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LA REPRESENTACIÓN DE LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS EN LA EMPRESA






                                EJEMPLO PRÁCTICO
                                En cumplimiento de la normativa vigente la empresa viene obligada a exhi-
                                bir los boletines de cotización, pero no a la entrega de los mismos a los re-
                                presentantes de los trabajadores, por lo que queda cumplida la obligación
                                con poner de manifiesto tales documentos a los representantes.

                  2.9.  Informaciones  en  materia  de  siniestralidad  laboral

                  Conforme  al  art.  64.1.8.  ET,  los  representantes  de  los  trabajadores  han  de  ser  infor-
                  mados,  al  menos  trimestralmente,  sobre  el  índice  de  absentismo  y  sus  causas,  los  ac-
                  cidentes  de  trabajo  y  enfermedades  profesionales  y  sus  consecuencias,  los  índices  de
                  siniestralidad, los estudios periódicos o especiales del medio ambiente laboral y de los
                  mecanismos de prevención que se utilicen.

                  2.10.  Otras  informaciones  a  facilitar  a  los  representantes  de  los  trabajadores

                  En el conjunto normativo que regula la relación laboral existen diversos artículos que
                  imponen  la  obligación  a  la  empresa  de  informar  a  los  representantes  de  los  trabaja-
                  dores  en  relación  con  muy  variadas  materias.  Como  ejemplo  de  tales  informaciones
                  podríamos apuntar las siguientes:
                      a) Registro de trabajadores (art. 18 ET).
                      b) Abono de salarios por sistema diferente al de pago efectivo (art. 29.4 ET).
                      c) Comunicación de los libros de la empresa en el caso de salarios a comisión (art.
                  29.2 ET).
                      d) Información sobre la venta de los bienes de la empresa, excepto de los que com-
                  ponen el tráfico normal de la misma, en los expedientes de despido colectivo que afec-
                  ten a más del 50 por 100 de los trabajadores (art. 51.3 ET).


                                EJEMPLO PRÁCTICO
                                Si una empresa promueve expediente de regulación de empleo que tiene
                                por objeto la extinción de los contratos de trabajo de más del 50 por 100
                                de los trabajadores de su plantilla, cualquier venta de bienes que dicha em-
                                presa realice durante la tramitación del expediente, salvo que se trate de
                                los bienes o servicios que habitualmente factura, habrá de ser comunicada
                                a los representantes de los trabajadores y a la autoridad laboral.


                  3. DERECHOS ESPECÍFICOS DE INFORMACIÓN DE LOS DELEGADOS DE PREVENCIÓN

                  La Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, atribuye a los delegados de pre-
                  vención  determinadas  competencias  en  materia  de  información,  consulta,  vigilancia  y
                  control del cumplimiento por parte de la empresa de la normativa vigente en materia






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