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artículo 42 de la Ley 284 7 7, Ley General del pretación que debe otorgarse a la legislación
Sistema Nacional de Presupuesto, en la fuente sobre el APR, reconociendo expresamente la
de financiamiento Recursos Directamente calidad de acreedor tributario del OEFA. Esta
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Recaudados". (Énfasis agregado). interpretación es auténtica: el legislador que KTkTí
emitió las leyes 29951, 30011 y 30115 es el UJJJ
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Por ende, es correcto señalar que, con la emi mismo que expidió la norma interpretativa (la
sión de esta norma, se ha dado por concluido Ley 30282).
el debate planteado por las empresas mineras,
que fuera acogido incorrectamente por la CEB, En efecto, el Parlamento, en el año 2012, señaló
pues se ha reconocido expresamente lo dis en la Ley 29951 que el OEFA se financia con el
puesto en las leyes 29951, 30011 y 30115, las APR, lo que significa que es acreedor tributario
cuales conceden al OEFA la facultad de recaudar del APR. Luego, en el año 2013, mediante las
directamente esta contribución del sector mi leyes 30011 y 30115 ratificó dicha condición. Y,
nería y energía para financiar sus acciones de finalmente, en el año 2014, dentro del mismo
fiscalización ambiental. Por ende, tras la emisión periodo parlamentario, emitió la Ley 30282, ro
de la Ley 30282, no existe duda alguna de que precisando su condición de acreedor tributario E
el OEFA es legítimamente acreedor tributario de de la mencionada contribución. cu
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esta contribución. "O
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Existe una continuidad y coherencia en las leyes TJ
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Debe tenerse en cuenta que dicha disposición que reconocen que el OEFA es acreedor tributa QJ
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legal tiene naturaleza interpretativa. Sobre las rio del APR, lo cual se demuestra con la proximi C
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leyes de carácter interpretativo, el TC30 ha señalado dad de las fechas en las que fueron publicadas.
que estas fijan el sentido de una norma dictada La Ley 29951 fue publicada el 4 de diciembre del qj
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con anterioridad. La norma interpretativa se reco 2012; la Ley 30011, el 26 de abril del 2013; la Ley O
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noce por la utilización de, entre otros, el vocablo 30115, el 2 de diciembre del 2013; y, finalmente, CJ
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"precísese", y por ser emitida siguiendo el mismo la Ley 30282, el 4 de diciembre del 2014. cu
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procedimiento parlamentario exigido para la nor qj
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ma interpretada. Dado que la norma interpretada Estas leyes han sido emitidas dentro un mismo ■o
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y la interpretativa regulan los mismos supuestos período parlamentario (2011-2016), en cuatro
de hecho, los alcances de la norma interpretativa legislaturas ordinarias, lo que evidencia que <u
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rigen desde la vigencia de la norma interpretada, la referencia al OEFA como acreedor tributario
es decir, desde la vigencia de la Ley 29951. no ha sido un error de interpretación, sino una TJ
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manifestación de la voluntad del legislador de i/i
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La Ley 30282 cumple con los preceptos esta ordenar que la fiscalización ambiental del sector E
blecidos por el TC para ser calificada como una minería se financie con esta contribución. D
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norma interpretativa. Ha sido emitida siguiendo O
el mismo procedimiento para la aprobación En consecuencia, en observancia de esta norma Q.
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de las leyes 29951, 30011 y 30115, y emplea el legal, la Sala de Defensa de la Competencia del ro
vocablo "precísase" para aclarar la calidad de INDECOPI debe reconocer la calidad de acreedor TJ
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acreedor tributario del OEFA. Por ende, no cabe tributario del OEFA, pues de lo contrario estaría ro
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duda que esta norma es interpretativa y, por efectuando un análisis de constitucionalidad >
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ende, rige desde la vigencia de la Ley 29951. de la Ley 30282, lo cual se encuentra proscrita cc
en sede administrativa. El TC ha señalado que
Mediante la emisión de la Ley 30282, el Congre el control (constitucional) difuso de las normas
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so de la República ha señalado cuál es la inter con rango de ley"en el mejor de los casos puede ro
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§
30. Cfr.: Sentencia del 16 de mayo del 2007, recaída en el Expediente N° 0002-2006-PI7TC, fundamentos jurídicos 20 - Q
203.
E l Aporte por Regulación del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) sobre el tapete 149