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LA REPRESENTACIÓN DE LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS EN LA EMPRESA
EJEMPLO PRÁCTICO
En un Ayuntamiento con 45 funcionarios en plantilla, en el que se han ele-
gido 3 delegados de personal, cualquier acuerdo que se alcance con la Cor-
poración, en el ejercicio de sus funciones representativas, exigirá el voto
favorable de al menos dos de los delegados de personal, sin que sea ne-
cesario, en ningún caso, que el acuerdo prevea para su validez de la apro-
bación o refrendo por parte de los funcionarios representados, y ello sin
perjuicio de que puedan ser consultados.
5.3.2. Juntas de personal
Se eligen en unidades electorales que cuenten con un mínimo de 50 funcionarios, de
conformidad con la siguiente escala:
Número de funcionarios Número de representantes
De 50 a 100 5
De 101 a 250 9
De 251 a 500 13
De 501 a 750 17
De 751 a 1.000 21
De 1.001 en adelante, 2 por cada 1.000 o fracción, con el máximo de 75.
Tanto para la elección de delegados como de juntas de personal se computan todos
los funcionarios en activo, tanto si son de carrera como si no, siendo considerados con
el mismo valor a efectos electorales.
EJEMPLO PRÁCTICO
En un Ayuntamiento en el que existen 48 funcionarios de carrera y 6 nom-
bramientos interinos, procedería la suma de todos ellos y al superar el nú-
mero de 50 elegir una junta de personal con 5 representantes.
5.4. Procedimiento de elección, cobertura de vacantes y reglas especiales para la promo-
ción de elecciones parciales
El procedimiento electoral se regula por lo establecido en los artículos 13 y siguientes
de la Ley 9/1987, declarados en vigor por el EBEP, siendo igualmente de aplicación las
disposiciones contenidas en el RD 1846/1994, de 9 de septiembre, por el que se aprueba
el reglamento de elecciones en los órganos de representación del personal al servicio de
la Administración General del Estado.
La cobertura de vacantes se lleva a cabo, en primer término, acudiendo al mecanis-
mo de sustitución automática y así, tratándose de delegados de personal la sustitución
se produce por el siguiente candidato más votado, mientras que si la vacante tiene lugar
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