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21                              JURISPRUDENCIA FIRME
               (10a.). Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada  Pérez  Dayán.  Secretario:  Rafael  Quero
               del diez de enero de dos mil dieciocho.                           Mijangos.
               Esta tesis se considera de aplicación obligatoria a partir del lunes 26 de febrero  Amparo en revisión 1199/2016. Luis Alberto
               de 2018, para los efectos previstos en el punto séptimo del Acuerdo General  Guzmán Peña y otros. 3 de mayo de 2017.
               Plenario 19/2013.                                                 Cinco votos de los Ministros Alberto Pérez
               Décima Época.- Registro: 2016278.- Instancia: Segunda Sala.- Tesis: Jurispru-  Dayán, Javier Laynez Potisek, José Fer-
               dencia.- Fuente: Semanario Judicial de la Federación.- Publicación: viernes 23  nando Franco González Salas, Margarita
               de febrero de 2018.-                                              Beatriz Luna Ramos y Eduardo Medina
                                                                                 Mora I. Ponente: José Fernando Franco
         Estabilidad en el empleo                                                Manuel Rubín de Celis Garza.
                                                                                 González  Salas.  Secretario:  Francisco
                                                                                 Amparo en revisión 9/2017. Óscar Eduardo
                                                                                 Gómez Alonso. 10 de mayo de 2017. Una-
                                                                                 nimidad de cuatro votos de los Ministros Al-
                                                                                 berto Pérez Dayán, Javier Laynez Potisek,
              STABILIDAD  EN  EL  EM- la Constitución Política de los  José Fernando Franco González Salas y
         EPLEO. EL ARTÍCULO 49,  Estados  Unidos  Mexicanos,                     Eduardo Medina Mora I. Ponente: Marga-
         FRACCIÓN I, DE LA LEY FE- pues  tanto  el  Constituyente                rita Beatriz Luna Ramos; en su ausencia
                                                                                 hizo suyo el asunto Alberto Pérez Dayán.
         DERAL  DEL  TRABAJO,  NO  Permanente como el legislador  Secretaria: Teresa Sánchez Medellín.
         CONTRAVIENE  ESE  DERE- ordinario,  desde  un  principio,  Amparo en revisión 305/2017. José Juan
         CHO. El artículo citado, al dispo- advirtieron la complejidad que       Moreno Hernández. 12 de julio de 2017.
         ner que el patrón quedará eximi- representan las relaciones obre-       Unanimidad de cuatro votos de los Minis-
                                                                                 tros Alberto Pérez Dayán, Javier Laynez
         do de la obligación de reinstalar  ro-patronales, por lo que si bien  Potisek, José Fernando Franco González
         al trabajador, mediante el pago  es cierto que se prohibió a los        Salas y Eduardo Medina Mora I. Ausente:
         de las indemnizaciones que se  patrones negarse a someterse             Margarita Beatriz Luna Ramos. Ponente:
                                                                                 Eduardo Medina Mora I. Secretario: Luis
         determinan en el artículo 50 de  al arbitraje, o bien a aceptar el  Javier Guzmán Ramos.
         la Ley Federal del Trabajo, cuan- laudo dictado, también lo es que      Amparo  en  revisión  983/2017.  Nicolás
         do se trate de trabajadores que  esto no se autorizó de manera          Enrique Guerrero Escamilla y otros. 17 de
                                                                                 enero de 2018. Cinco votos de los Minis-
         tengan una antigüedad menor  absoluta sino relativa, al esta-           tros Alberto Pérez Dayán, Javier Laynez
         a un año, protege los derechos  blecerse algunas excepciones;  Potisek, José Fernando Franco González
         de ambas partes; por un lado, el  además, la limitación deriva de       Salas, Margarita Beatriz Luna Ramos y
         del patrón de no continuar con  un  análisis  socio-económico           Eduardo Medina Mora I. Ponente: Javier
                                                                                 Laynez  Potisek.  Secretaria: Alma  Ruby
         la relación laboral al eximirlo de  integral,  que  permitió  definir  Villarreal Reyes.
         reinstalar  al  trabajador  y,  por  que ese lapso no causa daño        Tesis  de  jurisprudencia  15/2018  (10a.).
         otro, al prever como obligación  grave o por lo menos lo reduce         Aprobada por la Segunda Sala de este Alto
                                                                                 Tribunal, en sesión privada del treinta y uno
         que se paguen al trabajador las  al mínimo, pues los derechos de  de enero de dos mil dieciocho.
         indemnizaciones  correspon- antigüedad aún son reducidos.               Esta  tesis  se  considera  de  aplicación
         dientes  como  consecuencia               Amparo  en  revisión  1097/2016.   obligatoria a partir del lunes 19 de febrero
                                                                                 de 2018, para los efectos previstos en el
         de dicha acción, buscando un              Omar  Federico  Flores  Casillas  y   punto séptimo del Acuerdo General Ple-
                                                   otro. 8 de marzo de 2017. Unanimi-
         equilibrio  armonioso  entre  las         dad de cuatro votos de los Ministros   nario 19/2013.
         partes  para  dar  una  solución          Alberto Pérez Dayán, Javier Laynez   Décima Época.- Registro: 2016210.- Ins-
         justa y equitativa a una relación         Potisek,  José  Fernando  Franco   tancia:  Segunda  Sala.- Tesis:  Jurispru-
                                                                                 dencia.- Fuente: Semanario Judicial de la
                                                   González Salas y Eduardo Medina
         laboral en conflicto; es decir, en        Mora I. Ausente: Margarita Beatriz   Federación.- Publicación: viernes 16 de fe-
         esencia, evita la inconveniencia          Luna  Ramos.  Ponente: Alberto   brero de 2018.- Tesis: 2a./J. 15/2018 (10a.)
         de obligar al patrón a continuar
         con  una  relación  jurídica  que
         podría poner en riesgo la armo-     Consentimiento de laudo a medias
         nía laboral, pero lo sujeta a la
         condición de pagar una cantidad
         determinada  por  la  responsa-                      ONSENTIMIENTO  EXPRESO  O  POR  MANI-
         bilidad  de  su  decisión  de  no                CFESTACIONES DE VOLUNTAD QUE LO EN-
         reinstalar al trabajador; de ahí                 TRAÑEN. NO SE ACTUALIZA EN EL JUICIO DE
         que no contraviene el derecho                    AMPARO PROMOVIDO POR EL PATRÓN CONTRA
         a la estabilidad en el empleo,                   UN LAUDO RESPECTO DEL CUAL PREVIAMENTE
         ya  que  la  limitación  temporal                HUBIERA CUMPLIDO SÓLO ALGUNA O ALGUNAS
         respecto  a  que  el  trabajador                 DE LAS PRESTACIONES A QUE FUE CONDENADO.
         tenga  una  antigüedad  menor                    El artículo 61, fracción XIII, de la Ley de Amparo -equi-
         de un año para eximir al patrón                  valente al 73, fracción XI, de la abrogada-, establece
         de la reinstalación, con el pago                 que el juicio de amparo es improcedente "contra actos
         señalado,  está  sustentada  en                  consentidos  expresamente  o  por  manifestaciones
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