Page 68 - Tratado sobre las almas errantes
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Morir en pecado mortal sin estar arrepentido ni acoger el amor misericordioso de Dios, significa
permanecer separados de Él para siempre por nuestra propia y libre elección. Este estado de autoexclusión
definitiva de la comunión con Dios y con los bienaventurados es lo que se designa con la palabra "infierno” 171 .
La misma Comisión Teológica Internacional al hablar de cuestiones referentes a la
escatología, manifiesta en sus formulaciones este cambio de enfoque:
Esta amistad consumada, libremente aceptada, implica la posibilidad existencial del rechazo. Todo
aquello que se acepta libremente puede ser rechazado libremente. El que escoge así el rechazo “no tendrá parte
en el Reino de Cristo y de Dios” 172 . La condena eterna tiene su origen en el libre rechazo hasta el fin del Amor y
de la Piedad de Dios 173 .
Como se ve, una y otra vez, en los textos actuales se insistirá en el rechazo, es decir, en la
voluntad. Leamos un segundo texto de la misma Comisión, y veremos como otra vez, para explicar
la condenación, en lo que se incide es en la forma de ver a Dios que tiene el alma:
A través del pecado grave, el hombre en su modo de obrar llega a considerar a Dios como enemigo de la
propia creación y, sobre todo, como enemigo del hombre, como fuente de peligro y de amenaza para el
hombre 174 .
Como se ve, de nuevo, este enfoque insiste más no tanto en el pecado mortal como
obiectum, como en el aspecto antropológico de la condenación: la autoexclusión, es decir, el acto
presente de no acoger el amor misericordioso de Dios. Lo cual sin negar el magisterio anterior, trata
de expresar mejor esa realidad misteriosa que se presta a ser entendida como un estado personal
más abierto a gradualidades. En la anterior perspectiva, se contemplaba la condenación desde el
obiectum: el sujeto tiene o no tiene en sí el pecado. En la nueva perspectiva, se contempla el mismo
hecho, la misma realidad, pero desde el subiectum: existe ese rechazo definitivo en el sujeto o no
existe, está abierto a la misericordia de Dios o no lo está. Por supuesto que hablamos de la misma
realidad, sólo que desde otro punto de vista; y así hay que reconocer:
a. Que desde la primera perspectiva (la centrada en el obiectum), por mucho que insistamos en el objeto, no
hay duda de que si la voluntad se arrepiente, uno se salva.
b. Que desde la segunda perspectiva (la centrada en el subiectum), por mucho que insistamos en el sujeto,
qué duda cabe que determinados pecados son de tal gravedad, que implican una transformación de la
voluntad. Incluso hay pecados de tal radicalidad que supondrían una determinación irrevocable: el pecado
contra el Espíritu Santo.
Resulta claro que el magisterio pretérito ha insistido más en el obiectum, desde una
perspectiva legalista que no debemos olvidar que es cierta. Mientras que el magisterio actual, sigue
insistiendo en el obiectum pero consciente de que ha aparecido el elemento de la perspectiva
171
CATECISMO DE LA IGLESIA CATÓLICA, n. 1033.
172
Ef 5,5. Nótese que éste texto paulino, como el resto de los textos neotestamentarios, enfocan la condenación
humana como no-participación, como exclusión, y no como acción divina positiva.
173
CTI, Alcune questioni attuali riguardanti l´escatologia, n. 10.3. Commisione Teologica Interna-zionale,
Documenti, pg. 468. Cf. Pablo VI, Profesión de fe, n. 12.
174 CTI, Alcune questioni attuali riguardanti l´escatologia, n. 10,3. Commisione Teologica Interna-zionale,
Documenti, pg. 468. El texto entrecomillado en la cita es de JUAN PABLO II, Dominum et vivificantem, 38. La cursiva
en algunas palabras del texto entrecomillado aparece así en el texto original de la CTI.
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