Page 48 - Guía para la Determinación Clínica Forence del Estado de Embriaguez Aguda
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incluye el registro del funcionario ju- los artículos 1, 247, 249 y 250 de la
dicial, estafeta o persona que hace la Ley 906 de 2004 (C. P. P.).
entrega física y real del elemento al
encargado de la recepción del caso, 6.1.3.Para la práctica del examen clínico
en el servicio forense o de salud res- forense para determinación de
pectivo. embriaguez y de las pruebas paraclínicas
complementarias (incluyendo toma
b. A criterio del (de la) médico(a) perito de muestras biológicas), se requiere
en aquellos casos en los cuales du- el consentimiento libre e informado
rante la práctica de otra prueba los de la persona por examinar o de
hallazgos lo ameriten (por ejemplo, su representante legal si esta fuere
delitos sexuales, violencia de pa- incapaz; cuando se trate de un
reja, lesiones, etc.), caso el cual no menor de edad, el de sus padres,
se requiere una solicitud adicional a representantes legales o en su
la que ya se ha recibido para el exa- defecto del defensor de familia o de la
men medicolegal que se está reali- comisaría de familia y a falta de estos,
zando. Se deben tener en cuenta los del personero(a) o del inspector(a) de
documentos normativos pertinentes, familia 113,114 .
disponibles en la página web institu-
cional (http://www.medicinalegal.gov. En todo caso, en los reconocimientos
co/guias-y-reglamentos). médicos que deban practicarse a
niños, niñas y adolescentes víctimas de
6.1.1.Para la determinación de embriaguez delitos, se tendrá en cuenta su opinión
aguda por examen clínico forense, al respecto . El consentimiento debe
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se debe garantizar el traslado ser escrito y debe ir precedido de una
oportuno (inmediato) de la persona explicación sobre los procedimientos
ante el (la) perito médico(a), debido que se van a efectuar y el objetivo
a que el resultado del examen se ve de estos (ver “Examen clínico forense
sensiblemente alterado con el paso para determinación del estado de
del tiempo. Sin embargo, si sus embriaguez aguda”).
condiciones de salud requieren un
manejo médico de urgencias, debe En el evento en que la persona adulta
darse prioridad a esa atención. o el menor de edad por examinar
se rehúsen a la práctica del estudio
6.1.2.Con base en la información general y (incluso existiendo el consentimiento
particular del caso, es necesario que rmado por los padres, representantes
se evalúe la pertinencia y necesidad legales, defensor de familia, comisario
del examen frente a posibles de familia, personero o inspector de
vulneraciones de la dignidad y los familia, según el caso), se requiere una
derechos fundamentales del sujeto,
teniendo en cuenta lo establecido en
113 Artículo 250 de la Ley 906 de 2004 (C. P. P.).
114 Artículo 193, numeral 8., Código de la Infancia y la Adolescencia (Ley 1098
de 2006).
na de Custodia para el Sistema Penal Acusatorio (resoluciones 0-6394 de 2004 115 Artículo 193, numeral 8., Código de la Infancia y la Adolescencia (Ley 1098
y 0.2770 de 2005 de la Fiscalía General de la Nación. de 2006).
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