Page 61 - Guías sindicales 11111 - CCOO
P. 61

LA REPRESENTACIÓN DE LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS EN LA EMPRESA




                                EJEMPLO PRÁCTICO
                                En un Ayuntamiento con 45 funcionarios en plantilla, en el que se han ele-
                                gido 3 delegados de personal, cualquier acuerdo que se alcance con la Cor-
                                poración, en el ejercicio de sus funciones representativas, exigirá el voto
                                favorable de al menos dos de los delegados de personal, sin que sea ne-
                                cesario, en ningún caso, que el acuerdo prevea para su validez de la apro-
                                bación o refrendo por parte de los funcionarios representados, y ello sin
                                perjuicio de que puedan ser consultados.

                  5.3.2. Juntas de personal

                  Se eligen en unidades electorales que cuenten con un mínimo de 50 funcionarios, de
                  conformidad con la siguiente escala:

                         Número de funcionarios               Número de representantes
                         De 50 a 100                                     5
                         De 101 a 250                                    9
                         De 251 a 500                                    13
                         De 501 a 750                                    17
                         De 751 a 1.000                                  21
                         De 1.001 en adelante, 2 por cada 1.000 o fracción, con el máximo de 75.


                      Tanto para la elección de delegados como de juntas de personal se computan todos
                  los funcionarios en activo, tanto si son de carrera como si no, siendo considerados con
                  el mismo valor a efectos electorales.

                                EJEMPLO PRÁCTICO
                                En un Ayuntamiento en el que existen 48 funcionarios de carrera y 6 nom-
                                bramientos interinos, procedería la suma de todos ellos y al superar el nú-
                                mero de 50 elegir una junta de personal con 5 representantes.


                  5.4.  Procedimiento  de  elección,  cobertura  de  vacantes  y  reglas  especiales  para  la  promo-
                  ción de elecciones parciales

                  El procedimiento electoral se regula por lo establecido en los artículos 13 y siguientes
                  de la Ley 9/1987, declarados en vigor por el EBEP, siendo igualmente de aplicación las
                  disposiciones contenidas en el RD 1846/1994, de 9 de septiembre, por el que se aprueba
                  el reglamento de elecciones en los órganos de representación del personal al servicio de
                  la Administración General del Estado.
                      La cobertura de vacantes se lleva a cabo, en primer término, acudiendo al mecanis-
                  mo de sustitución automática y así, tratándose de delegados de personal la sustitución
                  se produce por el siguiente candidato más votado, mientras que si la vacante tiene lugar







                                                                                                61
   56   57   58   59   60   61   62   63   64   65   66