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DERECHOS DE NEGOCIACIÓN: CONVENIOS
COLECTIVOS Y ACUERDOS DE EMPRESA
La negociación colectiva constituye una de las competencias básicas de los repre-
sentantes de los trabajadores, siendo su manifestación más importante la negociación
de convenios colectivos y de acuerdos de empresa sobre materias concretas.
1. LOS CONVENIOS COLECTIVOS DE TRABAJO
1.1. Clases de convenios colectivos
El ET regula tres modalidades distintas de convenios colectivos, estableciendo reglas
de legitimación para su negociación y contenidos que son diferentes en cada caso. Así,
podemos distinguir entre convenios marco, acuerdos interprofesionales sobre materias
concretas y convenios colectivos propiamente dichos.
1.1.1. Acuerdo o convenio marco
Se refiere a esta modalidad de convenio el art. 83.2 ET, presentando los siguientes ca-
racteres:
• Solamente pueden ser suscritos por las organizaciones sindicales y asociaciones
patronales más representativas.
• Su ámbito territorial ha de ser estatal o de comunidad autónoma.
• Puede tener un ámbito funcional interprofesional o sectorial.
• Aun cuando es posible que regule condiciones de trabajo como si se tratara de un
convenio ordinario, lo normal es que su contenido venga a regular las condiciones
de la negociación colectiva, hasta el punto de que estos acuerdos son propiamente
“convenios para convenir” (Sentencia de la Audiencia Nacional de 28 de octubre de
2010, procedimiento 128/2010), por lo que establecen la estructura de la negocia-
ción colectiva, las materias que han de ser objeto de negociación en cada ámbito
territorial, las reglas para resolver los conflictos de concurrencia entre convenios
de distinto ámbito, etc.
EJEMPLO PRÁCTICO
En un determinado sector de actividad (construcción, establecimientos fi-
nancieros, etc.) las organizaciones sindicales y patronales más representa-
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