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            dotar de  mayores capacidades a  las  personas   incentivan  la  contratación,  dentro del  grupo
                                                                                                             OO
            con  discapacidad  a  fin  de  que se adapten  de   de personas con  discapacidad, a aquellas que   o o
            mejor manera a los puestos requeridos.       presentan un mayor grado.                           car
                                                                                                             «
                                                                                                             i/*n
            Respecto a las cuotas de empleo, es necesario   Ahora bien, sí considero que el Reglamento de
            recordar que  países  como  Alemania,  Francia,   la LGDP tiene un  rol fundamental a  la  hora de
            Japón  y  Uruguay ya  cuentan  con  cuotas  de   desarrollar cómo es que se vaya a implementar
            empleo. Claro, cada legislación con sus propios   la cuota mínima, sin llegar a contravenir lo dis­
            matices.  Por ejemplo,  en  Alemania  las cuotas   puesto por la misma Ley.
            de empleo están dirigidas solo a los casos más
            graves de  discapacidad  mental.  En  Japón,  las   En mi opinión, debería poder establecerse me­
            cuotas  de empleo  están  dirigidas a  las  perso­  canismos que permitan probar que los emplea­
            nas  con  discapacidad  intelectual  y el  número   dores sí realizaron convocatorias para emplear
            varía  constantemente de acuerdo al  índice de   personas con discapacidad y que, por ejemplo,
            empleo a tiempo completo y del desempleo a   estas no se presentaron. En este caso, no es que   <0
            nivel global.                                exista una intención del empleador de incumplir   E
                                                         con la LGDP, sino, son otros los factores que no   ai
                                                                                                         ~o
            Existen, también, sistemas de cuotas de empleo   permiten llegar a cumplirla a cabalidad.    TJ
                                                                                                          ro
            diferentes. Por ejemplo, están las denominadas                                               T3
            cuotas de empleo acompañado de tasas. Así, el   Así, en esos casos, debería plantearse medidas   OI
                                                                                                          >
            empleador que no complete la cuota de empleo   para que, en futuras ocasiones, ese tipo de con­  c
            deberá pagar una determinada tasa, calculada   vocatorias desiertas no se repitan.
                                                                                                         ai
            en función a la cantidad de puestos que no em­                                               •o
            plea. El monto recaudado por la tasas es dirigido   LTS: A mi entender, la preocupación de la CON-
            a  fondos  de  rehabilitación  y capacitación  de   FIEP  partiría  de  haber  recogido  opiniones  en
            personas con discapacidad.                   el sentido que dichos porcentajes se aplicarán   a;
                                                                                                         a
                                                         sobre la base del total de la planilla, aun cuan­  OI
                                                                                                         -O
            Lo que se cuestiona en este punto es que no se   do  no hubiese necesidad de contratar nuevos
            generan incentivos para el cumplimiento de la   trabajadores o crear nuevos puestos de trabajo.
            cuota, pues si es que el empleador, que podría   Sin embargo, considero justificados  los cues-
            contar con el sesgo de la "improductividad" de   tionamientos  de  los empleadores  cuyas  con­
            las  personas  con  discapacidad,  puede  optar   trataciones  requieren trabajadores con escaso   ~o
                                                                                                         OI
            entre cumplir con  la  cuota  y  pagar un  monto   o nulo grado de discapacidad por ser sectores   o
                                                                                                         c
            de dinero, optará por este último.  Por ello, los   de riesgo, como el sector minero o en  la cons­
                                                                                                         £
            medios de coacción deberán ser mayores si lo   trucción  civil,  pues  resulta  ilógico  exigir  una   Z2
                                                                                                         O
            que se quiere es insertar en el mercado laboral   cuota en la realización de actividades riesgosas   0
                                                                                                         sa­
            a las personas con discapacidad.             en  las cuales se  exigen  determinadas califica­  to
                                                                                                         ~o
                                                         ciones que muchas personas discapacitadas se    ro
            Asimismo, también se plantea el problema res­  ven imposibilitadas objetivamente de cumplir.   “O
                                                                                                         01
            pecto a qué tipo de personas con discapacidad   Por ello, en mi opinión,  estando el reglamento   to
                                                                                                         1/1
            debe ir dirigida la cuota. En esa línea, se discute   imposibilitado de contradecir lo establecido en   >
                                                                                                         QJ
            el hecho de que si se dirige la cuota a todas las   la Ley, resulta necesaria su reforma, para dismi­  cc
            personas con  discapacidad, existirán  segrega­  nuir el porcentaje exigido en estos casos o bien
            ciones entre los que presenten un grado menor   sería  posible  establecer  reglamentariamente
                                                                                                         h-
            de discapacidad y aquellos que presenten uno   mecanismos sustitutorios en  el  cumplimiento   CN
            mayor, pues si se sigue relacionando  la disca­  de esta obligación.
            pacidad con improductividad, los empleadores                                                 s
                                                                                                         2
            no tendrán  incentivos  para  contratar a  perso­  6.   Conforme lo señala  la  LGPD, el  Consejo
                                                                                                         §
            nas con  mayores grados de discapacidad.  Por    Nacional  para  la  Integración  de  la  Per­  Q
            ello,  legislaciones como la francesa y alemana  sona  con  Discapacidad  (CONADIS)  es



               C  o  m  e  n  t a  r i o  s    a    l a    N  u  e v a    L e y    G  e  n  e  r a l    d e    l a    p  e r s o  n  a    c o n    d  i s c a  p  a  c i d  a  d     4 3 3
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