Page 29 - Reglamento Interno BOUDICA
P. 29
por los Condóminos, Usuarios, visitantes, personal de la administración, personal
de servicio, personal de seguridad, y cualesquiera otras personas dentro del
Condominio, para que el mencionado Administrador actúe conforme a derecho
y a este Reglamento Interno.
v. Cuando a su juicio sea conveniente para el mejor funcionamiento del
Condominio, podrán crear las comisiones que consideren pertinentes,
estableciendo al efecto las bases de integración, facultades y obligaciones. La
creación y operación de estas comisiones deberá ser aprobada por la Asamblea
General de Condóminos.
w. Las demás que señala la Ley.
ARTÍCULO 71 Para la remoción de uno o varios de los integrantes de la Mesa Directiva,
se celebrará una Asamblea General Extraordinaria de Condóminos, en la que podrán
estar presentes los integrantes de la Mesa Directiva, así como aquel o aquellos que
pretendan ser removidos de la misma, para que manifiesten sus inquietudes y
presenten sus argumentos y pruebas, no obstante, la resolución que al respecto tome
la Asamblea será inapelable.
ARTÍCULO 72. Los miembros de la Mesa Directiva serán solidariamente responsables
con quien haya incurrido en irregularidades, si éstos, conociéndolas, nos las denuncian
de inmediato al Administrador, a la Asamblea General de Condóminos y/o a la autoridad
jurisdiccional correspondiente.
CAPÍTULO V
DEL COMITÉ DE VIGILANCIA
ARTÍCULO 73. El Comité de Vigilancia, es el órgano colegiado de carácter permanente
dentro del Condominio, encargado de cuidar que la Administración, así como la Mesa
Directiva cumpla cabalmente con las obligaciones que le impone la Ley, el Reglamento
Interno y demás disposiciones legales aplicables. Habrá un solo Comité de Vigilancia
para el Condominio Boudica y para los Condominios (Condominio BOUDICA TORRE A y
Condominio BOUDICA TORRE B).
ARTÍCULO 74.- El Comité de Vigilancia del Condominio BOUDICA se integrará por 6
(seis) miembros, (invariablemente tres miembros por cada uno de los Condominios
Condominio BOUDICA TORRE A y Condominio BOUDICA TORRE B). de los cuales, entre
ellos, designaran a un Presidente, quien además de presidir las sesiones ejercerá la
representación de este órgano colegiado, así mismo, nombrará a un secretario, quien
será el encargado de levantar las actas de las sesiones y asentarlas en el registro que
quedará bajo su custodia. Ambos nombramientos se realizarán en la primera sesión del
Comité de Vigilancia..
Página 28 de 56