Page 41 - Reglamento Interno HT
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interesado en alguno de los asuntos que se resolverán en la sesión de que se trate, deberá abstenerse de par�cipar en la deliberación
y resolución del mismo.
ARTÍCULO 87.- El propio Comité de Vigilancia podrá establecer los criterios o lineamientos internos bajo los cuales se desarrollarán
sus sesiones, mismos que no podrán en ningún momento contravenir cualesquiera de las disposiciones legales aplicables al
Condominio. Todas las reuniones del Comité de Vigilancia iniciarán exactamente a la hora para la que fueron convocadas. La falta de
puntualidad o el retraso por parte de alguno de sus miembros, no dará lugar a resolver nuevamente sobre el asunto que se trató en
su ausencia.
Los Condóminos y Usuarios en su caso, podrán asis�r a las sesiones del Comité de Vigilancia del Condominio, siempre y cuando dicho
órgano colegiado así lo considere conveniente. En este supuesto, el Condómino que asista sólo será escuchado y no podrá par�cipar
en la toma de resoluciones o acuerdos.
ARTÍCULO 88.- De cada sesión del Comité de Vigilancia se levantará un acta que deberá asentarse en el registro que se llevará
especialmente para tal efecto. Toda acta será firmada por los miembros asistentes a la sesión. De cada sesión se formará un
expediente, el cual se integrará por el acta que de la misma se levante, la convocatoria, así como la lista de asistencia debidamente
firmada por los asistentes a la misma, y los demás documentos presentados y discu�dos en la reunión.
ARTÍCULO 89.- Corresponde al Comité de Vigilancia:
1. Cerciorarse de que el Administrador dé cumplimiento a los acuerdos de la Asamblea General de Condóminos del Condominio,
o de la Asamblea de Asociados de la Asociación Civil si es que se cons�tuye, y en su caso determinar lo procedente en los
casos de incumplimiento de algunas de las obligaciones a cargo del mencionado Administrador.
2. Verificar de que el Administrador lleve a cabo el cumplimiento de todas y cada una las funciones y obligaciones establecidas
a su cargo por la Ley, las Escrituras Cons�tu�vas, el ar�culo 52 del presente Reglamento Interno y demás aplicables.
3. Considerar, y en su caso resolver o sancionar, las diversas propuestas que reciba del Administrador sobre la contratación
del seguro que respecto de los bienes y áreas comunes y demás bienes de uso común dentro del Condominio podrá acordarse
por la Asamblea General de Condóminos.
4. Dar su conformidad para que se realicen las obras necesarias no presupuestadas en el Condominio
5. Verificar los estados de cuenta mensuales que debe rendir el Administrador ante todos y cada uno de los Condóminos, ante
la Asamblea General de Condóminos y ante la Asamblea de la Asociación Civil, revisando los ingresos y cada uno de los gastos
con su soporte contable, de conformidad con el Ar�culo 51 Fracción 13) de este Reglamento Interno, y emi�r su opinión
ante la Asamblea General de Condóminos que se celebrarán anualmente.
6. Constatar la inversión del fondo para gastos de mantenimiento y administración, fondo de reserva y cualquier otra que haya
ins�tuido la Asamblea General de Condóminos.
7. Dar cuenta a la Asamblea General del Condominio, sus observaciones sobre la administración del Condominio.
8. Informar al Administrador de toda irregularidad, anomalía o incumplimiento del que tenga conocimiento en la aplicación
de la Ley, las Escrituras Cons�tu�vas, este Reglamento Interno y demás disposiciones legales aplicables, come�das por los
Condóminos, Usuarios, visitantes, personal de la administración, personal de servicio, personal de seguridad, y cualesquiera
otras personas dentro del Condominio, para que el mencionado Administrador actúe conforme a derecho y a este
Reglamento Interno.
9. Informar a la Asamblea General de Condóminos de los incumplimientos de los Condóminos, Usuarios, visitantes, personal
de la administración, personal de servicio, personal de seguridad, y cualesquiera otras personas dentro del Condominio,
respecto de los cuales hubiera dado cuenta al Administrador.
10. Coadyuvar con el Administrador en observaciones a los Condóminos, Usuarios, visitantes, personal de la administración,
personal de servicio y, personal de seguridad sobre el cumplimiento de sus obligaciones.
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