Page 10 - Reglamento Interno BOUDICA
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SERVICIOS: Servicios prestados por personal de la Asociación de Condóminos de
TORRES BOUDICA ya sea el Administrador, personal de vigilancia y de mantenimiento.
Dichos servicios son de manera enunciativa: apertura de entradas, servicios de
vigilancia, llamadas de lobby a departamento, mantenimiento de áreas verdes,
recolección de basura, entrega de medios de identificación a los Condóminos,
Amenidades, entre otros.
TABULADOR DE SANCIONES: apartado del presente reglamento interno en el que se
establecerán las sanciones pecuniarias a las que será acreedor un propietario y/o
residente que realice acciones contrarias a las permitidas.
UMA: La Unidad de Medida y Actualización es la referencia económica en pesos para
determinar la cuantía del pago de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes
federales, de las entidades federativas, así como en las disposiciones jurídicas que
emanen de todas las anteriores.
UNIDADES PRIVATIVAS: Todos y cada uno de los DEPARTAMENTOS que integran el
CONDOMINIO BOUDICA.
UNIDAD DE PROPIEDAD PRIVATIVA: Se entiende el Departamento, cajón de
estacionamiento y/o bodega que le pertenece al Condómino, mismo que puede ser
usado por el Residente en su caso.
USUARIO: Condómino, Residente y/o Visitante que se encuentre utilizando las
Amenidades de TORRES BOUDICA.
VISITANTE: Toda persona que permanezca temporalmente en TORRES BOUDICA por
invitación o interés de un Condómino y/o Residente, ya sean familiares, amistades,
proveedores, servidumbre, empleados, etc.; y en general cualquier persona que ingrese
a TORRES BOUDICA por cualquier motivo.
Los términos que no hayan sido definidos tendrán el significado que la ley
establezca.
DISPOSICIONES GENERALES.
ARTÍCULO 1. El presente documento tiene como objetivo:
a. El desarrollo y mantenimiento de TORRES BOUDICA, que propicie la más
alta calidad de vida para sus Condóminos y/o Residentes, dentro de un marco
de sana convivencia en un entorno urbano que garantice armonía arquitectónica,
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