro                        ATIENDE AL  FORTALECIMIEN-
           AFONDOS  PARA  EL  RE- de  la  que  se  incluye  la  cuota                  TO  DEL  SISTEMA  DE  SEGURI-
           TIRO.  DEBE  ENTREGAR  EL  social,  la  cual  únicamente  se                DAD  SOCIAL  EN  TODOS  SUS
                                                                                       ÁMBITOS Y  NO AL  BENEFICIO
           MONTO QUE POR CONCEP- otorga a los trabajadores que                         INDIVIDUALIZADO DEL TRABA-
           TO  DE  CUOTA  SOCIAL  SE  se ubiquen en el supuesto de                     JADOR.", aprobada por el Primer
           INCLUYA EN EL RUBRO DE  la fracción IV del artículo 168 de                  Tribunal  Colegiado  en  Materias
           CESANTÍA  EN  EDAD AVAN- la Ley del Seguro Social, esto                     Administrativa  y  de  Trabajo  del
                                                                                       Décimo Primer Circuito y publica-
           ZADA Y VEJEZ, AL BENEFI- es, a los que ganen hasta 15                       da en el Semanario Judicial de la
           CIARIO  DEL  TRABAJADOR  veces el salario mínimo general                    Federación del viernes 28 de abril
           FALLECIDO  CUANDO  NO  vigente  en  el  Distrito  Federal                   de 2017 a las 10:32 horas y en la
                                                                                       Gaceta del Semanario Judicial de
           TENGA  DERECHO  A  PEN- (actualmente Ciudad de Méxi-                        la Federación, Décima Época, Libro
           SIÓN, SIEMPRE QUE EL TRA- co). Ahora bien, al ser la cuota                  41, Tomo II, abril de 2017, página
           BAJADOR  HAYA  GOZADO  social una aportación del Go-                        1701, y El sustentado por el Cuarto
                                                                                       Tribunal Colegiado en Materia de
           DEL  OTORGAMIENTO  DE  bierno Federal para preservar                        Trabajo del Primer Circuito, al re-
           DICHO CONCEPTO. Conforme  los elementos redistributivos y                   solver el amparo directo 233/2017;
           a los artículos 159, fracción I,  contribuir a que los trabajadores         el sustentado por el Sexto Tribunal
           167 y 169 de la Ley del Seguro  obtengan mejores pensiones, es              Colegiado en Materia de Trabajo del
                                                                                       Primer Circuito, al resolver el ampa-
           Social, todos los  trabajadores  un elemento que tiende a mejo-             ro directo 245/2017; el sustentado
           inscritos al régimen del Instituto  rar el monto de las pensiones de        por el Décimo Tribunal Colegiado
           Mexicano  del  Seguro  Social  quienes eligen pensionarse bajo              en Materia de Trabajo del Primer
                                                                                       Circuito, al resolver el amparo di-
           tienen  una  cuenta  individual  el actual esquema de seguridad             recto 174/2017; el sustentado por el
           administrada  por  una Afore  y  social, es decir, bajo el sistema          Décimo Primer Tribunal Colegiado
           cuyos fondos son propiedad de  de  contribución  definida  y,  en           en Materia de Trabajo del Primer
                                                                                       Circuito, al resolver el amparo direc-
           aquéllos, en la que se depositan  ese caso, al elegir el asegurado          to 399/2017; y el diverso sustentado
           las cuotas obrero patronales y  la adquisición de un seguro de              por  el  Décimo  Segundo Tribunal
           las cuotas sociales a cargo del  renta vitalicia o retiros progra-          Colegiado en Materia de Trabajo
           Gobierno  Federal  relativas  al  mados de su cuenta individual,            del Primer Circuito, al resolver el
                                                                                       amparo directo 109/2017.
           seguro  de  retiro,  cesantía  en  el monto acumulado en el rubro           Tesis  de  jurisprudencia  4/2018
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