Page 68 - Tratado sobre las almas errantes
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Morir  en  pecado  mortal  sin  estar  arrepentido  ni  acoger  el  amor  misericordioso  de  Dios,  significa
                  permanecer  separados  de  Él  para  siempre  por  nuestra  propia  y  libre  elección.  Este  estado  de  autoexclusión
                  definitiva de la comunión con Dios y con los bienaventurados es lo que se designa con la palabra "infierno” 171 .

                   La  misma  Comisión  Teológica  Internacional  al  hablar  de  cuestiones  referentes  a  la
            escatología, manifiesta en sus formulaciones este cambio de enfoque:

                        Esta  amistad  consumada,  libremente  aceptada,  implica  la  posibilidad  existencial  del  rechazo.  Todo
                  aquello que se acepta libremente puede ser rechazado libremente. El que escoge así el rechazo “no tendrá parte
                  en el Reino de Cristo y de Dios” 172 . La condena eterna tiene su origen en el libre rechazo hasta el fin del Amor y
                  de la Piedad de Dios 173 .

                   Como se ve, una y otra vez, en los textos actuales se insistirá en el rechazo, es decir, en la
            voluntad. Leamos un segundo texto de la misma Comisión, y veremos como otra vez, para explicar
            la condenación, en lo que se incide es en la forma de ver a Dios que tiene el alma:

                        A través del pecado grave, el hombre en su modo de obrar llega a considerar a Dios como enemigo de la
                  propia  creación  y,  sobre  todo,  como  enemigo  del  hombre,  como  fuente  de  peligro  y  de  amenaza  para  el
                  hombre 174 .

                   Como  se  ve,  de  nuevo,  este  enfoque  insiste  más  no  tanto  en  el  pecado  mortal  como
            obiectum, como en el aspecto antropológico de la condenación: la autoexclusión, es decir, el acto
            presente de no acoger el amor misericordioso de Dios. Lo cual sin negar el magisterio anterior, trata
            de expresar mejor esa realidad misteriosa que se presta a ser entendida como un estado personal
            más abierto a gradualidades. En la anterior perspectiva, se contemplaba la condenación desde el
            obiectum: el sujeto tiene o no tiene en sí el pecado. En la nueva perspectiva, se contempla el mismo
            hecho, la misma realidad, pero desde el subiectum: existe ese rechazo definitivo en el sujeto o no
            existe, está abierto a la misericordia de Dios o no lo está. Por supuesto que hablamos de la misma
            realidad, sólo que desde otro punto de vista; y así hay que reconocer:

                   a.  Que desde la primera perspectiva (la centrada en el obiectum), por mucho que insistamos en el objeto, no
                       hay duda de que si la voluntad se arrepiente, uno se salva.

                   b.  Que desde la segunda perspectiva (la centrada en el subiectum), por mucho que insistamos en el sujeto,
                       qué  duda  cabe  que  determinados  pecados  son  de  tal  gravedad,  que  implican  una  transformación  de  la
                       voluntad. Incluso hay pecados de tal radicalidad que supondrían una determinación irrevocable: el pecado
                       contra el Espíritu Santo.

                   Resulta  claro  que  el  magisterio  pretérito  ha  insistido  más  en  el  obiectum,  desde  una
            perspectiva legalista que no debemos olvidar que es cierta. Mientras que el magisterio actual, sigue
            insistiendo  en  el  obiectum  pero  consciente  de  que  ha  aparecido  el  elemento  de  la  perspectiva

                  171
                     CATECISMO DE LA IGLESIA CATÓLICA, n. 1033.
                  172
                     Ef 5,5. Nótese que éste texto paulino, como el resto de los textos neotestamentarios, enfocan la condenación
            humana como no-participación, como exclusión, y no como acción divina positiva.
                  173
                      CTI,  Alcune  questioni  attuali  riguardanti  l´escatologia,  n.  10.3.  Commisione  Teologica  Interna-zionale,
            Documenti, pg. 468. Cf. Pablo VI, Profesión de fe, n. 12.
                  174   CTI,  Alcune  questioni  attuali  riguardanti  l´escatologia,  n.  10,3.  Commisione  Teologica  Interna-zionale,
            Documenti, pg. 468. El texto entrecomillado en la cita es de JUAN PABLO II, Dominum et vivificantem, 38. La cursiva
            en algunas palabras del texto entrecomillado aparece así en el texto original de la CTI.
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