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Gaceta Jurídica S.A.
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                                           HildeBRANdO CASTRO POZO CHÁVeZ                     Gaceta Jurídica S.A.


                               un patch panel estándar o no inteligente ni tampoco indica lo contrario, en virtud de la
                               amplitud de interpretaciones que puede suscitar la frase “soluciones similares”. El párrafo
                               tercero del numeral 4.1.7 de las Bases solo es claro al aceptar patch cords estándar, que
                               son los cables que se arman para interconectar un dispositivo electrónico de red, como
                               los patch panel, con otros equipos activos o dispositivos , siempre que no perjudiquen la
                                                                       (2)
                               seguridad de la solución integral.
                               Por ende, el citado numeral de las Bases no contribuye en absoluto al esclarecimiento de
                               la controversia, pues en él se trata al mismo tiempo los requerimientos de los patch panel
                               de forma general y a los destinados al centro de cómputo.
                               15. Cabe destacar que los patch panel o paneles de parcheo son paneles donde se ubican
                               los puertos de una red, normalmente localizados en un bastidor o rack de comunicaciones,
                               donde todas las líneas de entrada y salida de los equipos tendrán su conexión a uno de
                               estos paneles .
                                        (3)
                               Asimismo, los patch panel inteligentes permiten el control integral del cableado hori-
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 Gaceta Jurídica S.A.          posibilitan el diagnóstico de amenazas antes de que ocasionen daños, así como la identi- Gaceta Jurídica S.A.
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                               zontal, monitoreando las conexiones entre el sistema de cableado y el equipo activo en
                               tiempo real, lo cual brinda mayor seguridad a los canales de comunicación y una adminis-
                               tración eficiente de la red, sin que sea necesaria la verificación física de aquella. Además,
                               ficación de usuarios y equipos, número de conexiones, falta de conexiones y conexiones
                               indebidas . Como resulta obvio y como lo han reconocido las partes, su implementación
                                      (4)
                               resulta más costosa que la de los patch panel estándar, debido a las ventajas y funciones
                               adicionales que desempeña en relación a este último.
                               16. A pesar de ello, en el trámite del recurso de revisión, la Entidad no ha expuesto los mo-
                               tivos técnicos de acuerdo a las funciones y necesidades de operatividad del área usuaria,
                               en este caso la DICSCAMEC, que sustenten el requerimiento de una de las posibles solu-
                               ciones propuestas por los postores y que hagan posible conocer los estándares necesarios
                               bajo los cuales se las considerará apropiadas para el desempeño de las actividades de la
                               indicada dependencia orgánica. Con ello, resulta mucho más incierta la determinación de
                               las características requeridas en las Bases integradas para el sistema de cableado estruc-
                               turado, objeto del proceso de selección que nos convoca.
                               17. Así, pues, ha quedado acreditado que la especificación técnica mínima bajo análisis
                               resulta poco clara y ambigua, por lo que se ha incurrido en nulidad de las Bases por infrac-
                                                                          (6)
                                                              (5)
                               ción de los principios de libre competencia , transparencia  y trato justo e igualitario
                                                                                             (7)

                        (2)   Portal.huascaran.edu.pe/.../web/catalogo_multimedia/doc_portal/DOCENTES_MANUAL_cableado_de_da-
                             tos_v2-2004.ppt.
                        (3)   www.conocimientosweb.net/dt/article5597.html.
                        (4)   http://www.systimax.com/.
                        (5)   Inciso 2 del artículo 3 de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.- “Principio de Libre
                             Competencia: En los procedimientos de adquisiciones y contrataciones se incluirán regulaciones o tratamien-
                             tos que fomenten la más amplia y objetiva e imparcial concurrencia, pluralidad y participación de postores
                             potenciales”.
                        (6)   Inciso 5 del artículo 3 de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.- “Principio de Transpa-
                             rencia: Toda adquisición o contratación deberá realizarse sobre la base de criterios y calificaciones objetivas,
                             sustentadas y accesibles a los postores. Los postores tendrán acceso durante el proceso de selección a la
                             documentación de las adquisiciones y las contrataciones. Salvo las excepciones previstas en la Ley y el Regla-
                             mento, la convocatoria, el otorgamiento de buena pro y resultados deben ser de público conocimiento”.
                        (7)   Inciso 8 del artículo 3 de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.- “Principio de Trato Justo
                             e Igualitario: Todo postor de bienes, servicios o ejecución de obras debe tener participación y acceso para

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