Page 280 - Guías sindicales 11111 - CCOO
P. 280

LA REPRESENTACIÓN DE LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS EN LA EMPRESA


                      Es  importante  resaltar  que  los  derechos  fundamentales  que  garantiza  la  constitu-
                  ción no pueden quedar sin efecto por el hecho de suscribir un contrato de trabajo. Tales
                  derechos son inherentes a la persona y por tanto no pueden quedar a las puertas del
                  centro de trabajo, y ello sin perjuicio de que el ejercicio de cualquier derecho encuentra
                  como límite el respeto a los demás derechos que otorga el ordenamiento jurídico.


                       STC 51/2008, de 14 de abril.
                       “La  celebración  de  un  contrato  de  trabajo  no  implica  en  modo  alguno  la  privación
                       para una de las partes, el trabajador, de los derechos que la constitución le reconoce
                       como ciudadano, entre ellos el derecho a difundir libremente los pensamientos, ideas
                       y opiniones y cuya protección queda garantizada frente a eventuales lesiones…”.


























































                                                                                               280
   275   276   277   278   279   280   281   282   283   284   285