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ritos y costumbres propias. Para conciliar y con­  terio, pereza, daño a  las obras públicas, entre
                  trarrestar esta disparidad cultural implantaron   otros. Sivirichi agrega que los incas también
                  el Runa Simi (o Quechua) como idioma oficial, y   aplicaban castigos corporales como el destierro,
                  establecieron además una organización social   flagelación, tormentos, trabajos forzados, priva­
                  basada en principios morales de obediencia y   ción de libertad, penas de honra y en especies.
                  persecución permanente del delito.
                                                               En  el  proceso  penal  desarrollado  por  los  incas
                  Es el caso que las autoridades de aquel enton­  no existía la apelación y, sólo podía recurrirse a
                  ces, a quienes se  les denominaba Curacas17,   solicitar clemencia a  la  máxima autoridad a fin
                  no distinguían  la  responsabilidad civil de la   de evitar el castigo decretado.
                  responsabilidad penal; las penas en el incanato
                  fueron de carácter reparatorio e intimidatorio y   La descripción de las conductas no permitidas
                  la aplicación de la ley se efectuaba de manera   las podemos encontrar en lo que se conocen
                  draconiana.                                  como los principios que hoy son reconocidos
                                                               como las leyes básicas del Imperio de los Incas:
            U niversidad  de  Lima  jurídico y moral que debía imperaren el Imperio.   Ama Sua:   "no seas ladrón".
                  El castigo no estaba en función al delito que
                  se pudiera haber cometido, sino más bien era
                                                                              "no seas mentiroso".
                  consecuencia que la conducta reprochable lo
                                                               Ama Llulla:
                  que generaba era un  rompimiento del orden
                                                               Ama Kella:
                                                                              "no seas perezoso".
                  Las penas eran aplicadas en oportunidades de
                                                               el año  1531, se inicia  lo que se denominó la
                  manera extensiva, recayendo, además del autor,   A la llegada al  Perú de Francisco Pizarro18 en
            por  alum nos  de  la  Facultad  de  Derecho  de  la
                  en sus familiares o al grupo social del cual era   conquista española y con ella empieza a des­
                  parte. En caso de reincidencia, complicidad y   aparecer la estructura  penal  incaica formada
                  encubrimiento, los castigos eran severos y ejem-   hasta  la fecha. Se comienzan a  producir una
                  plarizadores; sin embargo, no se sancionaba los   serie de abusos contra la población en la medida
                  delitos patrimoniales que se producían como   que predominaba la voluntad arbitraria de los
                  consecuencia de la necesidad del agente.     conquistadores. Con el tiempo se comienza a
                                                               implantar al territorio conquistado el Derecho
                  El  Estado actuaba como ente superior encar­  Penal proveniente de España, para mejor refe­
                  gado de resolver los distintos conflictos que   rencia, de Castilla. Por disposición de los Reyes
                  pudieran presentarse en los integrantes de la   Católicos, los nobles fueron privados de la ju­
                  sociedad, buscaba una compensación al daño   risdicción penal y se dictaron normas tales las
                  inferido. Para mantener el orden, tanto político,   Leyes del Toro y la Nueva Recopilación.
                  social, económico como administrativo, llega­
                  ron al extremo de la aplicación de la pena de   Las Leyes del Toro surgen tras la muerte de la
                  muerte.
                                                               Reina Isabel la Católica. Se dice que a principios
            Revista  editada   La pena de muerte se aplicaba en casos tales   del siglo XVI, el testamento de la  Reina orde­
                                                               naba que una comisión formada por expertos
                  como el homicidio como producto de un robo,
                                                               recopilara toda la legislación existente y le diera
                  por traición, aborto provocado, violación, adul­
                                                               orden. El propósito era solucionar la ausencia de



            128   17.  El Curaca era el jefe político y administrativo. Luego de la Conquista pasaron a ser conocidos como Caciques. C u ra c
            ADVOCATUS   18.  Nacido en Cáceres, España el  16 de marzo de 1476, fue el explorador y conquistador español del Perú. Fallece en
                      o curaca es una voz quechua que significa el primero o el mayor entre todos los de su agrupación. Originariamente
                      debió ser el más anciano y más sabio, y gobernar de manera paternalista; pero como su autoridad  la heredaba
                      aquel de sus hijos que denotaba especial capacidad, es obvio que el criterio de la edad no fue siempre seguido.

                      Lima, Perú el 26 de junio de 1541.




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