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En el Mercader de Venecia la licitud del objeto   Porcia.- Si persistes en ella, este rígido tribunal
                 de  la  penalidad  que  ejerce  Shylock  sobre  el   de Venecia,  fiel a la ley, deberá pronunciar
                 deudor Bassanio/ ‘pagar con su carne el incumpli­  sentencia contra el mercader aquí presente.
                 miento de la devolución del préstamo", a toda luz   Shylock.- ¡Qué mis acciones caigan sobre mi ca­
                 representa un acto civil ilícito, por la vulneración   beza! Exijo la ley, la ejecución de la cláusula
                 del  derecho fundamental  a  la  vida,  tal  como   penal y lo convenido con mi documento.
                 se afirma en  los alegatos frente al  tribunal de   Porcia.- En efecto, el objeto de la ley y el fin que
                 justicia de Venecia; no estaba permitido atentar   persigue están estrechamente en relación con
                 contra la vida de un ciudadano veneciano.        la penalidad que este documento muestra
                                                                  que se puede reclamar.
                 "Porcia- Aguarda, judío; la ley tiene todavía otra   Shylock.-Es muy verdad, ¡oh, juez sabio e íntegro!
                     cuenta contigo. Está establecido por las leves   ¡Cuánto más viejo eres de lo que indica tu
                     de Venecia que si se prueba que un extranjero,   semblante!
                     por medios directos o indirectos, ha buscado   Porcia.- Te pertenece una libra de carne de este
                     atentar contra la vida de un ciudadano, una   mercader: la ley te la da y el tribunal te la
           Universidad  de  Lima  al arca reservada del Estado, y que la vida del   Shylock.-¡Rectísimo juez!
                     mitad de sus bienes pertenecerá a la persona
                                                                  adjudica.
                     contra la cual ha conspirado, v la otra mitad
                                                              Porcia.- Y podéis cortar esa carne de su pecho. La
                     ofensor dependerá enteramente de la mise­
                                                                  ley lo permite y el tribunal os lo autoriza.
                                                              Shylock.-¡Doctísimo juez! ¡He ahí una sentencia!
                     ricordia de dux, que podrá hacer prevalecer
                     su voluntad contra todo fallo. He aquí, a mi
                                                                  ¡Vamos, preparaos!
           Derecho  de  la   juicio, el caso en que te encuentras, porque es   Porcia.- Detente un instante; hay todavía alguna
                     evidente, por tus actos manifiestos, que has
                                                                  otra cosa que decir. Este pagaré no te concede
                                                                  una gota de sanare. Las palabras formales en
                     conspirado directa v también indirectamente
                                                                  éstas: una libra de carne. Toma, pues, lo que
                     contra la vida misma del demandado, e incu­
                                                                  te concede el documento; toma una libra de
                     rrido, por tanto, en la pena precedentemente
                     enunciada por mí. Arrodíllate, pues, e implora
           la  Facultad  de   Es fundamental determinar que el objeto de la   carne. Pero, si al cortarla te ocurre verter una
                                                                  gota de sanare cristiana, tus tierras y tus bie­
                     la clemencia dux".
                                                                  nes, según leyes de Venecia, serán confiscados
                                                                  en beneficio del Estado de Venecia".
                 cláusula penal indiscutiblemente deberá tener
           por alum nos  de   jurídico y las causales de nulidad.  La  posibilidad jurídica  necesariamente corres­
                 una  real  posibilidad  física  y jurídica  de  poder
                 ejecutarse,  lo  cual  concuerda  perfectamente
                                                              ponderá  a  concebirse en  el  sentido de que la
                 con lo dispuesto por la teoría general del acto
                                                              penalidad o las penalidades deberán ser lícitas y
                                                              permitidas por el ordenamiento jurídico, siendo
                                                              necesario recordar la aplicación y observancia
                 Necesariamente,  desde  el  inicio de  las  nego­
           Revista  editada   dad, sin duda devendrá en una controversia o   de  la Teoría  del  Abuso de  Derecho  (artículo  II
                                                              del Título  Preliminar del  Código Civil) o la de­
                 ciaciones de la relación contractual no se debe
                 dejar de establecer la posibilidad física y jurídica
                                                              nominada  nulidad virtual  (artículo V del Título
                                                              Preliminar del Código Civil).
                 de la generación y cumplimiento de la penali­
                 discusión sobre si es exigible al deudor cumplir
                 con  la  ejecución  de  la  penalidad  establecida.   Las obligaciones  con  cláusula  penal  deberán
                                                              ser establecidas dentro de los alcances jurídicos
                 Claro ejemplo de esto lo podemos citar en:   permitidos y aceptados  por el  Código Civil  y
           ADVOCATUS  130   "Porcia.-La demanda que hacéis es de naturaleza   En nuestra breve experiencia profesional frente a
                                                              normas conexas.

                     extraña, y, sin embargo, de tal manera legal,
                                                              la asesoría legal de una empresa de intermedia­
                     que la ley veneciana no puede impediros per­
                     seguirla (A ANTONIO). Caéis bajo su acción,
                                                              ción de un contrato de locación de servicios de
                     ¿no es verdad?                           ción  laboral,  nos  encomendaron  la  renegocia­


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