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Edición Especial           Revista Arbitraje Alumni                 87

        En  este  sentido,  pusieron  sobre  la  mesa  los  problemas  concretos  que  los
        asediaban: Pedro colocó la imposibilidad de adquirir la mercadería necesaria
        para suminístrasela conforme lo pactado a su cocontratista y Juan, sumó a la
        dificultad  de  adquirir  los  materiales  de  construcción  las  imposibilidades  de
        traslado y de reunión.

        Con el panorama claro se dispusieron a crear la receta para salir airosos de esta
        encrucijada y luego de mucho trabajo, la concibieron de la siguiente manera:
        principios  subyacentes,  equidad  y  árbitros  sensatos.  Esos  fueron  los
        ingredientes elegidos para crear la estrategia perfecta. Pero nuestros queridos
        contratistas,  agregaron  accidentalmente  (o  no  tanto)  otro  ingrediente  a  la
        fórmula: mucho sentido común. Y así nació esta válvula de escape destinada a
        sortear los escollos legales en aras a lograr una justicia equitativa.

          A. Se parte de los principios subyacentes

        Para toda construcción, los cimientos son de vital importancia, y dicha norma
        no escapa a esta empresa, ya que de ellos depende el éxito de la misma.

        Recapitulemos: nuestros protagonistas están siendo víctima de una situación
        imprevista  que  les  impide  cumplir  con  sus  obligaciones  asumidas,  sus
        instrumentos contractuales no estipulan ninguna cláusula que les brinde una
        solución factible y el derecho del país x es poco flexible a estas soluciones.
        Sabemos que el camino de salida es la ruta del soft law o de los Principios
        Generales del Derecho, pero ¿cuál es la vía acceso las mismas? Pues bien, lo
        son los principios subyacentes al mismísimo instituto de la imprevisión.

        En este sentido, se ha dicho que la imprevisión “descansa sobre el principio de
        la buena fe contractual, la cual busca evitar que el contrato se transforme en
        fuente  de  lucro  exagerado  para  uno  de  los  contratantes  y  en  una  perdida
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        desmesurada para la otra” . De este modo, la buena fe pasa a tener un rol
        protagónico cuando la obra versa sobre la imprevisión, ya que debe:
              …calibrar la autonomía de la voluntad, actuando como verdadera fuente
              homogénea que integra y corrige la voluntad de las partes en relación al

        17   William  Jiménez  Gil,  “La  teoría  de  la  imprevisión  ¿Regla  o  principio?”,  Misión
        Jurídica de la Universidad Colegio Mayor de Cundinamarca (agosto 2009): 19.
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