Page 65 - Guía para la Determinación Clínica Forence del Estado de Embriaguez Aguda
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Guía
Guía “para la determinación clínica forense del estado de embriaguez aguda”
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un pie tocando la punta del otro eventuales secuelas, teniendo
pie. en cuenta los lineamientos
establecidos en la versión vigente
– Marcha en las puntas de los pies y del “Reglamento Técnico para
en los talones: solicitar al (la) exa- el Abordaje Integral de Lesiones
minado(a) que camine, por lo me- en Clínica Forense”, del Instituto
nos dos metros, en línea recta en Nacional de Medicina Legal y
las puntas de los pies y luego que Ciencias Forenses .
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lo repita caminando sobre los talo-
nes. 7.2.4.12. Exámenes complementarios: a
criterio del (de la) examinador(a),
» Evaluar otros parámetros del examen se realizarán o solicitarán las
mental que a criterio del (de la) mé- pruebas paraclínicas que el caso
dico(a) perito haga falta explorar para amerite, teniendo en cuenta
complementar la valoración psíqui- lo establecido en el numeral
co-neurológica de la persona exami- 7.4., “Actividad Nº 4. Pruebas
nada, en el contexto del caso espe- paraclínicas complementarias”.
cí co. La necesidad de su realización
estará orientada por la
7.2.4.10. Registrar y documentar en el información obtenida en la
informe pericial (ver anexo B) los anamnesis y los hallazgos del
hallazgos del examen clínico, examen clínico forense.
teniendo en cuenta que se deben
consignar tanto los positivos 7.3. ACTIVIDAD No. 3. ANÁLISIS, INTERPRETACIÓN
como los negativos que permitan Y CONCLUSIONES DEL INFORME PERICIAL
fundamentar o descartar un SOBRE DETERMINACIÓN CLÍNICA DE
diagnóstico de embriaguez, EMBRIAGUEZ AGUDA
orientar su etiología, sustentar
la necesidad de tomar muestras 7.3.1. Objetivos
cuando sea del caso y hacer un
diagnóstico diferencial con otras • Integrar la información suministrada por
patologías si es pertinente. En la autoridad y la obtenida en la anam-
caso de que el (la) examinado(a) nesis, el examen clínico y las pruebas
presente cualquier tipo de de laboratorio, cuando sea del caso,
discapacidad o limitación física para aportar una prueba pericial con-
o sensorial, se debe igualmente able, útil y conducente en la investi-
registrar lo pertinente. gación sobre estado de embriaguez.
7.2.4.11. Si el (la) perito detecta lesiones • Fundamentar los análisis, interpreta-
durante el examen clínico, ción e inferencias que sustentan la
igualmente debe registrarlas en
el informe pericial y pronunciarse 139 Consultar sobre versión vigente en la página web del Instituto Nacional de
sobre el mecanismo causal, la Medicina Legal y Ciencias Forenses, www.medicinalegal.gov.co, o escribiendo al
incapacidad médicolegal y las Grupo Nacional de Clínica y Odontología Forense al siguiente correo electrónico:
dsf@medicinalegal.gov.co.
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