Page 27 - Reglamento Interno BOUDICA
P. 27

De toda entrega de cargos, de acuerdo con lo señalado en este artículo, se deberá
                  levantar un acta donde conste formalmente dicha entrega.

                  ARTÍCULO 66. Para ser miembro de la Mesa Directiva que representará a la Asamblea
                  General  de  Condóminos  de  TORRES  BOUDICA,  se  deberán  reunir  los  siguientes
                  requisitos:
                         a.     Ser  propietario  y  residente  con  una  antigüedad  mínima  de  6  meses
                         anteriores a la Asamblea a efectuarse.
                         b.     Estar  al  corriente  en  sus  pagos  de  cualquier  cuota  establecida  por  el
                         Condominio.
                         c.     Contar con identificación oficial vigente.
                         d.     Tener disponibilidad de tiempo para atender las situaciones propias del
                         Condominio y las reuniones que se establezcan.

                  ARTÍCULO 67. Los miembros de la Mesa Directiva deberán estar presentes al momento
                  de su elección a efecto de que acepten el cargo para el cual fueron electos. Durante
                  toda  su  gestión  tendrán  que  estar  al  corriente  en  el  pago  de  las  Cuotas  de
                  Mantenimiento. En caso contrario, serán removidos de su cargo.

                  ARTÍCULO 68. La Convocatoria para la Asamblea General de Condóminos en la cual se
                  designará a la Mesa Directiva deberá ser expedida por lo menos con 30 días naturales
                  anteriores a la jornada de elección y publicada en la entrada principal y lugares visibles
                  dentro de TORRES BOUDICA.

                  ARTÍCULO 69. La Convocatoria deberá contener:

                      a.  La fecha límite para la presentación de solicitudes de registro de planillas,
                      b.  El día y hora en que se llevará a cabo la Asamblea General para su elección,
                      c.  Las bases y términos en que se llevará a cabo la elección de la Mesa Directiva.
                         aceptación que será agregado al acta de Asamblea General correspondiente y
                         entrarán en funciones inmediatamente.

                  Artículo 70. Son facultades de la Mesa Directiva las siguientes:

                      a.  Representar a la Asamblea General ante la Administración Pública Municipal.
                      b.  Identificar las demandas y necesidades de la Asociación de Condóminos y de
                         TORRES BOUDICA.
                      c.  Realizar  las  funciones  que  le  sean  asignadas  por  la  Asamblea  General  de
                         Condóminos, y cumplir con las obligaciones a su cargo que deriven de la Ley,
                         las Escrituras Constitutivas, el Reglamento Interno y demás disposiciones legales
                                                                                            Página 26 de 56
   22   23   24   25   26   27   28   29   30   31   32