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lA iMPUGNACiÓN eN el PROCeSO de CONTRATACiONeS Y AdQUiSiCiONeS del eSTAdO
de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, a fin de determinar al ganador de la buena
pro del Concurso Público por Proceso de Selección Abreviado Nº 03-2006-GR.LAMB/
PEOT.
12. En consecuencia, al haberse amparado los reclamos planteados por los postores im-
pugnantes, los respectivos recursos de revisión devienen fundados, en aplicación del in-
ciso 2 del artículo 171 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del
Estado.
Por estos fundamentos de conformidad con el informe del Vocal Ponente Dr. Óscar Luna
Milla y la intervención de los Vocales Ing. Félix Delgado Pozo y el Dr. Carlos Cabieses
López atendiendo a la reconformación de la Sala Única del Tribunal de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado según lo dispuesto en la Resolución Nº 278-2006-CONSUCODE/
PRE, expedida el 3 de julio de 2006, así como lo establecido mediante Acuerdo de Sala Plena
del Tribunal Nº 005/003 de fecha 4 de marzo de 2002 y de conformidad con las facultades
conferidas en los artículos 53, 59 y 61 del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrata-
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ciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM,
Proceso de Selección Abreviado Nº 03-2006-GR.LAMB/PEOT, de acuerdo a los Gaceta Jurídica S.A.
Gaceta Jurídica S.A. LA SALA RESUELVE Gaceta Jurídica S.A.
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el artículo 171 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, y
los artículos 74 y 75 del Reglamento de Organización y Funciones del CONSUCODE,
aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2006-EF; analizados los antecedentes y luego de
agotado el correspondiente debate, por unanimidad;
1. Declarar fundados los recursos de revisión interpuestos por los postores MAPFRE
PERÚ COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS y LA POSITIVA SEGUROS
Y REASEGUROS contra el otorgamiento de la buena pro del Concurso Público por
fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
2. Disponer que el Comité Especial aplique las modalidades a que se refiere el artículo
133 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en-
tre los postores EL PACÍFICO PERUANO SUIZA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y
REASEGUROS, MAPFRE PERÚ COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS
y LA POSITIVA SEGUROS Y REASEGUROS, a fin de determinar al ganador de
la buena pro del Concurso Público por Proceso de Selección Abreviado Nº 03-2006-
GR.LAMB/PEOT, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la
presente Resolución.
3. Devolver al postor MAPFRE PERÚ COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS
la garantía otorgada para la interposición del recurso de revisión.
4. Devolver al postor LA POSITIVA SEGUROS Y REASEGUROS la garantía otorga-
da para la interposición del recurso de revisión.
5. Devolver los antecedentes a la Entidad para los fines legales pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
DELGADO POZO
LUNA MILLA
CABIESES LÓPEZ
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