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LA PLANIFICACIÓN Y EL ESTADO DE DERECHO

               mismo. Lo importante es que la norma nos permita prever correctamente
               la conducta de los demás, y esto exige que se aplique a todos los casos, hasta
               si en una circunstancia particular sentimos que es injusta.
                  El conflicto entre la justicia formal y la igualdad formal ante la Ley, por
               una parte, y los intentos de realizar diversos ideales de justicia sustantiva y
               de igualdad, por otra, explica también la extendida confusión acerca del
               concepto de «privilegio» y el consiguiente abuso de este concepto. Men-
               cionaremos sólo el más importante ejemplo de tal abuso: la aplicación del
               término privilegio a la propiedad como tal. Sería en verdad privilegio si, por
               ejemplo, como fue a veces el caso en el pasado, la propiedad de la tierra se
               reservase para los miembros de la nobleza. Y es privilegio si, como ocurre
               ahora, el derecho a producir o vender alguna determinada cosa le está reser-
               vado a alguien en particular designado por la autoridad. Pero llamar privi-
               legio a la propiedad privada como tal, que todos pueden adquirir bajo las
               mismas leyes, porque sólo algunos puedan lograr adquirirla, es privar de su
               significado a la palabra privilegio.
                  La imposibilidad de prever los efectos particulares, que es la caracterís-
               tica distintiva de las leyes formales en un sistema liberal,es también impor-
               tante porque ayuda a aclarar otra confusión acerca de la naturaleza de este
               sistema: la creencia en que su actitud característica consiste en la inhibición
               del Estado. La cuestión de si el Estado debe o no debe «actuar» o «interfe-
               rir» plantea una alternativa completamente falsa,y la expresión laissez-faire
               describe de manera muy ambigua y equívoca los principios sobre los que se
               basa una política liberal.Por lo demás,no hay Estado que no tenga que actuar,
               y toda acción del Estado interfiere con una cosa o con otra. Pero ésta no es
               la cuestión. Lo importante es si el individuo puede prever la acción del Es-
               tado y utilizar este conocimiento como un dato al establecer sus propios pla-
               nes, lo que supone que el Estado no puede controlar el uso que se hace de
               sus instrumentos y que el individuo sabe con exactitud hasta dónde estará
               protegido contra la interferencia de los demás,o si el Estado está en situación
               de frustrar los esfuerzos individuales. El control oficial de pesas y medidas
               (o la prevención del fraude y el engaño por cualquier otra vía) supone, sin
               duda,una actuación,mientras que permanece inactivo el Estado que permite
               el uso de la violencia, por ejemplo, en las coacciones de los huelguistas. Y
               sin embargo, es en el primer caso cuando el Estado observa los principios

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