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LA REPRESENTACIÓN LEGAL O UNITARIA DE
LOS TRABAJADORES EN LA EMPRESA
1. CONCEPTO DE REPRESENTACIÓN LEGAL O UNITARIA DE LOS TRABAJADORES
Ya hemos señalado anteriormente que la representación de los trabajadores en la em-
presa se articula a través de un doble canal, el sindical, integrado por las secciones
sindicales y delegados sindicales y el unitario, conformado básicamente por delegados
y comités, o por delegados y juntas de personal en el ámbito de las Administraciones
públicas. Este último canal de representación, el unitario, se caracteriza por ser resulta-
do de los procesos electorales celebrados en los centros de trabajo, con participación de
todos los trabajadores, conteniéndose su regulación en el Estatuto de los Trabajadores
y en las normas de desarrollo sobre elecciones sindicales.
2. ÓRGANOS DE REPRESENTACIÓN LEGAL DE LOS TRABAJADORES EN EL CENTRO DE TRABAJO
2.1. Delegados/as de personal
Son los representantes de los trabajadores en las empresas o centros de trabajo que
cuenten con una plantilla comprendida entre 6 y 49 trabajadores, ambos inclusive,
eligiéndose un único delegado de personal en las empresas que tengan hasta 30 traba-
jadores y 3 delegados en aquellas cuya plantilla esté comprendida entre 31 y 49 traba-
jadores.
También es posible que por medio de la negociación colectiva se celebren elecciones
sindicales en empresas de menos de 6 trabajadores, en sectores caracterizados por la
existencia de microempresas que normalmente no alcanzan la plantilla mínima exigible
para celebrar un proceso electoral conforme a las normas del Estatuto de los Trabajado-
res. Ejemplo de estos convenios que posibilitan la elección de un delegado de personal
con plantilla inferior a seis trabajadores serían los de gasolineras, guarderías, etc.
2.2. Comité de empresa
Asume la representación de los trabajadores en las empresas o centros de trabajo cuya
plantilla sea de 50 o más trabajadores. El número de miembros que integra cada comité
se determina en función de la plantilla de la empresa en la fecha del preaviso electoral
y según la siguiente escala:
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