Page 216 - La Constitución de los atenienses
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LA CONSTITUCIÓN DE LOS ATENIENSES
banquero, no es de utilidad, porque se trata de un caso aislado o al
menos muy poco frecuente. Si lo que se afirma fuera cierto de
manera general, los esclavos habrían disminuido sensiblemente en
Atenas.
En Lacedemonia mi esclavo... : A partir de este pasaje algunos
han supuesto que se trata de un dialogo entre un ciudadano de
Atenas y otro de Esparta (cf. supra, pp. ^XVI-^X), pero la mayor
parte de los estudiosos piensa que se trata de un texto que el Anó
nimo dirige a un interlocutor espartano o residente en Esparta,
ambos dueños de esclavos a los que alude el Anónimo: aquí mi
esclavo no te teme; en Esparta mi esclavo tenía temor de ti, pero si
[aquí en Atenas] tu esclavo tuviera temor de mí se vería en la ne
cesidad de entregarme su dinero con tal de no sufrir ningún daño.
Entonces, se encuentra plenamente justificado el impedimento,
en Atenas, de golpear al esclavo por parte de cualquier ciudadano,
pues en caso contrario el propio dueño se vería perjudicado. Los
ciudadanos sí pueden golpear a sus esclavos propios, no a los ajenos.
Resulta interesante la doble actitud de los esclavos. El esclavo del
ateniense le teme al lacedemonio en Esparta, pero no le teme (po
demos suponer) en Atenas. El esclavo del lacedemonio teme al
ciudadano ateniense en Esparta, pero, no teme a los atenienses en
Atenas.
Es probable que me entregara su propio dinero: Las relaciones en
tre señores y esclavos eran diferentes en una democracia y en una
oligarquía. En el primer caso, los esclavos tenían la protección de
su propio dueño, pues representaba una fuente de entradas. En el
segundo, el esclavo se encontraba abandonado a su suerte, y tenía
que bastarse a sí mismo para defenderse. En Atenas se daban cier
tas libertades a los esclavos, no por un sentido humanitario sino
por conveniencia de los ciudadanos, pues proteger al esclavo sería
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