Page 138 - Pacto de silencio
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toxicología, y por consiguiente su sintomatología. Los restantes productos, aunque
           sean tóxicos no tienen significación toxicológica en el caso que estudiamos, por las
           razones que exponemos en otros apartados de este informe.». O sea que los únicos
           posibles culpables son las anilidas. Aunque de ellas «no se conoce su toxicología, y

           por  consiguiente  su  sintomatología».  Desde  estas  movedizas  arenas  acusadoras  se
           piden para nueve españoles más de diez mil años de privación de libertad.
               Afortunadamente había gente que no lo veía tan claro. Así, el Dr. Ángel Pestaña
           Vargas,  entonces  coordinador  del  Programa  de  Actuación  del  Centro  Superior  de

           Investigaciones Científicas en relación con el síndrome tóxico, publicó en la segunda
           quincena de octubre en El País un artículo titulado «¿Mortal de necesidad?», en el
           que afirmaba: «En cualquier caso, lo que me interesa subrayar, es que las anilidas de
           ácidos grasos no pueden calificarse de “sustancias mortales de necesidad” (El País,

           15  de  octubre),  por  la  sencilla  razón,  fácilmente  constatable,  de  que  no  se  sabe
           absolutamente nada acerca de sus efectos en los sistemas biológicos».
               En  sus  alegaciones  al  Juzgado,  la  procuradora  María  José  Millán  Valero,
           solicitando  auto  de  procesamiento  contra  el  director  del  Instituto  Nacional  de

           Toxicología, recuerda que «el 16 de marzo —de 1982— ya era pública la duda sobre
           las anilidas como trazadores de toxicidad».
               De la duda pasamos paulatinamente a la certeza, pero en sentido contrario: de que
           las anilidas no produjeron la intoxicación. Así, el Dr. Antonio Borregón Martínez,

           director  del  Laboratorio  del  Centro  Nacional  de  Alimentación  y  Nutrición  de
           Majadahonda, en su intervención ante la Comisión Congreso-Senado el 5 de mayo de
           1982, opina:

                 «Estos aceites de la cadena catalana, por entendemos, tenían gran cantidad de

                 oleoanilidas…  éstos  tienen  hasta  7 000  ppm  (ppm:  partes  por  millón)  de
                 oleoanilidas…  Estos  aceites  se  han  estado  comercializando  y  envasando  en
                 Cataluña y no ha habido ningún enfermo.»


               Después  de  discutir  ampliamente  sobre  la  toxicidad  o  no  de  las  anilidas  en  la
           sesión de la tarde del 29 de julio de 1987 del Juicio oral que se sigue en la Casa de

           Campo, el Dr. Luis Frontela Carreras (recuerdo una vez más: catedrático de Medicina
           Legal  y  director  del  Instituto  de  Medicina  Legal  y  Ciencias  Forenses  de  la
           universidad de Sevilla), en calidad de perito, afirmó:

                 «Si se refiere únicamente a las anilidas, nosotros no hemos observado efectos
                 tóxicos acumulativos, ni en animales de experimentación.»



               Poco después la Defensa argumentaba de esta guisa:

                 «Si  las  anilidas  no  tienen  toxicidad  aguda  y  la  toxicidad  que  se  presume  es
                 crónica, y ésta a su vez es generada por la acumulación de sucesivas dosis en el
                 organismo, teniendo en cuenta las partes por millón de anilidas que aparecían




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